ANALISIS JURISPRUDENCIAL SENTENCIA T-844 DE 2009
patobustamanter20 de Agosto de 2013
630 Palabras (3 Páginas)1.466 Visitas
ANALISIS JURISPRUDENCIAL
SENTENCIA T-844 DE 2009
A. ANALISIS CONCEPTUAL
I. IDENTIFICACION DE LA PROVIDENCIA
Corte Constitucional, Sentencia T-844/2009, Magistrado Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, 24 de noviembre de 2009
II. HECHOS RELEVANTES
La señora JOHANA SOLARTE MONTOYA, se encuentra recluida en el Centro de Reclusión de Mujeres Villa Cristina de Armenia, condenada a pena privativa de la libertad, la misma es madre cabeza de hogar, su hijo Ken Nakashima Solarte quien dependía económicamente de su progenitora, dado que su padre reside en Japón, no vela por sus necesidades económicas ni afectivas del menor.
El menor Ken Nakashima se encuentra al cuidado de parientes por afinidad de su progenitora, quienes residen en la ciudad de Cali, por ende para visitar a su madre, el menor y un acompañante deben incurrir en altos costos para trasladarse de Cali a Armenia, no pudiendo visitarla constantemente, ocasionándole perjuicios morales al menor, presentado por esto comportamientos inadecuados, requiriendo tratamiento psicológico.
La madre del menor solicito el traslado a un centro de reclusión en Cali, el que no se ha resuelto
III. ASPECTO JURIDICO CONSIDERADO
Derecho a la Familia, Derecho a la Unidad Familiar de las personas privadas de la libertad.
IV. PARTES
Accionante: Wilson Duque Cuellar, en representación del niño Ken Nakashima Solarte
Accionado: Centro de Reclusión de Mujeres Villa Cristina de Armenia
V. PROBLEMA JURIDICO
¿Es procedente la tutela en representación de un niño, cuando su padre se encuentra en el exterior y la madre recluida en un establecimiento carcelario lejos de la residencia de su hijo?
¿Es procedente la tutela para solicitar el traslado de una reclusa a una ciudad más cercana a la de residencia de su menor hijo, en aras de la Unidad Familiar?
VI. TESIS.
• Primera Instancia: Juzgado Tercero Penal del Circuito de Armenia. Si Concedió el amparo tutelar a favor del menor, indicando que el mismo no tiene por qué verse afectado por las faltas penales de su progenitora, siendo que este tiene derecho a compartir con su madre.
• Segunda Instancia: No. Revoca el fallo de primera instancia, indicando que la tutela versaba sobre un derecho de petición, el cual fue contestado por el INPEC y por ende debía declararse el Hecho Superado.
• Corte Constitucional. Concede el amparo de tutela. Indica que a la persona privada de su libertad se le suspenden unos derechos a su favor, pero sin embargo en relación a los menores de edad, se debe garantizar a estos niños su unidad familiar, derecho a tener una familia y estar con ella, derechos que han sido reconocidos en la Carta Constitucional y tratados internacionales. Si bien es cierto, el INPEC es quien tiene la facultad de decidir o no sobre traslado de los reclusos, esta facultad no es absoluta, pues existen una serie de circunstancias especiales que permiten que estos traslados se den en ocasión a la unidad familiar y se permita el desarrollo armónico e integral de los menores
B. ANALISIS CRITICO
Respecto al tema de debate, he de indicar que estoy en acuerdo con la tesis planteada por la Corte Constitucional, respecto a la primacia del Derecho de la Unidad Familiar de los niños, niñas y adolescentes, de que estos tengan su familia y puedan compartir con sus padres quienes están privados de la libertad, pero aún así, tienen derecho a reunirse y compartir tiempo con sus hijos pese a las restricciones de la libertad que estos tengan.
Pese a que las personas privadas de la libertad tienen restricciones en sus derechos individuales, se tiene que el Estado tiene el deber de garantizar
...