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Teoría General Del Proceso


Enviado por   •  25 de Abril de 2015  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  140 Visitas

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Derecho Procesal.

Parte muy importante del derecho ya que esta realiza estudios técnicos jurídicos que tienen una estrecha relación con el derecho, es el cómo funciona la administración de justicia en nuestro país y en cualquier otro que exista esta Teoría. El Derecho Procesal regula la forma general y el orden exterior de las actividades que deben cumplirse dentro de los órganos judiciales.

 Derecho público: Regula la organización y competencia de los tribunales, regulando un órgano del estado.

 Formal: Regula la forma de la actividad jurisdiccional del Estado; cumplimiento de ciertos requisitos o formalidades para que sea procedente cualquier actuación judicial.

 Instrumental: el derecho procesal no es un fin en sÍ mismo, sirve como medio o instrumento para hacer valer el derecho sustantivo. Permite satisfacer las pretensiones procesales.

 Autónoma: No está subordinado a ninguna área del Derecho (Civil, Mercantil, etc.). La única excepción podría ser el Derecho constitucional. Consiste en el deslinde del derecho procesal con respecto al sustantivo

Teoría general del proceso.

Es la parte general de la ciencia del derecho procesal que se ocupa del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procésales especiales. El contenido de la teoría general del proceso está constituido por el conjunto de conceptos, principios e instituciones comunes a las diversas ramas especiales de la ciencia del derecho procesal.

 La legislación: entendemos por legislación el conjunto de normas jurídicas dictadas por órganos especializados del Estado. Es decir, que además la ley comprende las normas superiores (Constitución) ó inferiores (decreto reglamentario) en la escala jerárquica, que tengan carácter general.

 La constitución: es la fuente primaria del derecho procesal (como de las otras ramas jurídicas). En ella se establece la organización de los tribunales del país, generalmente, también, la forma de designación y condiciones de los magistrados que los integran.

 La costumbre: Ha constituido, especialmente en el pasado y aún hoy en ciertas ramas del derecho, una fuente importante.

 La jurisprudencia: Es el conjunto de decisiones judiciales, son las que dictan los tribunales aplicando la ley, los litigios planteados ante ellos por las partes en virtud de las pretensiones deducidas por estas.

 La doctrina: Su autoridad es fundamental, dependiendo de la mayor o menor categoría del jurisconsulto que opine y de la mayor o menor cantidad de pareceres en un mismo sentido.

Teoría

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