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Como Argumentar En Casos Dificiles


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  1.456 Palabras (6 Páginas)  •  964 Visitas

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INTRODUCCION

En esta conferencia, Manuel Atienza expone algunas reflexiones sobre los casos difíciles. En este escenario, distingue entre contexto de descubrimiento y contexto de justificación. Y dentro de esta última, entre justificación interna y justificación externa. También brinda algunas nociones sobre qué es un caso difícil, y - propone una nueva clasificación de los problemas que pueden dar lugar a un caso difícil.

Uno de los puntos importantes propuestos por Atienza, es que para argumentar, primero debe establecerse sobre qué se argumenta: en qué consiste el problema que da lugar a la argumentación para así procesalmente fijar los puntos controvertidos.

CÓMO SE ARGUMENTA FRENTE A UN CASO DIFÍCIL

El proceso de argumentación jurídica frente a un caso difícil podría quizás reconducirse al siguiente esquema.

En primer lugar, hay que identificar cuál es el problema a resolver, esto es, en qué sentido nos encontramos frente a un caso difícil. En general, cabría decir que existen cuatro tipos de problemas jurídicos 1) problemas de relevancia, cuando existen dudas sobre cuál sea la norma aplicable al caso2) problemas de interpretación, cuando existen dudas sobre cómo ha de entenderse la norma o normas aplicables al caso; 3) problemas de prueba, cuando existen dudas sobre si un determinado hecho ha tenido lugar,4) problemas de clasificación, cuando existen dudas sobre si un determinado hecho que no se discute cae o no bajo el campo de aplicación de un determinado concepto contenido en el supuesto de hecho de la norma.

En segundo lugar, una vez determinado, por ejemplo, que se trata de un problema de interpretación, habría que ver si el mismo surge por una insuficiencia de información (esto es, la norma aplicable al caso es una norma particular que, en principio, no cubre el caso sometido a discusión) o por un exceso de información (la norma aplicable puede entenderse de varias maneras que resultan incompatibles entre sí).

En tercer lugar, hay que construir hipótesis de solución para el problema, esto es, hay que construir nuevas premisas. Si se trata de un problema interpretativo por insuficiencia de información, la nueva premisa será una interpretación de la norma suficientemente amplia como para abarcar el caso en cuestión. Si se trata de un problema interpreta por exceso de información, habrá que optar por una de entre las diversas interpretaciones posibles de la norma en cuestión, descartando todas las demás. En cuarto lugar, hay que justificar las hipótesis formuladas, esto es, hay que presentar argumentos en favor de la interpretación propuesta. Si se trataba de un problema de insuficiencia de información, la argumentación podríamos llamarla -en sentido amplio- analógica. Si se trataba de un problema de exceso de información, la argumentación tendrá lugar según el esquema de la reductio ad absurdum: se trataría de mostrar, por ejemplo, que determinadas interpretaciones no son posibles porque llevarían a consecuencias -entendido este último término en un sentido muy amplio- inaceptables.

En quinto y último lugar, hay que pasar de la nueva o nuevas premisas a la conclusión. Esto es, hay que justificar internamente, deductivamente, la conclusión.

Según, la teoría de la argumentación jurídica cumpliría una función de reconstrucción racional, un modelo que, convenientemente desarrollado, debería permitirnos analizar con una cierta profundidad los procesos de argumentación jurídica -de justificación de las decisiones- que tienen lugar. Sin embargo, parece también que una teoría de la argumentación jurídica no debe perseguir únicamente una finalidad de tipo analítico o descriptivo, sino que debe cumplir también -al menos, hasta cierto punto- una función prescriptiva. No debe mostrar únicamente cómo argumentan de hecho los juristas, sino también cómo deben argumentar. El problema no es sólo el de aclarar que es un argumento o en qué consiste la actividad de argumentar, sino también cuándo un argumento (un argumento jurídico) es correcto o es más correcto que otro.

Por lo pronto, si comparamos la argumentación jurídica con la argumentación que tiene lugar, por ejemplo, en la ciencia o en la filosofía, nos tropezamos inmediatamente con una peculiaridad de la argumentación jurídica que no siempre ha sido bien comprendida. Mientras que en la ciencia y en la filosofía -sobre todo, en la filosofía-las discusiones pueden proseguir indefinidamente, esto es, el proceso de argumentación

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