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Administracion inmobiliaria


Enviado por   •  30 de Julio de 2019  •  Apuntes  •  2.329 Palabras (10 Páginas)  •  134 Visitas

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Administracion Inmobiliaria

Evaluación Parcial I

ALUMNO: Cuassolo Alejandro

Actividad 1  (Módulo 1,2,3)

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Pregunta:

  1. ¿Qué naturaleza tienen los caños maestros de la red de agua del edificio? Ejemplifique detallando cosas y partes comunes, cosas y partes necesariamente comunes y cosas y partes comunes no indispensables.

Los caños maestros de la red de agua son cosas y partes necesariamente comunes, Están enumerados en el Art. Nº 2041 inciso f) del Código Civil y Comercial.  '' son cosas necesariamente comunes: f) las cañerías que conducen fluidos o energía  en toda su extensión  si están embutidas y los  cableados hasta su ingreso en la unidad funcional.''

Cosas y partes comunes, ejemplos:    

  • Hall de entrada
  • Escaleras

Cosas y partes necesariamente comunes, ejemplos:

  • Los cimientos
  • Columnas
  • Vigas portantes
  • Muros maestros

Partes comunes no indispensables, ejemplos:

  • piscina
  • gimnasio
  • Quincho
  • Solárium

  1. ¿A quién le corresponde su reparación? ¿En qué medida responden los consortes?

Es el consorcio quien responde por el desperfecto producido, ya que el mal se origino en un caño maestro de la red de agua del edificio, por lo cual estamos hablando de que se trata de cosas y partes necesariamente comunes. El consorcio deberá reparar tanto el caño que es parte necesariamente común, como también es responsable de los costos de reparación por los daños sufridos en la pintura, mampostería del local y de los prejuicios que esto le ocasiona a la empresa propietaria del local.

Los consortes responden en la proporción correspondiente al porcentual de cada unidad, la cual esta expresa en la clausula segunda del reglamento de copropiedad y administración.

  1. ¿Que pasaría si la damnificada decidiera ante la inacción del consorcio dejar de pagar las expensas? ¿Puede hacerlo? Fundamente su respuesta

En caso de que se decidiera no pagar más las expensas, al momento de vencer estas entraría automáticamente en mora, debiendo pagar las expensas más los intereses punitorios por los días de mora. En caso de que esta decisión persista el consorcio tiene plena capacidad para iniciarle al propietario moroso acciones judiciales tendientes al reclamo de las expensas no pagas.

El propietario puede desistir de pagar las expensas, esto no quita que se le sigan cobrando y generen una deuda ante el consorcio.

La  obligación de pago de las expensas comunes es irrenunciable, no pudiendo el deudor eludir su obligación, ni aun abandonando o renunciando a la propiedad de la unidad.

El propietario se encuentra obligado legalmente al pago de las expensas, según lo describe el Código Civil y Comercial en los Art Nº 2046 al 2050.

Dejando bien en claro en el Art Nº 2049, que  (...)''el propietario no se puede rehusar al pago de las expensas o contribuciones ni oponer defensas por cualquier causa, fundadas en derechos que ellos invoquen contra el consorcio''(...)

Actividad 2  (Módulo 4,5,6)

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Pregunta:

  1. ¿Quién puede ser designado administrador de un consorcio?

La administración y representación legal de un consorcio y la designación de dicho mandato puede ser llevada por un propietario o un tercero ajeno al consorcio este ultimo puede ser una persona física tanto como una persona jurídica.

El Art Nº 2065 del C.C y C define :  El administrador es representante legal del consorcio con el carácter de mandatario. Puede serlo un propietario o tercero, persona humana o jurídica.

  1. ¿Puede ser solamente una persona física o también podría ser una persona jurídica?

Como se indico en la pregunta a) , la administración del consorcio puede ser llevada a cabo por una persona física propietaria o no y esta puede ser humana o jurídica.

  1. ¿Se puede revocar el mandato del actual administrador en cualquier momento o hay que esperar que se le venza el plazo del mandato que tiene? Fundamente su respuesta.

La remoción del administrador puede ser con causa o sin causa.

La remoción con causa puede estar prevista concretamente en el reglamento, esto no quiere decir que existan otras causas como por ejemplo las derivadas del mal desempeño del cargo, la inejecución del mandato, negligencia, imprudencia en el desempeño de la función , etc.

En la remoción sin causa, no hace falta que el administrador incurra en alguna de las causales enunciadas en el reglamento. Basta con que el numero de copropietarios que establezca el estatuto se reúna en asamblea legamente constituida y decida la revocación del mandato.

A posteriori a dicha revocación el Administrador deberá rendir cuentas y hacer la devolución de los libros del consorcio y los fondos si los hubiera.

  1. ¿Que función cumple el Consejo de Administracion?

La función del consejo de propietarios es fundamentalmente la de contralor de los gastos del consorcio. En caso de ausencia o renuncia del administrador el reglamento suele autorizar al consejo de propietarios a administrar el consorcio debiendo llamar a asamblea extraordinaria para designar un nuevo administrador.

El Art Nº 2064 del Código Civil y Comercial establece las atribuciones del Consejo de Administracion:

  1. Convocar a la asamblea y redactar el orden del día si por cualquier causa el administrador omite hacerlo.
  2. Controlar los aspectos económicos y financieros del consorcio
  3. Autorizar al administrador para disponer del fondo de reserva, ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios
  4. Dar conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio
  5. Ejercer la administración del consorcio en caso de vacancia o ausencia del administrador, y convocar a la asamblea si el cargo está vacante o dentro de los TREINTA (30) días de producida la vacancia.
  1. ¿Cómo se convoca a una asamblea de consorcistas? Explique el procedimiento de convocatoria, el contendió de la citación y forma de modificación.

Los propietarios deben ser convocados a la asamblea por medio fehaciente al domicilio denunciado por los  propietarios, en caso de existir domicilios especiales, será valida la citación en dicha unidad. La citación deberá transcribir el orden del día, el cual deberá redactarse en forma precisa y completa; luego en la asamblea será invalido el tratamiento de otros temas. Excepto si están presentes todos los propietarios y acuerdan por unanimidad tratar el tema.

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