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Variante Operativa

luischatfd26 de Abril de 2014

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Te operativaRepublica Bolivariana de Venezuela

Universidad Nacional Experimental de la Seguridad

Núcleo Yaracuy

VARIANTE OPERATIVA

César Arcila

C.I.: 7.908.763

Marzo de 2014

INTRODUCCION

El plan operativo es un documento oficial en el que los responsables de una que enumeran los objetivos y las directrices que deben cumplir en el corto plazo. Por ello, un plan operativo se establece generalmente con una duración efectiva de un año, lo que hace que también sea conocido como plan operativo anual o POA.

Es el resultado de un ejercicio de planificación de carácter más operativo, en el cual se ajustan a cada localidad específica los lineamientos generales definidos en el plan de vigilancia y patrullaje. Esta variante se revisa y formula constantemente y es responsabilidad de los supervisores generales girar las indicaciones generales para su ejecución y control.

PLAN OPERATIVO O VARIANTE OPERATIVA

La planificación de carácter operativo, con contenido más instrumental, que se revisa y redefine de forma continua. Para el caso específico de los centros de coordinación policial este plan operativo se conoce como la variante operativa, la cual se formula desde las coordinaciones de servicios (vigilancia y patrullaje, investigaciones, servicio de policía comunal, entre otras).

Los diferentes planes se formulan en los siguientes niveles:

- Nivel directivo del cuerpo: Formula el plan estratégico (a varios años, de 3 a 5 generalmente).

- Nivel táctico del cuerpo (centro de coordinación policial); Formula el plan de vigilancia y patrullaje (a un año)

- Nivel operativo del cuerpo: Formula la variante operativa

La variante operativa es el resultado de un ejercicio de planificación de carácter mas operativa, en el cual se ajustan a cada localidad especifica las lineamientos generales definidos en el plan de vigilando y patrullaje. Esta variante se revisa y reformula constantemente y es responsabilidad de los supervisores generales girar las indicaciones generales para su ejecución y control.

Para consolidar un nuevo modelo policial eficiente y centrado en su gestión, los directores y directoras de policía no pueden por si solos realizar todas las tareas que genero el funcionamiento del cuerpo policial. En ese sentido resulta imprescindible descentralizar o delegar determinadas funciones, mediante la distribución de ciertas competencias entre el equipo de coordinadores y coordinadoras, y supervisores y supervisores. Ello, con el fin de garantizar la continuidad de la acción de dirección y del control operativo. La delegación de funciones, como una técnica de transferencia de una competencia propia, se define como el conceder a otra persona la autoridad necesaria para que actúe en nombre de la institución y tome decisiones y/o acciones especificas en la gestión de la organización. La delegación de sus funciones es un tema natural dentro de las organizaciones contemporáneas que, con importante cantidad de empleados y trabajadores, deben dar respuesta a los destinatarios de sus servicios en entornos complejos y cambiantes. De esta forma, el alcalde, o gobernador (la máxima autoridad política de una región) delega la responsabilidad de la dirección del cuerpo de policía al director o directora general, quien a su vez delega las diferentes funciones de la organización a distintas personas, tales como la administración, la comunicación y las relaciones interinstitucionales e incluso las operaciones del cuerpo policial. Ello, en el entendido de que una sola persona no puede cumplir de forma eficiente con todas las tareas que se ejecutan dentro de una organización.

Dentro del nuevo modelo, los directores y directores responsables de los distintos centros de coordinación policial son quienes deben desplegar las operaciones policiales. Estos directores o directoras deben o su vez delegar responsabilidades en sus coordinadores y coordinadores y éstos en las personas del nivel supervisor hasta llegar al nivel del funcionario v funcionaria netamente operativos.

La delegación de funciones es pues un proceso necesario dentro de cualquier organización policial, indistintamente de su tamaño.

El procedimiento de delegación de responsabilidades supone lo siguiente:

- Determinación de los resultados que se esperan.

- Asignación de tareas.

- Delegación de autoridad para llevar a cabo esas tareas.

- Asignación de responsabilidad derivada de lo ejecución de las tareas.

- Monitoreo al cumplimiento de lo toreo v rendición de cuentas.

Si alguno de estos elementos no se encuentra presente en el proceso de delegación de responsabilidades, seguramente habrá dificultades. Si lo persona no tiene claridad en la tarea o tareas que debe desarrollar, terminara ejecutando acciones que no son las debidas. Si no se delega en el otro la autoridad para adelantar esas tareas, probablemente no podrá ejecutarlas debido a que el resto de la organización o los actores externos consideraron que esa persona no posee la legitimidad necesaria para adelantar dichas acciones. Igualmente, si quien delega no monitorea el cabal cumplimiento de la tarea delegada y no exige cuentas, nunca podrá dar fe de su efectivo realización. Las reuniones policiales para la toma de decisiones constituyen el espacio por excelencia para delegar las responsabilidades y monitorear su cumplimiento dentro de los cuerpos de policía.

PLANIFICACION DE LA REUNION DE LA VARIANTE OPERATIVA

Principales formas para el control y la supervisión

Reuniones. Es la actividad que planifican v desarrollan los ¡efes con sus subordinados para revisar aspectos específicos de interés, determinados de antemano por ambas partes, y que generalmente se realiza como trabajo de Oficina. Para su adecuado desarrollo debe elegirse un local que reúna las características propicias que aseguren tranquilidad y no interrupciones a sus participantes. Su realización requiere de una correcta preparación previa de las partes.

Controles planificados. El control sistemático al cumplimiento de Servicio de Vigilancia y Patrullaje constituye la dirección principal a desarrollar, con carros patrulleros y carros de la gestión. Los resultados se anotan en el modelo establecido a tales efectos y, concluido el servicio, es recogido y analizado por los jefes para adoptar las decisiones que contribuyan a perfeccionar constantemente esta función de la Estación de Policía.

Controles sorpresivos. Los controles sorpresivos se planifican y ejecutan por las instancias superiores de dirección. Su realización comienza con la presentación de la Comisión de Control al Jefe del servicio de vigilancia y patrullaje, al cual se le impone de los objetivos a cumplimentar durante la comprobación. Al concluir el control sorpresivo se elabora un informe resumen que se analiza con jefe del servicio de vigilancia y patrullaje a quien se le dan a conocer los resultados de la visita de Control.

Controles o inspecciones del órgano superior. Su razón es comprobar el estado de funcionamiento del servicio y su área de trabajo dedicado a la vigilancia y patrullaje, para lo cual la especialidad rectora superior determina los objetivos particulares a cumplir durante la actividad. Para ello se elabora el Plan General del Control con los intereses a controlar y sus ejecutores. La unidad controlada elabora un informe inicial en la que expone los resultados de trabajo y las principales problemáticas que influyen en el cumplimiento de las misiones asignadas.

Con el propósito de garantizar un óptimo servicio de patrullaje se hace necesario lo siguiente:

- Incrementar la prevención, haciendo un mayor y mejor empleo del conocimiento de la situación operativo del territorio, y de las causas y condiciones que favorecen el delito, a partir del aporte informativo propio y de los demás servicios.

- Hacer que el sistema diseñado sea estable, flexible e irregular para lograr una mayor eficacia operativa y evitar que sea modelado con facilidad por los delincuentes.

- Concebir la integralidad del sistema, combinando acciones en cooperación con organismos de seguridad para lograr mejores resultados en el descubrimiento y la respuesta.

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