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ASOCIADA


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2020  •  Tareas  •  1.404 Palabras (6 Páginas)  •  115 Visitas

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ASOCIADA

Una asociada ------ influencia significativa  

No es una unión temporal, no es una subsidiaria ni una participación en un negocio conjunto.

Influencia significativa:

  • siempre y cuando las acciones que poseo tienen derecho a voto
  • si un inversor mantiene, directa o indirectamente el 20% o más del poder de voto en la asociada
  • que tan significativa es mi participación individual y que tanto control poseo

¿cómo se ejerce la influencia significativa?

Representación en el consejo de administración

Participación en los procesos de fijación de políticas  

Transacciones de importancia relativa  

Intercambio de personal directivo

Acuerdos conjuntos  

Es aquel donde existe un acuerdo donde  dos o más partes mantienen control conjunto.

Características:

  • Las partes están obligadas por un acuerdo contractual
  • El acuerdo contractual otorga a dos o más de esas partes control conjunto sobre el acuerdo
  • Un acuerdo  conjunto puede ser operación conjunto o un negocio conjunto.

CONTROL CONJUNTO

Existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control.

Es una inversión de tipo estratégica

  • Negocio conjunto: NIC 28 – Sección 14 PYMES. VEHÍCULO SEPARADO, quiere decir que el acuerdo es separado de las asociaciones que hacen parte de este acuerdo)

Ambos acuerdos se guían bajo la NIIF 12 de información a revelar y ambos ejercen control conjunto

Vehículo separado: es una estructura financiera identificable de forma separada que incluye entidades legalmente separadas o entidades reconocida por estatuto, independiente de si esas entidades tienen personalidad legal. Existe una empresa que va administrar los recursos. No necesitan ser personas jurídicas.  

Cuando hay negocio conjunto la contabilidad la hace alguien diferente al que está interviniendo en el negocio y lo hacen con la totalidad de todos los activos y resultados.

  • Operación conjunta: (CONSORCIOS-UNIONES TEMPORALES) un acuerdo muy puntual, generalmente es temporal. Adelantar un negocio que una vez concluya se disuelve la figura. NIIF 11 – Sección 15 PYME

No existe un vehículo separado, pero si existe control conjunto

  1. Activos controlados
  2. Operaciones controladas

NIIF 11: es un acuerdo mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo, tienen derecho a los activos y obligaciones con respecto de los pasivos, relacionados con el acuerdo. Esas partes se denominan operadores conjuntos.

  1. Consorcios: responden solidariamente

  1. Unión temporal: responden hasta el monto de sus aportes

Características de ambos:

  • No son personas jurídicas  
  • No son sociedades mercantiles
  • Son figuras temporales
  • Llevan contabilidad por separado de la parte que les corresponde
  • Se establecen por el mismo término de vigencia del contrato
  • Deben tramitar su Registro Único tributario
  • No está regulado por la ley al entenderse como un contrato
  • Se entiende cómo un Contrato o Acuerdo de “colaboración empresarial”

Medición de las asociadas y negocios conjunto

Elección de la política contables

Modelo del costo:

 un inversor medirá sus inversiones en asociadas, distintas de aquellas para las que hay un precio de cotización publicado al costo menos las pérdidas por deterioro del valor acumuladas de acuerdo con la sección 27 deterioro del valor de los activos  

El inversor reconocerá los dividendos y otras distribuciones recibidas de la inversión como ingresos, sin tener en cuenta si las distribuciones proceden de las ganancias acumuladas de la asociada. Surgidas antes o después de la fecha de adquisición.

Solo contabilizo lo que a mí me corresponde

Ejercicio:

El primero de enero del 20x1, la entidad A adquirió el 30% de las acciones ordinarias que conllevan derechos de voto en una junta general de accionistas de la entidad B por valor  de 300.000 U.m.

Para el año finalizado del 31 de diciembre de 20x1, la entidad B reconoció una ganancia de 400.000 u.m. El 30 de diciembre de 20x1, la Entidad B declaró y pagó un dividendo de 150.000 u.m para el año 20x1. Al 31 de diciembre de 20x1 el valor razonable de la inversión de la entidad A en la entidad B es de 425.000 u.m. Sin embargo, no hay un precio de cotización publicado para la entidad B.

Inversión – 1 de enero 2001  (se reconoce al costo)

1205 inversión en asociadas……   300.000 u.m

11 efectivo……………………………………………………… 300.000 u.m

Si hubiese deterioro del valor se deberían contabilizar aquí, pero no los hubo revaluación de las acciones de inversión.

Pago de dividendos

11 efectivo…………………………… 45.00 u.m

4215 Dividendos…………………………………………….45.000 u.m

Ejemplo:

Los hechos son los mismos que los del ejercicio anterior. Sin embargo, en este ejemplo, el 2 de enero del 20 x1 la entidad B también declaró un dividendo de 100.000 u.m para el año 20x0 y al 31 de diciembre de 20x1, el valor razonable de la inversión de la Entidad A en la entidad B es de 400.000 u.m; sin embargo, no existe un precio de cotización.

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