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Todo Lo Que Tiene Que Saber Sobre Las ART

Mariana198225 de Octubre de 2012

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Superintendencia de Riesgos de Trabajo

Es un organismo en la órbita de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Fue creada con la Ley de Riesgos del Trabajo en el año 1996.

Es el organismo de estado encargado de:

• Controlar el cumplimiento de las normas de salud y Seguridad en el trabajo, colaborando con las administraciones provinciales que tienen la competencia en primer grado para intervenir y fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales por parte de los empleadores (entre ellas las de higiene y seguridad). La Ley Nº 25.212 ratificó el Pacto Federal del Trabajo suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional, los representantes de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que así lo establece. La SRT colabora con esta función siendo su potestad los territorios federales.

• Controlar a las aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART)

• Garantizar que se otorguen las prestaciones médico- asistenciales y dinerarias en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales.

• Promover la prevención para conseguir ambientes laborales sanos y seguros.

De la SRT dependen las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central.

De acuerdo a la Resolución SRT Nº 772/09, está en vigencia la actual distribución de funciones y tareas en la SRT, representada en nuestro organigrama.

Como lo establece el Decreto Nº 1172/03, se encuentran a disposición del público las actividades que realiza el personal jerárquico de la SRT a través del Registro de Audiencias.

Asimismo a través de la Memoria Anual SRT 2009 se da cuenta de las acciones llevadas a cabo por el organismo durante 2009.

Respuestas a las preguntas más frecuentes

RESPUESTAS SOBRE EL SISTEMA DE RIESGOS DE TRABAJO

¿Qué es un accidente de trabajo?

Un accidente de trabajo es un acontecimiento inesperado ocurrido en el trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere).

¿Qué es una enfermedad profesional?

Una enfermedad profesional es aquella producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales establecido por el Decreto Nº 658/96 (clic) y su norma modificatoria Decreto Nº 1167/03 (clic) en el cual se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas.

¿Cuáles son los derechos del trabajador según el sistema de la ley de Riesgos de Trabajo (LRT)?

Señor Trabajador, usted tiene derecho a:

• Trabajar en un ambiente sano y seguro.

• Conocer los riesgos asociados a su tarea.

• Recibir capacitación sobre métodos de prevención.

• Recibir los elementos de protección personal.

• Estar cubierto por una ART a través de la afiliación de su empleador.

• Conocer cuál es su ART.

Si sufrió un accidente o enfermedad laboral tiene derecho a:

• Recibir de la ART la asistencia médica hasta su curación completa.

• Recibir los pagos mensuales en caso de accidente o enfermedad profesional y la indemnización en los casos que corresponda.

• Recibir la recalificación laboral cuando sea necesario.

Sus obligaciones son:

• Denunciar ante su empleador o ART, los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

• Comunicar a su empleador, ART o la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) cualquier situación riesgosa para usted o para el resto del personal relacionada con el puesto de trabajo o establecimiento en general.

• Participar de acciones de capacitación y formación sobre salud y seguridad en el trabajo.

• Utilizar correctamente los elementos de protección personal provistos por el empleador.

• Realizar los exámenes médicos periódicos.

Los familiares directos de una persona fallecida por un accidente de trabajo o enfermedad profesional tienen derecho a:

• Servicio de sepelio.

• Indemnización

¿Qué es una ART y que funciones cumple?

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son empresas privadas contratadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Para funcionar están autorizadas por la SRT y por la Superintendencia de Seguros de la Nación, organismos que verifican el cumplimiento de los requisitos de solvencia financiera y capacidad de gestión.

Las ART tienen como obligación:

• Brindar todas las prestaciones que fija la ley, tanto preventivas como dinerarias, sociales y de salud.

• Realizar la evaluación periódica de los riesgos existentes en las empresas afiliadas y su evolución.

• Efectuar los exámenes médicos periódicos para vigilar la salud de los trabajadores expuestos a riesgo.

• Visitar periódicamente a los empleadores para controlar el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos del trabajo.

• Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores y a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo.

• Denunciar los incumplimientos de los empleadores a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

CONSULTAS Y RECLAMOS

¿Dónde y cómo se pueden efectuar consultas y reclamos?

La SRT cuenta con un Departamento de Atención al Público para recibir consultas o reclamos.

Se pueden realizar a través de la línea gratuita 0800-666-6778 en el horario de 9 a 18 horas, personalmente y por correo postal en Bartolomé Mitre 755 (C1036AAM) de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9:30 a 17:30 horas, al correo electrónico srt@srt.gov.ar o a través de la página web del organismo: www.srt.gov.ar

RESPUESTAS AL TRABAJADOR

¿Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?

Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART

Mi empleador no denunció el accidente o enfermedad profesional. ¿Qué debo hacer?

Usted mismo puede efectuar la denuncia de su accidente o enfermedad profesional ante la ART o los prestadores médicos habilitados por la misma. En la credencial de su ART -que su empleador tiene la obligación de entregarle-, figura una línea telefónica gratuita a la que puede comunicarse para hacer la denuncia. La aseguradora deberá proporcionarle un número de siniestro; si esto no sucede, realice la denuncia de forma fehaciente a fin de quedarse con una constancia a través de un telegrama laboral (gratuito) o personalmente en la sede más cercana de la ART.

En caso de que la ART no me reciba la denuncia, ¿Qué debo hacer?

La ART tiene obligación de recibir toda notificación de accidente o enfermedad profesional. Si ésta se negara a hacerlo, debe realizar la denuncia a través de una notificación fehaciente, mediante el envío de telegrama laboral (gratuito). Además comuníquese con la Superintendencia al 0800-666-6778 en el horario de 9 a 18 horas para efectuar la denuncia.

¿Quién se debe ocupar de mi atención en caso de accidente o enfermedad profesional?

La ART, en forma inmediata, debe brindarle toda la asistencia médica necesaria.

En cuanto al monto de dinero que usted debe recibir, los primeros diez días están a cargo de su empleador, mientras que a partir del décimo primer día los pagos corren por cuenta de la ART.

¿Qué debo hacer si la ART me rechaza el accidente o enfermedad profesional?

Si usted o su empleador han recibido alguna notificación de la ART rechazando el accidente de trabajo o enfermedad profesional, usted deberá presentarse ante la Comisión Médica de su zona (puede consultar el domicilio de la CM haciendo clic aquí) para iniciar el Trámite por rechazo de la ART al accidente de trabajo (clic) o el Trámite por rechazo de la ART a la enfermedad profesional (clic)

¿Qué debo hacer si mi empleador no tiene ART, en caso de accidente o enfermedad profesional?

Debe realizar la denuncia del accidente de trabajo o enfermedad profesional ante su empleador, quien por no haber contratado una ART está obligado a brindarle la cobertura. Debe -mediante telegrama laboral (gratuito) o nota con copia debidamente recibida-, notificar a su empleador del accidente, quien está obligado a brindarle cobertura.

Denuncie a su empleador por la falta de afiliación ante esta Superintendencia al 0800-666-6778 en el horario de 9 a 18 horas

COMISIONES MÉDICAS

¿Qué son las comisiones médicas?

Las Comisiones Médicas son las entidades encargadas de resolver las diferencias entre las ART y los trabajadores damnificados, sobre el accidente laboral o enfermedad profesional, tanto en el porcentaje de incapacidad o en el tratamiento otorgado.

Para conocer la Comisión Médica de su zona haga clic aquí.

¿Qué debo hacer si estoy dado de alta y la ART no me ha fijado el porcentaje de incapacidad?

Debe iniciar un Trámite por divergencia en la Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) (clic) en la Comisión Médica de su zona (puede consultar el domicilio de la CM haciendo clic aquí).

¿Cómo debo actuar si no estoy de acuerdo con el Dictamen de la Comisión Médica?

Puede

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