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Actividad integradora Las secretarias de Estado

Alejandro09..Apuntes6 de Noviembre de 2022

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UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÈXICO

LICENCIATURA EN DERECHO

ALUMNO: ERIK ALEJANDRO TRUJILLO CAMPOS

DOCENTE: LIC. JESSICA ALICIA LECHUGA XOCONOSTLE.

ASIGNATURA: ESTADO, CONSTITUCIÒN Y GOBIERNO

UNIDAD 2: SESIÓN 4. ACTIVIDAD INTEGADORA LAS SECRETARIAS DE ESTADO

GRUPO: DE-DEECG-1802-M2-042

CICLO ESCOLAR 2018

SEPTIEMBRE 2018

Nombre alumno (a): Erik Alejandro Trujillo Campos________Matrícula___ES1821019255

Carrera: Licenciatura en Derecho                                                          Fecha:  08/09/2018

UNIDAD 2. SESION 4

Actividad integradora: Las Secretarias De Estado.

MOMENTOS HISTÓRICOS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO MEXICANO.

En un principio, el hombre creó al Estado por seguridad; luego, el Estado reflexionó y le dijo al hombre: Es necesario que olvide tu seguridad para evitar tu inseguridad.

Para saber que es el derecho primero se debe saber que es el derecho ,el derecho administrativo es la rama del derecho que se encarga de la regulación de la administración pública ,se trata por lo tanto del ordenamiento jurídico con respecto a su organización , sus servicios y relaciones con los ciudadanos .

El derecho administrativo puede enmarcarse dentro del derecho público interno y se caracteriza por ser; común es aplicable a todas las actividades municipales tributarias autónomo tiene sus propios principios, local está vinculado a la organización política de una región , exorbitante excede el  ámbito del derecho privado y no considera un plano de igualdad entre las partes ya que el estado tiene más poder que la sociedad civil.

Además de todo lo expuesto no podemos pasar por alto el hecho de que el derecho administrativo cuenta con unas fuentes determinadas.

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Estas pueden ser de multi versa tipología tanto es así que nos encontramos con fuentes escritas o no escritas primarias o secundarias , e incluso directas o indirectas.

ORIGEN.

El origen , se remonta con el siglo XVIII con las revoluciones liberales que terminaron por derrocar al denominado antiguo régimen, los nuevos sistemas políticos contemplaron la existencia de normas jurídicas abstractas generales y permanentes para regular las relaciones entre el estado y el pueblo, por otra parte el nuevo orden supuso el desarrollo de instituciones para el control del estado que ya no estaba en manos de un monarca absolutista, la organización administrativa se presenta bajo diversas modalidades pero a los tipos que estas pueden reducirse son fundamentalmente dos del régimen de centralización y descentralización.

  • CENTRALIZACION : (autoridad y responsabilidad).

El centralismo administrativo público la actualidad la centralización se presenta como una forma de organización o tendencias organizadas, y es aprovechable en el estado del ámbito público como en el administrativo proporciona la unidad del derecho  de la norma jurídica, cuando se habla del estado centraliza se refiere a reunir la decisión de las actividades del estado ,de la administración pública o de cualquier  otra ,se caracteriza el centralismo por depositar al titular máximo órgano administrativo al poder público por decisión de facultad de designar a los agentes de la administración pública, además sirve para estructurar al estado unitario ( un estado unitario es aquel donde solo existe un centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de su territorio del estado mediante sus agentes y autoridades locales delegadas de ese mismo poder central ).

  • DESCENTRALIZACION: (autoridad y responsabilidad).

La descentralización administrativa, los organizamos de descentralizados se encuentran regulados por la ley orgánica de la administración pública federal, como por la ley federal de entidades paraestatales, la descentralización administrativa en estricto sentido existen cuando se crean organismos con personalidad jurídica propia mediante disposiciones legislativas para realizar una actividad que compete al estado o que es de interés público .

Se dice que ay descentralización cuando las potestades públicas se distribuyen en múltiples órganos, la descentralización se caracteriza de ser un órgano que depende indirectamente del ejecutivo federal ,tiene invariable mente personalidad jurídica  siempre tiene patrimonio propio y posee facultades más autónomas.

FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.

Las fuentes del derecho administrativo están constituidas por su lugar de nacimiento y punto de partida, las fuentes del derecho administrativo son los procedimientos, formas , actos, hechos y de más medios de creación  e interpretación en los cuales tienen su origen en sus principios y leyes en general, las fuentes mismas como el derecho como la ley, la costumbre y la jurisprudencia todas ellas referidas a la materia administrativa.

FUENTES FORMALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO PORTALES SE ENTIENDE LA CREACION MISMA DEL DERECHO.

No se debe confundir el procedimiento de creación de la norma jurídica con la fuente de la norma en sí, ósea el fundamento del derecho es la ley no es así el proceso legislativo porque la ley es el acto jurídico general abstracto e impersonal creador de derechos y obligaciones.

Otras fuentes formales del derecho administrativo son el  reglamento , la costumbre y la jurisprudencia, el reglamento es un acto puramente legislativo que consiste en una norma o conjunto de normas jurídicas con carácter abstracto e in personal que el poder ejecutivo expide el uso de facultad propia cuyo objetivo es facilitar la exacta observancia de las leyes aprobadas por el poder legislativo, el reglamento es también un acto administrativo pero desde el punto de vista material se identifica con la ley porque en esta encuentran los mismos caracteres que en aquel, por su naturaleza el reglamento constituye un acto legislativo que como todos los de esta índole crea, modifica o extingue situaciones jurídicas generales.

LAS CIRCULARES EXPEDIDAS POR LA ADMINISTRACION.

Las circulares también se consideran fuentes formales del derecho administrativo ,y la costumbre donde el valor que se puede reconocer a la costumbre en el régimen administrativo mexicano es el de constituir un elemento útil para interpretar las leyes administrativas pero de ninguna manera se le puede adjudicar el valor de crear algún derecho que supla o que contrarié las normas legales positivas.

LA JURISPRUDENCIA.

La jurisprudencia es fuente indirecta del derecho administrativo cuando emane de la suprema corte de justicia de la nación siempre que haya cinco ejecutorias conformes sin interrupción de otra al contrario.

ACTUALIDAD DEL DERECHO ADMINSTRATIVO.

En la actualidad el derecho administrativo se aplica a todos los órganos e instituciones atreves de los cuales actúa la administración pública, estos órganos cuentan con poderes superiores a los que disponen, el derecho administrativo se encarga de actuar sobre los órganos administrativos cuando estos actúan haciendo uso de sus potestades públicas, que rompen la igualdad entre las partes.  

 

VINCULACION DE LAS BASES CONSTITUCIONALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA CON SU LEY ORGANICA.

FUNDAMENTO LEGAL .

El fundamento legal se encuentra en el art.90 de la constitución política de los estados unidos mexicanos: La administración pública federal debe ser centralizada y para estatal conforme a la ley orgánica que expida el congreso.

Art.1º de la ley orgánica de la administración pública federal:

La presente ley establece las bases de organización de la administración pública federal, centralizada y para estatal.

ADMINISTRACIÒN PUBLICA CENTRALIZADA.

En ella, los órganos dependen inmediata y directamente de titular del ejecutivo.

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