Alegatos. OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURAS
LicdanioroEnsayo17 de Marzo de 2016
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MENDEZ QUINTERO MARIA GUADALUPE
VS
ERNESTO ROMERO PEREZ
JUICIO ORDINARIO CIVIL
OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURAS
EXP.: 482/14
C. JUEZ VIGESIMO CUARTO EN MATERIA CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL.
MARIA GUADALUPE MENDEZ QUINTERO por mi propio derecho y con la personalidad que tengo debidamente acreditada como consta en autos, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo;
Que por medio del presente escrito vengo a ofrecer de la parte actora las siguientes alegaciones:
1.- Por medio de escrito presentado en oficialía de partes común en fecha 05 de Junio del año próximo pasado se interpuso formal demanda en contra del C. ERNESTO ROMERO PEREZ, reclamando como prestaciones el OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURAS del bien inmueble ubicado en Mar de los Vapores Manzana 146 Lote 14 en la Colonia Ampliación Selene en la Delegación Tláhuac de esta Ciudad, la entrega física y material del inmueble ya descrito, así como el pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio, por lo que admitida que fue la demanda se ordenó emplazar al hoy demandado quien dio contestación en términos de su escrito reconviniendo a la suscrita dentro del mismo, posteriormente se solicitó la apertura del juicio a prueba, en la que esta parte actora y el demandado interpusieron las que a su derecho convino, señalándose como fecha de audiencia para su debido desahogo el día 12 de febrero del corriente año.
2.- No puede se pasar por alto que el hoy demandado interpuso dentro de su contestación a la demanda incoada en su contra la excepción de INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA, motivo por el cual los presentes autos fueron remitidos ante el Tribunal de Alzada, así mismo dicho tribunal conoció de la apelación interpuesta por mi contrario al auto de fecha 30 DE Septiembre del 2014 debido a que la se declaro infundada e improcedente la excepción de IMPROCEDENCIA DE LA VIA interpuesta por el hoy demandado, conociendo del presente asunto la Novena Ala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, declarando infundados los agravios interpuestos por el apelante y confirmando el auto dictado por el C. Juez de origen además de desechar de plano la excepción interpuesta por mi contrario de INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA.
3.- Por lo anteriormente manifestado por esta parte se le solicita a su señoría se sirva dictar sentencia que favorezca a mis intereses toda vez de que el hoy demandado a intentado sorprender la buena fe de este H. Juzgador ya que ha interpuesto toda clase de recursos pero no acredita nada ya que las prestaciones que se reclaman son muy claras, donde acredito con el documento basal de mi acción la propiedad del inmueble que nos ocupa.
4.- Ahora bien, la acción ejercida en este asunto quedó debidamente acreditada con los siguientes elementos probatorios:
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