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Titulos De Creditos


Enviado por   •  10 de Abril de 2013  •  1.014 Palabras (5 Páginas)  •  243 Visitas

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Este Título de crédito nace producto de la necesidad de probar y entregar un medio mas simplificado de ejecutar el contrato de cambio ( definido y tratado en el Código de Comercio en sus artículos 620 y siguientes), ya que de este modo los comerciante de la edad media reducían los riesgo y los costos que implicaba el traslado de dineros de un lugar a otro.

DEFINICION:

La letra de cambio en la actualidad se encuentra regulada por la ley 18.092, publicada en el DO. el 14 de enero de 1982, la cual dicta nuevas normas sobre letra de cambio y pagaré y deroga los artículos del Código de comercio que los regulaban.

Esta nueva ley no nos entrega una definición de Letra de Cambio, sin embargo, es la doctrina la que se ha encargado de hacerlo, así entendemos que la Letra de Cambio es un título de crédito que contiene una orden escrita, revestida de las formas previstas por la ley, por medio de la cual una persona llamada LIBRADOR o GIRADOR, ordena a otra denominada LIBRADO O GIRADO, que pague una cantidad de dinero a su orden o a una tercera persona, llamada TOMADOR , BENEFICIARIO o TENEDOR REGULAR, en lugar y tiempo en ella determinados.

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA LETRA DE CAMBIO:

Atendiendo a la definición antes señalada son tres las figuras que aparecen en la confección de éste instrumento:

1) EL LIBRADOR O GIRADOR: Que es quien da, gira o expide una letra de cambio.

2) EL LIBRADO O GIRADO: Que es quien a quien se ordena pagar.

3) EL TOMADOR O BENEFICIARIO: Que es a favor de quien se gira, acreedores.

Por lo general, en la práctica las personas que intervienen en la letra de cambio son dos: el aceptante que es el deudor y su tomador o beneficiario.

4) EL ENDOSANTE: es el beneficiario u otro portador legítimo que transfiere en dominio la letra de cambio por intermedio de un endoso.

5) EL ENDOSATARIO: es aquel a quien se le endosa la letra y, por lo tanto, adquiere el carácter de titular o portador legítimo.

6) PORTADOR LEGÍTIMO: es aquel que ha adquirido el documento según su ley de circulación y que en consecuencia puede exigir el cumplimiento de la obligación contenida en él.

7) EL AVALISTA: es aquel que garantiza el cumplimiento de la obligación, ya sea del aceptante, del librador o de alguno de los endosantes. También puede ser un avalista sin limitación y en ese caso responde como el aceptante.

FUNCIÓN ACTUAL DE LA LETRA DE CAMBIO:

En la actualidad, este instrumento mercantil, puede cumplir una doble función, en primer lugar puede ser utilizado para ejecutar un contrato de cambio, y en segundo lugar, y siendo este la función que con mayor frecuencia cumple, se utiliza como medio de pago y circulación y como instrumento de crédito.

Se debe tener presente, que cualquiera que sea la operación que la letra de cambio desarrolle, estas siempre se consideraran mercantiles, ya que constituye un acto de comercio formal.

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