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COSTUMBRES MERCANTILES EN COLOMBIA


Enviado por   •  9 de Marzo de 2013  •  1.662 Palabras (7 Páginas)  •  830 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Con el presente escrito se pretende hacer un breve análisis de la costumbre Mercantil como fuente del derecho, su aplicación y el celo de los juristas del Derecho común para su aplicación, igualmente relegado, sin darle la importancia que su especialidad requiere. Desde una perspectiva general, debe existir juez comercial a fin de darle la aplicación adecuada y proporcionada al derecho de los negocios como ahora se suele llamar el derecho comercial.

La costumbre mercantil no es una nueva concepción del derecho comercial, pues en nuestro país, se obtuvo por primera vez la normatividad de carácter mercantil, las referentes a mercaderes, compañías de comercio, comisiones, letras de cambio y aspectos de derecho marítimo, como fletes, una vez lograda la independencia en el año de 1821 con posterioridad a la legislación española, que por la época estaba vigente en el Nuevo Reino de Granada.

Haremos entonces un pequeño resumen de la norma mercantil en nuestro país desde su nacimiento hasta las últimas consideraciones de la Corte Constitucional para afirmar con mayor seguridad que el derecho comercial y en especial, la costumbre mercantil no resultan de tanta trascendencia en la jurisdicción común. Permitiéndonos darle la relevancia a la creación de la jurisdicción de carácter comercial por la especialidad del mismo.

El Derecho contenido en el Código de Comercio es un Derecho privado especial para las relaciones mercantiles, que busca adaptarse a las necesidades y dinamismo propio de las relaciones económicas. Por ello, supone una regulación especial para la cual el Código Civil representa la norma de Derecho Común y aplicable supletoriamente.

HISTORIA DEL DERECHO CIVIL EN COLOMBIA

En 2 periodos puede dividirse la historia del derecho civil colombiano. El primero arranca desde el descubrimiento de América y va hasta la expedición del actual código civil de 1873.

Antes de la vigencia del código civil de 1873 rigieron en el país la legislación especial que dictó España para sus colonias (legislación de indias), el derecho español y la legislación nacional.

LEGISLACIÓN DE INDIAS: Concluida la conquista española, era imposible trasplantar el régimen jurídico español a los territorios conquistados, debido a la gran diferencia social y económica existente entre España y las colonias Americanas. Además las colonias de las indias no pertenecían a España sino a la corona española.

El derecho castellano en las colonias españolas sólo tuvo carácter supletorio, pues era muy variad, cambiaba según las circunstancias y las autoridades lo exigían. En 1680 éste se creó la recopilación de leyes de los reinos de indias, que más que un código era una enciclopedia y ésta legislación de indias rigió hasta 1810.

“El Código Civil comprende las disposiciones legales sustantivas que determinan especialmente los derechos de los particulares, por razón del estado de las personas, de sus bienes, obligaciones, contratos y acciones civiles. En resumen es un compendio o conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, privadas públicas, en este último caso siempre que actúen como particulares

HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL EN COLOMBIA

La doctrina define al Derecho Comercial como una rama del Derecho Privado que regula los actos de comercio, la organización de las empresas, la actividad del comerciante individual y colectivo y los negocios que recaen sobre cosas mercantiles.

Hoy el Derecho Comercial se lo concibe bajo la estructura empresarial, se toma al comerciante como empresario, y el Art. 25 C.Co. Que define empresa como una persona natural o jurídica que por medio de sí o de otro ejercita una actividad económica dirigida a la producción, transformación, administración, mediación de bienes o prestación de servicios.

La palabra comercio se puede aplicar individualmente o a un número de comerciantes adscritos a un sitio. Colombia fue conquistada por el Imperio Español y debe tenerse en cuenta entonces los periodos de la Conquista, la Colonia y los primeros años de vida independiente, presentándose los siguientes periodos:

1. VIGENCIA DE LAS LEYES ESPAÑOLAS: Cuando estábamos dominados por España, en Colombia se aplicaron el Libro de las Siete Partidas, la Recopilación de las Leyes de Indias, las Ordenanzas de San Sebastián de Bilbao y la Novísima Recopilación de Castilla. Todas estas leyes españolas rigieron en Colombia hasta el año de 1853, fecha de expedición de nuestro primer Código de Comercio. Durante la vigencia de las leyes españolas España se reservó para sí el comercio de sus colonias e inspeccionaba y vigilaba los buques que zarpaban a estas tierras, y para ello creó la Casa de Contratación de Sevilla, que era lo mismo que un registro de mercancías que entraban y salían de sus colonias, pues a todo extranjero España le prohibió ejercer el comercio en sus colonias, como también viajar a estas tierras.

2. PERIODO DE LAS LEYES NACIONALES O INTERMEDIO: A raíz de la independencia colombiana se expide la Constitución de 1821 que declara en vigencia las leyes que hasta la fecha han regido en todas las materias que no se opongan a la Constitución ni a las leyes que expidiere el Congreso,

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