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ANÁLISIS DE LOS ACUERDOS EMITIDOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO


Enviado por   •  10 de Febrero de 2021  •  Informes  •  1.783 Palabras (8 Páginas)  •  75 Visitas

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ANÁLISIS DE LOS ACUERDOS EMITIDOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN RELACIÓN A LA AMPLIACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES Y REANUDACIÓN GRADUAL

ACUERDO 03-19/2020

Se autoriza la ampliación de suspensión de labores y por consecuencia, la suspensión de plazos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que inició el día dieciocho de marzo, para quedar hasta el día treinta de junio de dos mil veinte; reanudándose labores el día uno de julio de dos mil veinte.

Se exceptúan de la ampliación los órganos jurisdiccionales en materia Penal y Jueces y Juezas del Sistema Procesal Penal Acusatorio (Control, Ejecución y Tribunal de Enjuiciamiento), incluyendo Justicia para Adolescentes, así como la Unidad de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, y las Unidades de Gestión Judicial y Unidades de Gestión Judicial Especializadas.

Se autoriza a los cuatro órganos Jurisdiccionales en Materia de Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México, para que adopten las acciones y/o medidas necesarias para que realicen el pronunciamiento que conforme a derecho corresponda respecto de las peticiones que en su caso sean promovidas por las autoridades penitenciarias; y en cuanto a las órdenes de reaprehensión que se lleguen a cumplimentar, actúen conforme a las necesidades del servicio.

Se habilita a los Jueces de Control en materia de Justicia para Adolescentes de la Ciudad de México, únicamente para la revisión de las condiciones de internamiento, con carácter de emergente y extraordinario, que, en su caso, lleguen a solicitar las partes, quedando al arbitrio jurisdiccional, la forma de tramitación de dicha revisión.

En consecuencia, se habilita al área de atención a usuarios, de la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Materia de Justicia para Adolescentes, para que adopten las acciones y/o medidas necesarias para que recibir promociones única y exclusivamente relacionadas con el tópico arriba señalado.

Se autoriza la modificación del Calendario del Segundo Trimestre del año dos mil veinte, del Turno de los Juzgados Civiles, Familiares y Penales de Primera Instancia, para el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de esta Ciudad, y el Calendario del Segundo Trimestre del año dos mil veinte, del Turno Extraordinario de los Juzgados Penales de Primera Instancia, para quedar como se establece en el Acuerdo.

Se autoriza la ampliación de suspensión de actividades, hasta el treinta de junio de dos mil veinte, en los Centros de Desarrollo Infantil del H. Tribunal, en el Centro de Convivencia Familiar Supervisada del H. Tribunal CECOFAM, reanudando labores el día uno de julio de dos mil veinte.

Se reitera el compromiso para la implementación de plataformas y uso de tecnologías para llevar a cabo audiencias a distancia y convivencias en el CECOFAM y otorgamiento de medidas de protección a que hace referencia la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.

ACUERDO 04-19/2020

A partir del día 22 de junio de 2020 se podrá obtener cita para presentar demandas y escritos iniciales en la Oficialía de Partes común de salas y Juzgados del Tribunal Superior de Justicia, del uno de julio de 2020 hasta que se determine.

Posteriormente, a partir del 1 de julio se podrá obtener cita en cualquier fecha y horario disponible.

-Promociones de término se deben presentar directamente en los órganos jurisdiccionales respectivos.

-Solo cuando sea promoción de termino y último día se recibirá en la Oficialía de Partes Común.

CIRCULAR CJCDMX18/2020 EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN EL ACUERDO 05-19/2020

El consejo determinó autorizar la reanudación de actividades a partir del uno de julio bajo las siguientes condiciones:

1.- El personal judicial se reincorpora a las labores en forma presencial o virtual.

2.- Los juzgados funcionan todos los días, pero de manera alternada (un día abren y otro trabajan sin recibir al público en general).

3.- El primer día de labores los juzgados y salas nones reciben al público, mientras que los pares laboran a puerta cerrada, al siguiente día se invierte el proceso y así sucesivamente. La entrega de billetes de depósito y documentos base de la acción se realiza a puerta cerrada, mientras que comparecencias de alimentos se realiza todos los días.

4.- Los días en los que el juzgado realice sus labores a puerta cerrada llevaran a cabo las audiencias civiles y familiares, la entrega de billetes de depósito y documentos base de la acción, así como cualquier otra que el titular considere necesario para no afectar irreparablemente la defensa de las partes.

5.- Los términos corren normalmente, si se tiene que entregar un escrito de término cuando el juzgado este cerrado se presentará en la Oficialía de Partes Común.

6.- Para Juzgados Familiares de proceso escrito se recibirán promociones en el edificio sede “Clementina Gil de Lester”, de manera alternada según el juzgado.

7.- Para Juzgados familiares de proceso oral se recibirán en Niños Héroes 132 entre las Torres y el edificio antiguo de Presidencia, de manera alternada según el juzgado.

8.- Para los Juzgados Civiles de proceso escrito ubicados en Niños Héroes 132 que laboren a puerta abierta recibirá promociones el mismo día y en lugar del órgano jurisdiccional.

9.- Para los Juzgados Civiles de proceso escrito ubicados en Claudio Bernard 60 que laboren a puerta abierta recibirá promociones el mismo día y en lugar del órgano jurisdiccional.

10.- Para los Juzgados Civiles de proceso escrito de cuantía menor ubicados en Calzada de la Viga 1174 que laboren a puerta abierta recibirá promociones el mismo día y en lugar del órgano jurisdiccional.

11.- Para entrega y recepción de promociones de término conservan los mismos horarios de 9 a 3 de lunes a jueves y de 9 a 2 los viernes. No se recibirán promociones cuando laboren a puerta cerrada. La Oficialía Común tiene la obligación de recibir las promociones de termino, pero se exhorta para que se entreguen en sus juzgados respectivos a fin de que se reduzca el flujo de personas en Oficialía Común.

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