ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Teorías de las Relaciones Internacionales I Ilegalidad del bloqueo económico E.E.U.U. contra Cuba

fernandacurveEnsayo8 de Febrero de 2016

3.086 Palabras (13 Páginas)383 Visitas

Página 1 de 13

[pic 1]

Instituto de Estudios Avanzados Siglo XXI

Relaciones Internacionales

Teorías de las Relaciones Internacionales I

 Ilegalidad del bloqueo económico E.E.U.U. contra Cuba

Mtra. Luz Gabriela Vázquez Briones

Alumna: Kimberly Téllez Ramírez

2º “A”

INTRODUCCIÓN

En esta introducción, cabe destacar los motivos que me llevaron a elegir el tema, como bien se sabe, desde principios de los años 60’s el gobierno de Estados Unidos ha aplicado una gran y vasta política de agresiones hacia Cuba, con el propósito de imponerle sus designios económicos, políticos y sociales: intervenciones militares, sabotajes, planes de asesinato de dirigentes y un boicot diplomático constante. Pero el elemento que es claramente clave de esta política ha sido el bloqueo económico que ha ocasionado a Cuba pérdidas millonarias, que ha tenido y tiene graves consecuencias en las condiciones de vida de los habitantes.

Como resultado de la confrontación de todos estos años entre Cuba y Estados Unidos, Estados Unidos ha seguido una política agresiva contra la Isla, que le ha creado costos, que sobrepasan los 70, 000 millones de dólares. Sin que hasta ahora haya cesado en sus intenciones de agredir y alterar el  régimen político de la Isla. De tal modo que sólo entre 1990 y el año 2001, respaldado y apoyado por las administraciones norteamericanas, se desarrollaron 34 agresiones terroristas, que causaron perdidas de vidas y de bienes a la sociedad de Cuba.[1]

Durante más de cuarenta años, Cuba ha estado sometido a una política brutal de hostilidad y agresiones de todo tipo por parte del Gobierno de los Estados Unidos, cuyo propósito estratégico, incluso desde antes del triunfo de la Revolución Cubana, no ha sido otro que la liquidación del proceso revolucionario en Cuba y la destrucción del sistema político, económico y social construido y desarrollado libremente por cubanos en pleno ejercicio de su soberanía y derecho a la autodeterminación. Para ello, los principales dirigentes del gobierno de los E.E.U.U. en diez sucesivas administraciones presidenciales, así como miembros de la rama legislativa, funcionarios y agentes oficiales de dicho gobierno, han recurrido a todo tipo de presiones políticas, intentos de aislamiento diplomático, acciones propagandísticas, aliento a la deserción y a la emigración ilegal, espionaje, guerra económica y agresiones físicas de diversa índole. 

I Tema

Bloqueo económico y su ilegalidad

II Título

 Ilegalidad del bloqueo económico E.E.U.U. contra Cuba

III Planteamiento del Problema

Lo que marcó que el bloqueo económico contra Cuba fuese oficial mediante una ley presidencial que era más bien una proclama, el 3 de febrero de 1962, fue firmada por el presidente John F. Kennedy la Orden Ejecutiva Presidencial 3447, Resolución Federal No. 1085 del 6 del mismo mes, que entró en vigor el 4 de febrero del mismo año, bajo la autoridad legal de la Sección 620 (A) de la Ley de Asistencia Extranjera del 4 de Septiembre de 1961, estableciendo el bloqueo comercial y financiero contra Cuba.

Cuando triunfa la Revolución cubana el primero de enero de 1959, ocupaba la presidencia de los Estados Unidos, D.W. Eisenhower. Se trata del mismo presidente cuyo equipo de gobierno había hecho todo lo posible, durante los momentos inmediatos y posteriores al triunfo de la revolución, para frustrar la posibilidad de que las fuerzas revolucionarias lideradas por Fidel Castro tomaran el poder en Cuba.[2]

El detonante de las malas relaciones fue la ley de Reforma Agraria del 17 de mayo de 1959, en julio de 1960, en nota diplomática del gobierno norteamericano, firmada por el Secretario de Estado, Christian Herter, se decía:” el texto de la ley agraria de Cuba causa grave preocupación al gobierno de Estados Unidos con respecto a la suficiencia de las disposiciones sobre compensación a sus ciudadanos cuya propiedad puede ser objeto de expropiación”. Después de esto, la propia nota, aunque reconocía el derecho de Cuba para expropiar con propósitos públicos, sin embargo, consideraba que: “este derecho debe ir acompañado de la obligación correspondiente por parte de un estado”, en el sentido de que esa expropiación llevara consigo el pago de una pronta, adecuada y efectiva compensación.[3]

En sí el gobierno norteamericano exigía condiciones de “pronto pago”, que no tienen antecedentes en la historia de las nacionalizaciones, las que ni siquiera han tenido que ser compensadas al 100% de su valor y mucho menos prontamente.

A parte las condiciones financieras en que la dictadura de Fulgencio Batista había dejado en Cuba, al saquear todas las reservas del país, ( mas de 60 millones de dólares) no le permitían al Gobierno Revolucionario Cubano proponerse un esquema de compensación diferente al que estaba entonces presentando

A su vez , comenzaba a formarse un ambiente de presiones sobre la Ley de Reforma Agraria, que se expresaba en una total negativa a aceptar la fórmula de compensación propuesta por Cuba, de hecho, el secretario Herter llegó a calificar las medidas propuestas como de guerra económica. Comenzó el proceso de disminuir sistemáticamente la cuota azucarera cubana en el mercado norteamericano de los años 1960, 1961 y para 1962, al mismo tiempo en que se realizaban acciones terroristas dirigidas a disminuir más la capacidad económica de la Isla: tales como quema de caña, centrales azucareros y almacenes de azúcar, cortes de suministro de petróleo, eliminación del comercio, reducción del turismo norteamericano a la Isla, suspensión de las compras de níquel, eliminación del comercio de piezas de repuesto de todo tipo, etc.[4]

Para mí , precisamente, lo que hace del bloqueo de Estados Unidos hacia Cuba, una política que se sale de la relación bilateral, con esto quiero decir que se escapa del marco de la competencia soberana de los Estados Unidos, es que este país, desde el principio, comenzó por adoptar medidas, no solo para limitar al máximo y si fuera posible, eliminar toda relación con Cuba; sino que además ha desplegado con fuerza la tendencia a legislar perjudicando a terceros países, que a instancias de la política norteamericana tampoco podrían relacionarse económicamente con Cuba.

Esta guerra económica, que se desarrolló en tiempos de paz, ha sido desde su inicio violadora del Derecho Internacional y en los últimos años ha tenido un ascenso que ha llegado al extremo de otorgar un carácter extraterritorial a las acciones de guerra, perjudicando los legítimos intereses económicos de terceros países, desconociendo las normas vigentes del Derecho Internacional y la legislación interna de numerosos países y también  provocando el creciente rechazo de la comunidad internacional.

Por lo que el propósito de la política de los EUA con el bloqueo a Cuba ha sido, imponerle su voluntad mediante la coerción y la fuerza, en contra de las normas del Derecho Internacional; y de la voluntad y decisión del pueblo cubano de defender su soberanía y el derecho a la autodeterminación.

La llamada Seguridad Nacional de Cuba se define como la “condición necesaria alcanzada por el país en correspondencia con su poderío nacional que le permite prever y acometer acciones para el logro y la preservación de sus intereses y objetivos nacionales, pese a los riesgos, amenazas y agresiones de carácter interno y externo” (Colegio de Defensa Nacional,2008,p 7).

La guerra económica ha utilizado como arma agresiva principal la aplicación de un bloqueo económico total en las relaciones entre E.E.U.U. y Cuba, que se pretende extender a los vínculos económicos de Cuba con cualquier otro país mediante el uso del poderío financiero, comercial y tecnológico de una de las economías más fuerte del planeta contra la pequeña economía cubana para provocar el colapso. Nunca en la historia de E.E.U.U. se ha elaborado una madeja legal tan extensa de leyes, disposiciones, proclamas y reglamentos para tratar de asfixiar económicamente a un pequeño país con el cual E.E.U.U. no está en guerra.

-Principio de igualdad soberana

 El principio de igualdad soberana, se halla definido y es aceptado universalmente desde el Congreso de Westfalia de 1648. Está compuesto por dos importantes elementos: la soberanía de los Estados y la igualdad jurídica de los mismos. La soberanía es la potestad de un Estado que se expresa a través del derecho a decidir libremente los asuntos internos y externos del mismo sin infringir los derechos de otros Estados ni el Derecho Internacional Público. La igualdad jurídica es el derecho de todo Estado de ser considerado como igual ante cualquier otro Estado en lo relativo a los derechos inherentes a su soberanía, ya que los Estados soberanos son jurídicamente iguales entre sí, sin subordinación de uno a otro. La desigualdad económica, física o de otro orden entre los Estados no tiene por qué implicar la desigualdad jurídica.[5] 

 “La organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus miembros”. Y el artículo 78 de la Carta de la ONU “las relaciones entre los territorios que hayan adquirido la calidad de miembros de Naciones Unidas se basarán en el respeto al principio de la igualdad soberana”.6 

-Principio de no intervención

 El principio de la igualdad soberana guarda estrecha relación con el principio de no intervención a la que hace mención al plantear que “Ningún Estado puede aplicar o fomentar el uso de medidas económicas, políticas o de cualquier otra índole para coaccionar a otro Estado con el fin de lograr que subordine el ejercicio de sus derechos nacionales y obtener de él ventajas de cualquier orden. Todo Estado tiene el derecho inalienable a elegir su sistema político, económico, social y cultural, sin injerencia en ninguna forma por parte de ningún Estado”. [6]

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb) pdf (181 Kb) docx (29 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com