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Tratamiento impositivo mercado de capitales


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  1.384 Palabras (6 Páginas)  •  115 Visitas

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TP :Instrumentos y operaciones financieras

TRATAMIENTO IMPOSITIVO EN EL MERCADO DE CAPITALES

INTEGRANTES:

CAMACHO, Carolina Camacho

Lanterni, Maria Belen

Valverde Carlo, Erick Nestor

 


Impuesto

Persona

Acciones

Títulos Públicos

Fondo común de inversión

Fideicomiso Financiero

Obligaciones Negociables

Impuesto a las Ganancias

Individuo

Dividendos*

Compraventa: Exenta si autorización por la CNV, si no, gravado al 15%

Exento (renta y compraventa)

Exento (Renta y compraventa)

Autorizado CNV: Exentos (Renta y compraventa)

Sin autorización: Igual que ON no autorizadas.

Con autorización CNV: Exento

Sin autorización CNV: Rentas a alícuota general, RDOS de la compraventa a :15%

Sociedades

35% ganancias netas imponibles.

Los dividendos no son computables en el impuesto

35% ganancias netas imponibles

35% ganancias netas imponibles.

Los dividendos no son computables en el impuesto

35% ganancias netas imponibles

35% alícuota ganancias

Ganancia Mínima Presunta

Sociedades

Exentas

Grabados al último valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio

No grabados

Grabados al último valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio

Grabados al último valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio

Bienes Personales

Individuos

La tenencia de acciones no se encuentra sujeta al impuesto

(BP lo paga la sociedad emisora, por 0,50% sobre e valor patrimonial proporcional)

Exento

Se encuentra alcanzado por el impuesto, a valor de cotización

Autorización CNV: grava a valor de cotización

Con autorización CNV: Gravadas a último valor de cotización de 31/12

Sin autorización CNV: Gravadas al valor técnico (valor nomina más intereses devengados)

Impuesto al Valor Agregado

Individuos

Exento

Exento

No alcanzada

Exento

Exento

Sociedades

Exento

Exento

No alcanzada

Exento

Exento

* Los dividendos no son computables en el impuesto a las ganancias, pero se encuentran grabados por el impuesto a la renta financiera, y la empresa se encarga de retenerle al inversor el 10%.

INTRODUCCION:

Definición de Tributos:

Son todas las prestaciones, comúnmente en dinero, exigidas en ejercicio del poder de imperio, sobre la base de la capacidad contributiva, en virtud de una ley y para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de los fines del estado.

 

Carácterísticas:

  • Prestaciones comúnmente en dinero
  • Poder de imperio del Estado puede exigir su contribución
  • Sobre la base de la capacidad contributiva: es la aptitud económica del los integrantes de la comunidad para contribuir a la cobertura de los gastos públicos. Los que mayor capacidad contributiva tengan mayor participación tendrán en los tributos.
  • En virtud de una ley: se somete el tributo al principio de legalidad, no hay tributo sin Ley.

Las leyes tributarias deben contener:

  • Sujeto Activo, es la atribución del crédito tributario.
  • Sujeto Pasivo, es aquel sobre el que recae el hecho imponible (Contribuyente) o la responsabilidad por la deuda ajena (responsable)
  • Base imponible y alícuota
  • Exenciones
  • Vigencia
  • Ámbito de aplicación

Tipos de Tributos:

  • Impuestos: la prestación exigida al obligado es independiente de toda la actividad estatal relativa a el.
  • Tasas: existe una especial actividad del estado materializada en la prestación de un servicio individualizado en el obligado.
  • Contribuciones especiales: existe una actividad o gasto del estado que es generadora de un especial beneficio para el llamado a contribuir.

Impuestos a las ganancias:

El impuesto graba a todas las ganancias obtenidas por personas de existencia visible o ideal. Los sujetos residentes en el país tributan por la totalidad de las rentas obtenidas en el país y en el exterior. Las rentas obtenidas por sujetos  residentes en el exterior, tributan por las ganancias obtenidas en el país.

Son ganancias los rendimientos, rentas o enriquecimientos, que sean susceptibles de una periodicidad, implique una permanencia de la fuente, y tengan una habilitación.

Periodicidad: continuidad de la renta obtenida real (la que se cobra mensual o anualmente) o potencial (tiene la capacidad de generar esa ganancia periódicamente pero por una razón no lo hace. Ej. cambia de profesión, contador que pasa a ser profesor)

Permanencia de la fuente: el bien que genera las ganancias no se agote en el tiempo. (Ej. venta de inmueble)

Habilitación de la fuente: todos los costos incurridos para generar la ganancia ganada. Es el accionar, la voluntad de uno para generar la ganancia.

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