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Temario desarollado penal.


Enviado por   •  24 de Marzo de 2016  •  Trabajos  •  8.092 Palabras (33 Páginas)  •  235 Visitas

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91. delitos contra la vida

1.1homicidio tipo fundamental o basico

1.1.1 definición

Para Antolisei, el homicidio es la muerte de un hombre ocasionada por otro hombre  con un comportamiento doloso culposo y  sin el consumo de causas justificadas. El homicidio doloso nos dice Renieri, es la muerte ilegítima e intencional de un hombre  de parte de otro hombre.

Para definir el homicidio, basta referirse al elemento material, o sea al hecho: privación de la vida. Por ello, nos parece acertada la opinión de Maggiore, cuando dice que “homicidio es la destrucción  de la vida humana.

 El código penal, en el artículo 302, preceptúa que comete delito de homicidio el que priva de la vida a otro

Jiménez de azua estima que el código penal federal en su articulo302 ha dado ,una sencilla formula de homicidio ,que consiste en privar de la vida a otro ,pero al fijar la pena en el art 307se entra en más detalle y se habla del simple intencional así como del calificado en los art 315 y 320., sin embargo el tribunal superior de justicia a establecido que no está definido el homicidio en el art 302 ya que solo expresa sus elementos materiales .para que exista es indispensable,  que  la privación de una vida humana sea  imputable por intención o imprudencia.

1.1.2 El hecho  y  sus  elementos

El  elemento  objetivo  o  material  del delito, en  estudio  consiste en la privación  de la vida. Comprende;

  1. La conducta que podrá consistir  en una acción o en una omisión , originándose en este ultimo caso ,un delito de comisión por omisión ,o sea de resultado material por omisión
  2. El resultado consistente en la privación  de la vida humana
  3. El  nexo causal  entre  la conducta y  el  resultado  producido.

1.1.3 Clasificación  en orden  a la conducta

Puede ser;

  1. De acción
  2. De comisión por omisión
  3. Unisubsistente o plurisubsistente

1.1.4 Clasificación  en orden  al resultado

El homicidio es un delito

Material  y  no  me mera conducta : al constituir es te delito en la privación de la vida ,es de carácter material ,”por cuanto ay perfecta concidiencia en el resultado jurídico (anulación del derecho a la vida )  y el resultado material(muerte)”

Es un delito  instantáneo  por que tan pronto se comete el delito se agota la consumación

Es un delito  de daño por que lesiona el bien jurídico (vida) protegido por la ley

1.1.5 Ausencia de conducta

Pueden  concurrir  en el homicidio  casos  de ausencia de conducta. Así  podrán presentarse hipótesis de fuerza física  irresistible,  fuerza mayor  y de  movimientos  reflejos

1.1.6 requisitos del tipo 

1.1.7 Cosificación  al orden al tipo 

En orden al tipo podemos  clasificar al  homicidio  como;

Tipo fundamental  o básico: “en los códigos penales el tipo fundamental el homicidio”

Sauer expresa “el tipo de cualificación, sea de atenuación o agravación, sigue a su tipo base, por ejemplo el infanticidio al homicidio”

Tipo autónomo o independiente: lo es en virtud de que tiene, con relación al sistema ,vida por si mismo

Tipo de formulación libre: el homicidio como acertadamente precisa antolisei, es el ejemplo típico de aquella categoría de delitos que carneluti denomina de forma libre

Tipo normal: expresión acuñada por Jiménez de asua y defendida ardientemente por el ,concluyendo que mantiene ,en suma, su clasificación que tanta importancia a de tener cuando se ocupe del valor procesal de la tipicidad

1.1.8 Tipicidad

Se necesita, para que exista el  delito  de homicidio una adecuación  del  hecho  material: privación  de la vida,  al  tipo  descrito en el  artículo  302 del  código  penal  federal

Para  Pavón Vasconcelos la  tipicidad no solo  como  el injusto  descrito  en la ley  si  no  también como  adecuación  típica,  se afirma la existencia de la tipicidad en el  homicidio  cuando  el  hecho  real  encuentra  perfecto  encuadramiento dentro  de la hipótesis  del artículo  302  del  código  penal

1.1.9 atipicidad

1.1.10 antijuricidad

1.1.11 Causas de justificación  

Es natural  que  el  homicidio  queda legitimado  por alguna  de las causas de justificación previstas por  la ley

Antolisei expone: en orden a las causas de justificación este delito  no da lugar a  observaciones especiales. Subraya que  de los principios  y de las reglas  que han sido  expuestos  en la parte  general, se deduce que todas las  causas de  justificación,  tanto  si están  previstas  por  la ley  como  si  se  han obtenido  por  vía  de analogía como  pueden, en algunos  casos,  encontrar aplicación  en el delito  de homicidio  haciendo  legitima la muerte  de un hombre: cumpliendo  de un deber,  ejercicio  de un derecho,  legitima defensa, etc.

Dogmáticamente incluimos dentro  del aspecto  negativo de  la antijurídicidad:

Homicidio legitima  defensa

Homicidio  en cumplimiento  de un deber

Homicidio  en ejercicio de un derecho  

Homicidio  por  impedimento  legitimo.

1.1.12 culpabilidad

Debe existir por parte del sujeto la capacidad de culpabilidad, o sea ,la capacidad de entender y de querer ,pues, de lo contrario, nos encontraríamos frente a una causa de inimputabilidad

1.1.13 Inculpabilidad

Puede presentarse en el homicidio una causa de inculpabilidad por  error  de hecho  esencial e invencible  que a su  vez  puede  constituir  un  error de tipo  o un error de licitud

1.1.14 Las condiciones objetivas  de  punibilidad

En el  delito  de homicidio  no  existen condiciones objetivas  de punibilidad pues  la  referencia temporal a la que se  refiere al  articulo  303 fracción  2  constituyen un elemento  del  tipo  la ausencia de  tal  referencia temporal  no  suspende la punibilidad sino  que  da lugar una  responsabilidad que  no  es  de homicidio.

El tribunal  superior  de justicia estableció:

Las circunstancias  previstas en el articulo  303  consiste en que la muerte  del  ofendido se  verifique  dentro  de los  60 días  contados  desde que fue lesionado,  no  forma parte  de  la  tipicidad del  homicidio,  es  una condición  objetiva  de penalidad o  anexa del tipo  de homicidio

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