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TRABAJO 1


Enviado por   •  27 de Mayo de 2015  •  894 Palabras (4 Páginas)  •  128 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

COBECA UNIVERSIDAD CORPORATIVA

TRABAJO

Realizado por:

Nelvis Avila

C.I. 16.990.871

Maracaibo, Mayo de 2010

1.- Artículo 118: Infracciones Leves:

Se sancionará al empleador con multas de hasta 25 U.T. por cada trabajador expuesto cuando:

No ofrezca respuesta a la solicitud de información de mejoras de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores solicitada por los delegados de prevención.

No garantice los elementos del saneamiento básico en los puestos de trabajo o no lleve un registro de las características fundamentales de los proyectos de nuevos puestos de trabajo.

No consulte a los trabajadores antes de que se ejecuten las medidas que prevean cambios en la organización.

Elabore sin participación de los trabajadores, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

No imparta a los trabajadores formación teórica y práctica, para la ejecución de las funciones inherentes a su actividad.

No colocar de forma pública y visible en el trabajo los registros actualizados de los índices de accidentes de trabajo y de enfermedades ocupacionales.

2.- Infracciones Graves

Se sancionará al empleador con multas de 26 a 75 unidades tributarias por cada trabajador expuesto cuando:

No mantenga actualizado un sistema de información de prevención, seguridad y salud laborales.

No presente al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, informe de las medidas para prevenir los accidentes de trabajo.

No evalúe las condiciones de las nuevas instalaciones antes dar inicio a su funcionamiento.

No conceda licencia remunerada a los delegados de prevención para el ejercicio de sus funciones.

No diseñe una política de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con esta Ley, su Reglamento o las normas técnicas.

No presente, ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el Proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo o no evalúe los niveles de peligrosidad de las condiciones de trabajo.

No registre y someta a la aprobación del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales los proyectos de alto niveles de peligrosidad.

No realice las acciones de control en el ambiente de trabajo cuando la concentración ambiental de la sustancia en cuestión sea superior al 50% del Nivel Técnico de Referencia de Exposición correspondiente.

No permita las elecciones de los delegados de prevención.

No provea a los trabajadores de los implementos y equipos de protección personal.

No realice periódicamente a los trabajadores exámenes de salud preventivos.

No desarrolle programas de educación y capacitación técnica para los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.

No

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