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Vocabulario Básico De Derecho Notarial


Enviado por   •  7 de Julio de 2012  •  646 Palabras (3 Páginas)  •  834 Visitas

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Acta: Relación que extiende el notario para acreditar de manera fehaciente uno o mas hechos que presencia o autoriza.

Arancel: Es el que tiene por finalidad fijar la remuneración que por su actuación los notarios pueden percibir.

Autenticidad: Que tiene certeza o es legal.

Auténtica: Copia de un documento con firma de quien tiene fe pública.

Atestado: Instrumento oficial en que una autoridad o sus delegados hacen constar como cierta alguna cosa.

Autorizar: Dar a uno autoridad o facultar para hacer constar una cosa. Dar fe el notario en un documento.

Carta poder: Mandato que, en un documento privado, confiere a una persona a otra para que la represente en un asunto o en varios determinados y actúe en su nombre.

Cartulario: Es el libro del notario autorizado para dar fe y tener el custodio de las escrituras de pertenencias y contratos de compras, ventas, permutas, etc., que el mismo realiza.

Cláusula: Cada una de las disposiciones de un contrato, tratado, testamento o cualquier otro documento análogo, publico o privado.

Comparecencia: Acto de presentarse ante un notario a efectos del otorgamiento de una escritura pública.

Consentimiento: Permitir algo, condescender en que se haga algo.

Depositario: Quien recibe de otra persona una cosa en calidad de depósito, obligándose a conservarla, abstenerse de usarla y devolverla a su debido tiempo.

Derechos Civiles: Son los derechos esenciales y de los cuales goza todo individuo jurídicamente capaz.

Domicilio: Es el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona para la producción de efectos jurídicos.

Entrerrenglonadura: Lo que se escribe entre renglones. Para eficacia documental exige salvarse expresamente antes de firmar.

Escribano: Todo aquel que haya completado los estudios universitarios exigidos para la obtención de dicho título, para cumplir con su misión específica e dar autenticidad a las declaraciones, actos o hechos que se formulan o desarrollan ante él.

Escritura Pública: Documento extendido ante un notario con atribuciones legales para dar fe de un acto o contrato jurídico complico por el compareciente y actuante o por las partes estipulantes.

Faccionar: Dar forma a un escrito.

Falsedad: Falta de verdad o autenticidad.

Fedatario: Notario

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