Vulneraci0on De Los Derechoas De Los Ninos
andreajoseph18 de Octubre de 2012
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Colombia es un país de contrastes radicales. Del mismo modo que en muchos países de la región latinoamericana la acumulación de las riquezas en pocas manos y la gran pobreza distribuida en la mayoría de la población es por definición su principal característica. Las relaciones de clase social, raza y género marcan al igual que toda la población dichas asimetrías, solo que en los niños y niñas se profundiza porque es la población más vulnerable.
A pesar que el ordenamiento jurídico colombiano, la Constitución Colombiana (1991) y su ordenamiento legal articulado a Convenios internacionales en donde se establecen como “derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión” (C.P. art.44) el contraste con la realidad social muestra la ausencia de dichos mandatos. Incluso, pese a que el ordenamiento jurídico señala una protección especial “contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos”, los niños y niñas, la mayoría de ellos, los que no pertenecen a las clases económicas poderosas, los niños y niñas a travesados por su condición social, su raza y su género se ven segregados por la economía, la política y la cultura desarrollista.
En el margen de los niños y niñas que viven la crudeza de la pobreza, la segregación y la exclusión hay unos que viven una experiencia muy particular. Me refiero a aquellos que ingresan en el Sistema Nacional de Protección debido a que se les ha vulnerado alguno de los derechos consagrados en el ordenamiento jurídico. La idea de protección asumida por el sistema estatal resulta una de las muchas paradojas de la democracia, ya que una primera impresión nos lleva a pensar que hay formas institucionales de garantizar sus derechos pero una mirada detallada nos confirma que sus derechos no solo se mantienen vulnerados sino que en ocasiones nuevas vulneraciones emergen en el tránsito del sistema que pretende defenderlos.
Esta tesis pretende mostrar cómo la protección institucional de los niños y niñas a veces se ve envuelta en un círculo vicioso de nuevas vulneraciones. El objetivo no es otro que reflexionar sobre los mecanismos institucionales para generar alertas [que ya no son tempranas] y poner de manifiesto la imperiosa necesidad de viabilizar la transformación del orden institucional y el manejo de la política de infancia en Colombia.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) el maltrato infantil es definido como los abusos y la desatención de que son objeto los niños y niñas, e incluye todos los tipos de maltrato físico, psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia, exposición a cualquier forma de violencia y explotación comercial o de otro tipo; entorpeciendo su desarrollo integral en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, es decir, que puede ser perpetrado por parte de sus padres, adulto responsable o cualquier persona que tenga una relación de dependencia con él.
En Colombia según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF), de las lecciones no fatales según su etiología como violencia interpersonal, violencia intrafamiliar, accidentes de tránsito y lecciones accidentales, la violencia intrafamiliar ocupa el segundo lugar en ocurrencia. Este comportamiento en las cifras ha sido constante desde el 2007. Revela que los casos de violencia intrafamiliar incrementan cada día más; durante el 2009 se conocieron 93.859 casos de violencia intrafamiliar, mostrando un incremento de 4.056 casos respecto al 2008.
En el 2009 el INMLCF reporto 13.952 casos de maltrato infantil en estadísticas indirectas. A nivel rural donde no se cuenta con una Unidad Básica [para ser denunciadas] se reportaron un total de 142 casos. Mostrando un incremento de 175 casos respecto al 2008. De estos casos, el mes de mayo muestra el índice más alto con 1.339 casos; seguido por octubre (1282), septiembre (1227) y julio (1191). Los demás meses oscilan entre 1189 y 1092 casos. En los meses donde se reportan el menor número de casos son diciembre y enero con un índice de 1005 y 1036 casos respectivamente. En relación con el día, se presentan más casos de maltrato infantil los días domingo (2127) y miércoles (2167), seguidos por los días jueves (2098), lunes (2091) y martes (2082); los días con menor índice son los viernes (1811) y los sábados (1303). Una relación estadística que muestra la exposición de niños y niñas a maltratos y que pone de relieve un serio problema que debe ser tomado con responsabilidad y urgencia.
EFECTOS DEL MALTRATO Y LA INSTITUCIONALIZACIÓN:
En general las consecuencias y efectos del maltrato influyen a nivel emocional, cognitivo y social, evidenciado en las relaciones que los niños y niñas establecen consigo mismo, con los demás y con el mundo. Ellos perciben que sus conductas, capacidades y habilidades se encuentran en un nivel inferior, por esto su toma de decisiones, resolución de conflicto y la manera de enfrentar las situaciones depende principalmente de lo esperado por su grupo de referencia, dificultando el desarrollo adecuado de procesos como autoestima, autoconcepto, autoimagen, autonomía y autoridad. Es poco común que en los niños, niñas y adolescentes se presente únicamente un tipo de maltrato, generalmente las situaciones traen consigo una mezcla indiscriminada de todos las formas representativas del mismo. Igual sucede con sus consecuencias y efectos, pues no se presentan de manera aislada, es imposible atribuir efectos propios y únicos a cada tipo, además porque están estrechamente relacionados con la frecuencia e intensidad con la que se presentaron las situaciones.
En el plano cognitivo, las consecuencias y efectos se asocian a una seria de dificultades en el aprendizaje y en las relaciones que establecen, lo que genera que su comportamiento sea evitativo, tendiente al aislamiento, la agresividad y la culpabilidad; además su rendimiento académico no es el esperado para su etapa de desarrollo. En muchos casos les resulta difícil reconocer las necesidades y sentimientos propios y los de los otros, y no comprenden a cabalidad las consecuencias reales de sus actos, lo que implica que sea difícil mantener una relación de corresponsabilidad. Su concepto de ineficacia y dudas frente a sus actos y los de los demás entorpece sus interacciones. Su adquisición de habilidades y su correlación con el medio se ven limitadas al permanecer en ambientes carentes de estimulación, acompañamiento, supervisión y atención constante, repercutiendo en la asimilación de los comportamientos propios en cada contexto.
La Institucionalidad aparece cuando el niño, la niña o adolecente, ingresa al sistema para ser protegido de alguna vulneración de sus derechos. El ingreso suele ser de oficio o a solicitud de parte cuando se pone de relieve la posible vulneración de los derechos de un niño, niña o adolescente, y la solicitud puede ser verbal o escrita, presentada por el representante legal, la persona que lo tenga bajo su cuidado o custodia, directamente por el niño, niña o adolescente y en general por cualquier persona que conozca de la vulneración, de este modo se inicia el proceso de garantía constitucional. La autoridad competente deberá, de manera inmediata, verificar el estado de cumplimiento de cada uno de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, comprobando, el estado de salud física y psicológica, el estado de nutrición y vacunación, la inscripción en el registro civil de nacimiento, la ubicación de la familia de origen, el entorno familiar y la identificación tanto de elementos protectores como de riesgo para la vigencia de los derechos, la vinculación al sistema de salud y seguridad social y la vinculación al sistema educativo.
Estos diagnósticos le servirán de sustento para definir las medidas pertinentes para el restablecimiento de los derechos, tales como, amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico, retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la actividad que amenace o vulnere sus derechos o de las actividades ilícitas en que se pueda encontrar, ubicación en un programa de atención especializada, ubicación inmediata en medio familiar, ubicación en centros de emergencia, cuando no procede la ubicación en los hogares de paso, la adopción o cualquier otra medida que garantice la protección integral de niños, niñas y adolescentes, siempre propendiendo por el acompañamiento de la familia.
Sin embargo, en la práctica se observa que en la mayoría de los casos, indiscriminadamente, se aplican como medidas de protección la ubicación en centros de emergencia, hogares de paso y adopción, y es allí donde comienza una nueva etapa que suma consecuencias y efectos a los propios del maltrato. Los efectos de la institucionalización, dependen en gran medida del tiempo de permanencia, el tipo de institución y la calidad de la atención recibida. Las instituciones son ambientes hostiles en la mayoría de los casos, debido a que los niños y niñas deben compartir con pares, cuyo repertorio conductual producto muchas veces de su aprendizaje y modelación, es agresivo, lo que dificulta la interacción, integración, adaptación, así como las relaciones consigo mismo y las demás personas. El nuevo ambiente se vuelve una especie de crisol donde se funden las diferentes conflictividades.
Los cuidadores castigan las conductas de los niños y niñas basados en sus concepciones y su estado emocional, lo que genera
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