Trabajo Domestico
abelmontes1 de Noviembre de 2013
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El trabajo doméstico
Resumen: Conceptualización, clasificacion, Antecedentes Históricos y Condiciones Actuales del Trabajo Doméstico, Obligaciones de los Trabajadores, Obligaciones de los Patronos, Derechos de los Trabajadores, Salario de los Trabajadores Domésticos, Conclusiones.
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Autor: Boris Burgos
5ª EVALUACIÓN, CICLO 01-2002.
Generalidades de El Trabajo Doméstico:
Conceptualiación del Trabajo Doméstico de acuerdo al Código de Trabajo en el Título Segundo capítulo III:
Art. 77.- Trabajadores del servicio doméstico son los que se dedican en forma habitual y continua a labores propias de un hogar o de otro sitio de residencia o habitación particular, que no importen lucro o negocio para el patrono. La prestación esporádica de servicios de índole distinta a la expresada en el inciso anterior, no será suficiente para que el trabajador deje dc ser considerado como doméstico. No se consideran trabajadores del servicio doméstico y estarán sometidos a las normas Generales de este Código, los que se dediquen a esas labores en empresas industriales,
comerciales, sociales y de más equiparables.
A pesar de lo expuesto anteriormente, existe un rico debate sobre el concepto del trabajo doméstico, que analiza desde la misma posibilidad de llamar trabajo a las actividades domésticas no remuneradas que generalmente realizan las amas de casa, hasta cómo cuantificar el volumen de este trabajo, cómo calcular el aporte económico que significa y cómo determinar los beneficios que deberían recibir por él (en salario o en prestaciones sociales). En el fondo de la cuestión, se propone la valorización adecuada del trabajo doméstico como necesario para la vida de las personas.
Este debate debe enfrentar el gran desequilibrio que significa para las sociedades modernas que el peso de las tareas del hogar recaiga sólo o principalmente sobre las mujeres, cuando a la vez ellas han ingresado masivamente al empleo remunerado y enfrentan lo que se ha dado en llamar la doble jornada laboral y la falta de reconocimiento de sus aportes. Frente a esta situación, la delegación del trabajo doméstico hacia otras mujeres (empleadas o criadas), o la tercerización de parte de las tareas, no han sido hasta ahora soluciones satisfactorias para un problema que tiene sus bases en la desigualdad social entre hombres y mujeres.
Clasificación del Trabajo Doméstico:
El trabajo doméstico es imprescindible en la marcha de nuestras sociedades y gran parte del esfuerzo que se invierte en realizarlo es de las mujeres. En tanto proceso de trabajo, puede ser entendido como el conjunto de actividades "cuyo objeto es la producción de bienes y servicios para satisfacer las necesidades de los miembros de una unidad doméstica" una forma fácil y rápida de clasificación de las tareas que incluye el trabajo doméstico, es la siguiente:
· de reproducción: gestación, alumbramiento, lactancia materna o artificial, planificación de la natalidad, etc.;
· de ejecución: que están dirigidas a "la manipulación de objetos para aumentar su utilidad (limpieza, alimentación, vestido, etc.)";
· de gestión: gerenciamiento, delegación de funciones de ejecución, y otras; y
· de socialización y atención afectiva: dirigidas al cuidado no material de quienes integran una familia.
Ejemplificaciones de trabajadores domésticos que incluye:
a) Choferes del servicio familiar;
b) Amas de llave;
c) Mucamas;
d) Lavanderas y/o planchadoras en casas particulares;
e) Niñeras;
f) Cocineras de la casa de familia y sus ayudantes;
g) Jardineros en relación de dependencia y ayudantes;
h) Cuidadoras de enfermos, ancianos o minusválidos;
h) Mandaderos; y,
j) Trabajadores domésticos para actividades diversas del hogar.
Es amplio el espectro donde se ubica a los trabajadores domésticos, sin embargo la gama incluye labores donde las mujeres son mayoría. Además, generalmente es una sola la persona que realiza la mayor parte de esas tareas en la casa donde trabaja. Las condiciones laborales de las empleadas domésticas son difíciles, y además están sujetas a disposiciones legales que oficializan su discriminación como trabajadoras: ganan menos que el mínimo, a cambio de habitación y comida que no necesariamente compensan la diferencia, y tienen menos protecciones en general.
La situación de las lavanderas, planchadoras y limpiadoras por día es particular entre las trabajadoras domésticas, ya que realizan trabajo a destajo o por unidad de tiempo. El Código establece que si realizan su trabajo en forma independiente y con sus propios elementos no son consideradas en el capítulo especial que afecta a los trabajadores/as domésticos/as, sino en los capítulos generales.
1. Antecedentes Históricos y Condiciones Actuales del Trabajo Doméstico:
El trabajo doméstico ha existido desde las primeras sociedades que comenzaron a reunirse en “hordas” o clanes de cacería, donde el fin principal era el satisfacer las necesidades básicas de sus integrantes. Sin embargo en aquellas primitivas tribus se comenzaron a crear las clases sociales y en el trabajo, dividendo las actividades realizadas en aquel entonces en domésticas y de cacería, siendo la primera desarrolladas por las mujeres que integraban la tribu y las de cacería por los hombre de la misma. Para efectos del presente estudio nos limitaremos a la investigación y exposición de los antecedentes históricos más relevantes en Latinoamérica.
En la últimas tres décadas el ingreso de las mujeres al trabajo remunerado en América Latina y el Caribe ha sido masivo y acelerado: el número de mujeres económicamente activas aumentó en 211 por ciento, pasando de 18 a 57 millones, mientras que el número de hombres en esta situación, solamente se incrementó en 84 por ciento en 19 países de la región.
La jefa de la Unidad Mujer y Desarrollo de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), Sonia Montaño, también advierte en el documento “Las Mujeres ahora trabajan más” sobre la escasez de investigaciones sobre trabajo que tomen en cuenta el impacto social y económico de todo el trabajo no remunerado que ellas realizan en la región.
En cuanto a la tasa de participación de los hombres entre 1991 y 1998, ésta se mantuvo constante, mientras que la de las mujeres aumentó en 4.5 puntos porcentuales y superó 41 por ciento, tendencia similar en casi todos los países de la región que cuentan con datos estadísticos
Otros estudios documentan que la mayoría de las mujeres comenzaron a laborar en la década de los 80, como resultado del empobrecimiento de las familias y la necesidad de incrementar los ingresos monetarios. En los años 90, continuaron trabajando debido a los cambios estructurales y las reformas económicas en la mayoría de los países.
Sin embargo, el acceso de las mujeres -a diferencia de los hombres- se concentra en ocupaciones de menor categoría, mala remuneración y bajo prestigio, como son el servicio doméstico. Igualmente en el trabajo familiar no remunerado en la agricultura, las empresas familiares o los trabajos en el sector informal. En menor medida, las trabajadoras se desempeñaron, en la agroindustria, servicios y sectores de gran desarrollo tecnológico.
Advierte que la tasa de participación en mujeres de 25 a 49 años, es la que más crece, alcanzando según el país, niveles de entre 50 y 70 por ciento, cada vez más cercanos a los niveles de los hombres del mismo grupo de edad (alrededor de 95 por ciento).
La escasez de investigaciones sobre el impacto de la incorporación de la mujer al mundo laboral, la familia y el trabajo doméstico no remunerado, asociados -debido a la prevalencia de los valores tradicionales-, con una obligatoriedad cultural de las mujeres. Tradicionalmente, el trabajo reproductivo, -aquel necesario para el desarrollo de la vida humana y de la sociedad por medio del cuidado del hogar y de los miembros de la familia-, no ha sido integrado al concepto de “trabajo” y se percibe como una elección individual de las mujeres.
2. Obligaciones de los Trabajadores:
Los trabajadores domésticos estarán obligados a cumplir con las disposiciones legales contenidas en el Capítulo III Sección primera del código de trabajo referente a las Obligaciones de los Trabajadores, de igual manera a los artículos 79 y 81 del mismo código presentados a continuación:
Art. 81.- El trabajador del servicio doméstico está obligado a prestar sus servicios en los días de asueto, siempre que. así se lo pida el patrono. En tal caso tendrá derecho a un recargo del ciento por ciento en su salario diario por el trabajo realizado en esos días.
A si mismo el trabajador doméstico esta obligado a presentar su cedula de identidad personal al ser requerida por su patrono y comprobantes relativos a su buena salud de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 del Código de Trabajo.
Causales de Despedido Justificado las Determinadas
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