ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Teoria General Del Proceso


Enviado por   •  9 de Julio de 2015  •  2.854 Palabras (12 Páginas)  •  147 Visitas

Página 1 de 12

INTRODUCCIÓN

Analizar críticamente la "jurisdicción" cómo institución y figura jurídica constitucional procesal que se encuentra ligada a la concepción de Estado, justicia, poderes y paz social, representa desde la perspectiva práctica y en el rico contexto legal venezolano actual un interesante reto.

Abordar la temática contrastando las determinaciones constitucionales, con las posiciones doctrinarias y las realidades legales y forenses patrias pretende en éste material condensado ofrecer un marco que esclarezca situaciones teóricas y prácticas asociadas a la jurisdicción.

A tales fines se recurre a fuentes doctrinas nacionales y extranjeras pertinentes, y a constituciones, leyes, proyectos de leyes y resoluciones, a los fines de extraer y organizar datos relevantes que permitan sistematizar planteamientos y realizar análisis exegéticos en torno a puntuales casos prácticos vinculados al tema jurisdicción.

LA JURISDICCIÓN

1. Naturaleza Jurídica

La doctrina ha hecho esfuerzos por ubicar a la jurisdicción en el campo al que realmente pertenece, esto es, determinar si efectivamente se ubica en el campo reservado al derecho constitucional o dentro del derecho procesal.

En efecto, el orden constitucional atribuye la administración de justicia al Poder Nacional, el cual a su vez, dentro de la concepción tripartita del Poder Público, se halla dividido en Legislativo, Ejecutivo Judicial. La Jurisdicción es ejercida por el Tribunal Supremo de Justicia y por los demás tribunales ordinarios y especiales que establezca la Ley, lo cual determina que la jurisdicción es adjunta al poder del Estado, es decir, la soberanía vinculada a función de justicia.

El conflicto doctrinario relativo a si la jurisdicción pertenece al campo del derecho constitucional o, si por el contrario, forma parte de la rama del derecho procesal tiene su punto de partida en las investigaciones iniciales realizadas por los tratadistas franceses, quienes estudian y analizan las diferencias entre jurisdicción, administración y legislación, bajo la óptica del derecho constitucional. Y esto ocurre debido a que el enfoque hecho por los expositores franceses fue realizado tiempos antes de que los procesalistas se avocaran a la investigación de este asunto.

La doctrina da por conocido que la constitución establece los principios jurídicos que crea los órganos supremos del Estado, al igual que la organización, funciones y atribuciones de los mismos y la ubicación de cada uno de ellos en relación al Poder Público. Por esto, el control de aquellos órganos que ejercen los tres poderes, las atribuciones y funciones de cada uno de ellos, evidentemente son materia regulada por el derecho público.

En atención a lo antes expuesto, sería impropio considerar que los diversos aspectos de la jurisdicción, estén comprendidos dentro del objeto propio del derecho constitucional, ya que esto, necesariamente atentaría contra la autonomía científica de cada una de estas disciplinas, pretendiendo diluir el derecho procesal dentro del derecho constitucional. Ante la independencia científica que hoy han alcanzado todas las ramas del Derecho Público, es incongruente sostener que la organización administrativa o el establecimiento de los principios generales de que se vale el poder público para generar y activar el funcionamiento de la jurisdicción, sean elementos suficientes para alterar la intrínseca naturaleza procesal que le confiere independencia y autonomía a la Jurisdicción.

2. Teorías Subjetivas y Objetivas

Para las teorías subjetivas la jurisdicción es una función destinada a la defensa de los derechos subjetivos de los particulares y la reintegración plena de aquellos en los casos de amenaza o violación; es decir, se trata de la aplicación, ejecución y efectividad de lo que es el Derecho entre las partes, por consiguiente el Derecho y también la jurisdicción está al servicio de los particulares siendo la misión fundamental del Estado, con el ejercicio de la función jurisdiccional, la tutela de los derechos subjetivos de los ciudadanos.

Por otro lado, las teorías objetivas sostienen que la jurisdicción persigue la actuación del Derecho Objetivo mediante la aplicación de la norma al caso concreto.

3. Concepto y Forma de la Jurisdicción

Concepto: La jurisdicción es una función-potestad reservada por el Estado, en uso se su soberanía, para ejercerla en forma de servicio público por órganos predeterminados e independientes, para la realización concreta de los intereses peticionados de los ciudadanos con carácter de definitivo y con posibilidad de coacción en un proceso judicial. También se puede definir como, la función pública, realizada por órganos competentes del Estado, con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución.

Forma: Se refiere a los elementos externos del acto jurídico, es decir, la presencia de las partes, del juez y del procedimiento establecido en la ley. La forma caracteriza a la jurisdicción pero no es su único elemento. Además hay procedimientos que tienen las características formales de la jurisdicción y por carecer del contenido de ésta, no pueden ser calificados como actos jurisdiccionales; tal sería el caso de un proceso simulado, es pura forma, sin contenido ni función lícita propia, y solo produce cosa juzgada aparente.

4. Fases de la Jurisdicción: Conocimiento y Ejecución.

Los procesalistas consideran a dos (02):

Fase de Cognición o de conocimiento: Que comprende desde la demanda hasta que declare, constituya o condene en la sentencia que queda consentida o ejecutoriada en su caso.

Fase de Ejecución de la sentencia: Que comprende actos posteriores a la finalización de la primera fase hasta que se consiga hacer efectiva la sentencia.

5. Acceso a la Justicia y Tutela Judicial Efectiva.

Acceso a la Justicia: Acceder a la justicia, se entiende como el derecho subjetivo de carácter público que tiene todo ciudadano

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (18.8 Kb)  
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com