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Civil. Derecho Mercantil


Enviado por   •  7 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  3.785 Palabras (16 Páginas)  •  603 Visitas

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[pic 1]Universidad Mexicana

RESUMEN

Alumna: Ana Karen Pantoja Mayen

Profesor: Torres Cervantes Juan Manuel

CARRRA: Derecho  

MATERIA: Derecho Mercantil

INDICE

CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN        

-Auxiliares dependientes o del comerciante        

-Auxiliares independientes o del comercio        

IMPORTANCIA MODERNA DE LOS AUXILIARES MERCANTILES        

FORMAS CONTRACTUALES Y PROYECCIONES        

Nuestras leyes reconocen varios tipos de agente;        

LA EMPRESA MERCANTIL        

DIFERENCIAS ENTRE NEGOCIACIÓN MERCANTIL Y SOCIEDAD MERCANTIL        

NATURALEZA JURÍDICA        

MERCANTILIDAD DE LA EMPRESA        

ELEMENTOS DE LA EMPRESA        

ELEMENTOS PERSONALES        

ELEMENTOS MATERIALES        

ELEMENTOS INCORPÓREOS        

Derechos de la propiedad industrial (Ley de la propiedad industrial, art 1- v)        

Derechos de autor (Ley federal del derecho de autor, art. 13)        

En cuanto a las expresiones de las propiedades industriales, hay que decir:        

PAPEL E IMPORTANCIA DE LA MERCANCÍA        

LA EMPRESA COMO NÚCLEO DEL MODERNO MERCANTIL        

PROPIEDAD INDUSTRIAL        

LA EMPRESA  INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (EIRL).        

DIVERSOS TIPOS DE EMPRESAS        

Es importante consignar aquí los tres tipos de empresas a los que se ajusta el ejercicio del comercio en los estados unidos de americanos;        

QUATER RESPONSABILIDADES EMPRESARIALES        

Así, es frecuente mencionar la existencia de las siguientes responsabilidades empresariales:        

CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN

Es cada vez mayor el número de actividades comerciales, que requiere del auxilio de terceros. Ahora bien, estos terceros pueden estar ligados al empresario por un contrato de subordinación, de la naturaleza laboral, y en tal caso el estudio de este contrato es propio del derecho laboral, con todas sus consecuencias.

Frente a las auxiliares las que son:

-Auxiliares dependientes o del comerciante, sujetos a él por una relación laboral o de subordinación, consecuentemente regulada por el derecho laboral y, por tanto, necesariamente se trata de personas físicas.

-Auxiliares independientes o del comercio, cuya actividad encuentra regulación en disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de la más diversa índole. En consecuencia estos auxiliares son, como antes se anunció, personas físicas o jurídicas cuya finalidad es la de colaborar, como mediadores en la actividad del comerciante.

IMPORTANCIA MODERNA DE LOS AUXILIARES MERCANTILES

Apenas si hace falta expresar que toda actividad comercial, por pequeña que sea la empresa respectiva, precisa del auxilio de colaboradores dependientes, encabezados por el factor. Consecuentemente, poco es lo que amerita el detenerse en estos personajes, encabezados por los administradores. Si se trata de sociedades mercantiles, e independientemente debajo de ellos por el director general.

Muchas son las ventajas que acarrea la actividad de los auxiliares mercantiles del comercio independiente;

-Suponen considerables economías en cuatro al costo de locales, servicios telefónicos y de trasporte, de personal y algunos otros.

-Se suele decir, como ventaja laboral, la de que el comerciante o empresa no necesita disponer de personal propio, pues acude al de empresas que habrán de desarrollar las necesidades actividades, con lo cual, supuestamente, las empresas prestarías de los servicios quedan al margen de conflictos laborales.

-Actividades hay que serían imposibles sin el auxilio de colaboradores independientes a tal grado que las leyes respectivas admiten, y frecuentemente reconocen y aun imponen, la participación de estos entre colaboradores.

   

La existencia y actividad de estos corredores públicos, pacíficamente aceptada en otros países del derecho escrito y de impronta napoleónica, ha sido objeto de encontradas opiniones en nuestro país, principalmente a partir de la entrada en vigor, en enero de 1993, de la LECP.

JURISPRUDENCIA: Su función de federación se limita exclusivamente a la materia mercantil.

También reviste un alto grado de importancia, como auxiliares del comercio, la educación de los notarios igualmente dotados de fe pública, si bien su regulación no es federal, si no que se conserva como parte de las facultades legislativas de los estados de la federación.

FORMAS CONTRACTUALES Y PROYECCIONES

A un lado de las formas contractuales de mediación antes referidas es necesario consignar dos de las más frecuentes, como lo son la comisión mercantil y la agencia.

Ante todo, que el contrato de comisión mercantil es por demás frecuente en el moderno mundo del comercio, si bien se advierte en la práctica una serie de lamentables confusiones;  tal vez la principal de ellas es la consistente en denominar comisión a contratos que en realidad son de agencia, figura que se examinara inmediatamente después.

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