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TEORIA GENERAL DEL ACTO JURÍDICO


Enviado por   •  14 de Junio de 2015  •  2.357 Palabras (10 Páginas)  •  409 Visitas

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ÍNDICE

CAPITULO I: Definición del Acto Jurídico.

1. Definición.

2. Hechos y actos jurídicos

3. Ideas de Duguit sobre el acto jurídico

CAPITULO II: Elementos esenciales del Acto Jurídico

1. Enumeración y definición de los elementos esenciales.

2. Inexistencia del acto jurídico.

3. Reconocimiento en el Código Civil vigente de la noción de inexistencia del acto jurídico.

4. La nulidad.

CAPITULO IV: Elementos de validez del Acto Jurídico

1. Definiciones.

2. Validez.

3. Nulidad absoluta.

4. Nulidad relativa.

5. Capacidad.

CAPITULO V: Los vicios de la voluntad

1. Error.

2. Grados del error.

3. Error destructivo de la voluntad.

4. Error que vicia la voluntad y que motiva la nulidad relativa.

5. Error indiferente.

6. Preceptos de ambos códigos.

7. Dolo.

8. Violencia.

9. Características de la nulidad relativa.

CAPITULO I

DEFINICIÓN DEL ACTO JURÍDICO

1.- Definición:

El acto jurídico es una manifestación de voluntad, que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico.

El acto y el hecho jurídicos constituyen las formas de realización de los supuestos de derecho.

2.- Hechos y actos jurídicos:

Habla de hechos jurídicos, comprendiendo todos aquellos acontecimientos naturales o del hombre que originan consecuencias de derecho. Considera que hay hecho jurídico cuando por un acontecimiento natural o por un hecho del hombre, en el que no interviene la intención de originar consecuencias de derecho, se originan, no obstante, estas. Estima que hay acto jurídico, en aquellos hechos voluntarios ejecutados con la intención de realizar consecuencias de derecho, y esto se define como una manifestación de voluntad que se hace con la intención de originarlas.

La diferencia entre los hechos y los actos jurídicos, no esta en la intervención del hombre, toda vez que los hechas jurídicos naturales y del hombre, y en estos últimos existen voluntarios e involuntarios y los ejecutados contra la voluntad. Hay hechos jurídicos voluntarios ejecutados por el hombre, pero en ellos no esta animada de la intención de producir consecuencias de derecho. Los hechos jurídicos voluntarios pueden ser lícitos o ilícitos.

3.- Ideas de Duguit sobre el acto jurídico:

Todo acto de voluntad tiene dos objetos: el objeto inmediato, movimiento corporal directamente querido y producido, y el objeto mediato, modificación en el mundo exterior, que no es un producto de la voluntad del sujeto, que solo puede obrar por sus órganos.

La definición más exacta que se puede dar de acto jurídico es: acto jurídico es todo acto de voluntad que interviene con la intención de que se produzca una modificación en el ordenamiento jurídico.

CAPITULO II

ELEMENTOS ESENCIALES DEL ACTO JURÍDICO

1.- Enumeración y definición de los elementos esenciales:

a) Una manifestación de voluntad que pueda ser expresa o tacita.

b) Un objeto física y judicialmente posible

c) El reconocimiento que haga la norma jurídica a los efectos deseados por el autor del acto.

2.- Inexistencia del acto jurídico:

Los tres elementos se denominan esenciales o de existencia, por que sin ellos no existe el acto jurídico. Cuando en un acto jurídico falta uno de esos elementos, decimos que el acto jurídico es inexistente para el derecho, es la nada jurídica.

De manera que la inexistencia se produce por falte de voluntad en el acto unilateral o por falta de consentimiento en el acto plurilateral.

Es inexistente también el acto jurídico por falta de un objeto, el cual puede ser imposible desde el punto de vista físico o jurídico y esta imposibilidad del objeto equivale a la no existencia del mismo. Se dice que hay imposibilidad física cuando el objeto jamás se podrá realizar, en virtud de que una ley de la naturaleza constituye un obstáculo insuperable para su realización.

3.- Reconocimiento en el Código Civil vigente de la noción de inexistencia del acto jurídico:

En los contratos se aplica la teoría de la inexistencia. Se mencionan en el Código los elementos esenciales consistentes en el consentimiento o acuerdo de voluntades y en el objeto puede ser directo o indirecto. La falta de consentimiento o de objeto producirá la inexistencia del contrato.

4.- La nulidad:

El Código vigente regula la nulidad absoluta y la relativa. En el artículo 2225 (2099 del CCBC) ya no se dice que la nulidad absoluta tiene por regla general, como causa, el hecho ilícito, sino que: “ La ilicitud en el objeto, en el fin o en la condición del acto produce nulidad, ya absoluta, ya relativa, según lo disponga la ley”. No siempre es el acto ilícito la causa de la nulidad absoluta; hay ocasiones en que el acto ilícito origina la nulidad relativa, y la solución la da nuestro derecho en esta forma: El criterio es distinto para un legislador que para un juez.

El artículo 2228 del Código Civil vigente (2102 CCBC), estatuye: “La falta de forma establecida por la ley, si no se trata de actos solemnes, así como el error, dolo, la violencia, la lesión

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