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Tercer Control De Lectura


Enviado por   •  18 de Diciembre de 2012  •  2.241 Palabras (9 Páginas)  •  464 Visitas

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DERECHO ROMANO

LAS OBLIGACIONES

I. CONCEPTO Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA OBLIGACIÓN

La obligación es un vínculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta.

La obligación sufrió transformaciones a lo largo de su vida jurídica.

El concepto de obligación debió haber aparecido en el campo de los delitos. La responsabilidad penal implicaba el sometimiento del infractor, quien quedaba obligatus; es decir, sometido a la víctima. Tanto el ladrón como el que pedía algo prestado quedaban obligados con su propia persona; más que tener un significado patrimonial la obligación implicaba solemne por medio del nexum, se creaba una dependencia de carácter físico entre acreedor y deudor.

Los tratadistas alemanes del siglo pasado al estudiar estos aspectos de la obligación, en alemán, shuld (deuda) y haftung (responsabilidad), - que en el nexum recaían sobre dos personas distintas-, llegaron a la conclusión de que en el momento en que ambos se fusionaron para incidir en una sola persona –el deudor -, nació el concepto unitario de obligación que actualmente conocemos.

II. ELEMENTOS DE LA OBLIGACION

La obligación está constituida por distintos elementos, los cuales son indispensables para su configuración.

1. Sujetos

El primer elemento de toda obligación son los sujetos: sujeto activo o acreedor (creditor), que tiene derecho a la conducta del sujeto pasivo o deudor (debitor), quien tiene el deber jurídico de cumplir con ella.

El acreedor es titular de un derecho personal o de crédito, en virtud del cual se le faculta la conducta de otra persona, la del deudor, quien a su vez debe cumplir con ella.

Entre los sujetos activo y pasivo existe el vínculo jurídico, que constituye la obligación y que los une.

2. Objeto

Está constituido por la conducta o comportamiento de que el deudor debe observar a favor del acreedor. Y puede constituir en un dare, facere, praestare, non facere o pati.

IV. FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

Se entiende por fuentes de las obligaciones a los hechos jurídicos de donde ellas emanan. Señalando Gayo, dos: el Contrato y el Delito.

• Contrato: El acuerdo de voluntades sancionado por el derecho civil, pudiéndose manifestar estas voluntades mediante palabras (verbis), por escrito (litteris), por la entrega de una cosa (re) o por medio del consentimiento (consensu).

• Delito: Forman un solo género, ya que las nacidas del que efectuase un hurto, arrebatara violentamente bienes (rapiña), causase cualquier clase de daño o bien cometiese una injuria, son todos ellos hechos contrarios al derecho que traerán como consecuencia la obligación de reparar el perjuicio ocasionado.

La clasificación Justinianea tiene la cualidad de señalar de forma definitiva cuáles son las principales fuentes de las obligaciones, pero adolece del defecto de que dentro de ellas no quedan comprendidos todos los hecho que pueden dar origen a una obligación, hechos que por ningún motivo fueron desconocidos por Justiniano y que fue enumerando a lo largo de su obra.

Según la clasificación Justinianea, tenemos como principales fuentes de las obligaciones:

 Contrato: el acuerdo de voluntades entre varias personas que tiene por objeto producir obligaciones civiles.

 Delito: es un hecho contrario al derecho y castigado por la ley.

 Cuasicontrato: es esta una figura muy parecida a la del contrato en cuanto produce consecuencias semejantes a él, pero nos encontramos con que carece de uno de los elementos esenciales de todo contrato; esto es, el consentimiento de los sujetos.

 Cuasidelito: es un hecho ilícito no clasificado entre los delitos.

 Otras fuentes de las obligaciones: en su obra, Justiniano, también reconoce como fuentes de las obligaciones a:

A) Los Pactos: es el hecho de que dos o más personas se pongan en acuerdo respecto de un objeto determinado, sin existir ninguna formalidad de por medio, teniendo que distinguir entre: pactos nudos y pactos vestidos.

 Pactos nudos: aquellos que producirán obligaciones de carácter natural y que no se encuentran protegidos por ninguna acción, aunque debemos de tener presente que estos pactos sí podían dar lugar a una excepción; esta excepción equivalía a un primer paso para lograr la protección procesal.

 Pactos vestidos: son aquellos pactos que sí gozan de una acción para su protección jurídica; entre ellos es posible distinguir tres categorías:

a) Pactos adyectos: aquellos casos en los cuales el juez, tomando en cuenta la intención de las partes, en los contratos de buena fe dotaba de protección procesal al pacto celebrado entre los sujetos, para modificar los efectos del contrato.

b) Pactos pretorios: aquellos casos en que el pretor concedía protección procesal a través de acciones y excepciones ha determinado pacto nudo.

c) Pactos legítimos: son aquellos que se encuentran protegidos procesalmente por disposición expresa de alguna constitución imperial.

B) La Ley: cuando el sujeto se encuentra en el supuesto previsto por determinada disposición legal, tiene forzosa y necesariamente la obligación de cumplir con lo señalado por el ordenamiento, como en el caso de las obligaciones que derivan de la paternidad.

C) La sentencia: desde el momento en que existe un litigio, las partes que en él intervienen quedan obligadas a cumplir con la sentencia que en el mismo dicte la autoridad correspondiente.

D) Declaración unilateral: es aquella promesa hecha espontánea y libremente por una persona, de forma unilateral o bien a la ciudad o bien al templo, en cuyo caso hablamos de pollicitatio o votum, respectivamente.

V. EJECUCIÓN DE LAS OBLIGACIONES

La obligación se cumple, esto quiere decir que el deudor realiza la prestación

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