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Comunidades protectoras de Derechos en la parroquia Quingeo


Enviado por   •  19 de Mayo de 2019  •  Documentos de Investigación  •  4.206 Palabras (17 Páginas)  •  131 Visitas

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Tabla de contenido

Localización geográfica3

Antecedentes3

Marco legal4

Contexto y objeto de intervención5

Concepto de intervención psicosocial5

Marco conceptual5

Modelo5

Estrategias6

Metodología6

Técnicas8

Cambio social8

Empoderamiento10

Aprendizaje de derechos de niños, niñas y adolescentes12

Liderazgo13

Bibliografía15


FACULTAD DE PSICOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA

CARRERA DE PSICOLOGIA SOCIAL

Catedra Intervención Psicosocial I-Noveno ciclo

1.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN:

NOMBRES: Karla Verónica Criollo Cabrera

TITULO DEL MODELO: Comunidades protectoras de Derechos en la parroquia Quingeo.

CENTRO DE PRACTICAS: Aldeas Infantiles SOS

FECHA: 9  de mayo del 2019

COMUNIDADES PROTECTORAS DE DERECHOS

PARROQUIA QUINGEO

  1. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA[pic 1]

La parroquia rural Quingeo en cuanto a su ubicación territorial se encuentra ubicada al suroeste de la ciudad de Cuenca, en la parte oriental del cantón, al centro sur de la cordillera de los Andes, a una altura de 2800 metros sobre el nivel del mar. Tiene una extensión de 114,2 kilómetros cuadrados y una superficie de 11842.64. Con la información del Censo del 2010 se ha identificado 28 asentamientos humanos en la parroquia Quingeo, algunos son considerados como comunidades
y otros como barrios.

Para llegar al centro parroquial se tiene acceso desde la vía Cuenca - el Valle - Santa Ana - Quingeo (28km). Y otra vía más larga con 42 kilómetros que corresponde a Cuenca - Cumbe Quingeo. Según el PDOT de Quingeo 2014 – 2019 en donde se asientan una población aproximada de 7450 habitantes.

  1. ANTECEDENTES

Según los informes realizados por Aldeas Infantiles SOS, en  la parroquia Quingeo la violencia es utilizada como método de crianza aceptado y normalizado en la colectividad, pues se ha aceptado y normalizado en muchas sociedades que viene en parte por el machismo que efectivamente en la parroquia Quingeo, se ha vuelto parte de esta realidad colectiva, predominando ciertos problemas sociales como las hegemonías que existen en cuanto a la autoridad, dándole al hombre una autoridad marcada. Es por ello que, algunos problemas situacionales han provocado un alto nivel de niñas, niños y adolescentes en situaciones de riesgo, y su espacio se vea en contextos familiares con violencia, llegando a ser víctimas de malos tratos, perdiendo de esta manera toda protección y camino adecuado que garantice en el cumplimiento de las responsabilidades en cuanto a sus derechos.  

Con la información de diagnóstico, se puede decir de manera general que existen los diversos problemas dentro de la comunidad como son: desconocimiento de instituciones de apoyo y protección social como es la Junta Cantonal, alto índice de desconocimiento de leyes de protección de NNA, ausencia de conocimiento en rutas de denuncias en el caso de vulneración de Derechos, bajo conocimiento y aplicación de Deberes y Derechos de NNA, violencia intrafamiliar y en el noviazgo, alcoholismo, abandono de los padres, migración, problemas económicos, falta de espacios de diversión.

Aldeas Infantiles SOS, lleva un proceso de intervención dentro de la parroquia de Quingeo, para lo que se establecido un Plan Comunitario que considera como necesidad más importante, la sensibilización y desarrollo de capacidades de la comunidad para la protección infantil, Derechos Humanos, junto con la potenciación del emprendimiento en adultos para la exigibilidad de sus derechos y responsabilidades, esta intervención se realiza con la comunidad, instituciones educativas y las familias de manera directa, con la intervención de talleres cuatro veces por mes, con niños, niñas, adolescentes; familias y con líderes comunitarios.

  1. MARCO LEGAL

Los Derechos Humanos se aplican a todos los grupos de edad; los niños y niñas tienen los mismos derechos humanos en general que los adultos. Pero como son especialmente vulnerables, es necesario que tengan derechos concretos que reconozcan su necesidad de recibir una protección especial.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece los derechos que es preciso convertir en realidad para que los niños y niñas desarrollen su pleno potencial y no sufran a causa del hambre, la necesidad, el abandono y los malos tratos. Refleja una nueva visión sobre la infancia. Los niños y niñas no son la propiedad de sus familias ni tampoco son objetos indefensos de la caridad. Son seres humanos y son también los titulares de sus propios derechos. La Convención ofrece una visión del niño como un individuo y como miembro de una familia y una comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados para su edad y su etapa de desarrollo. Al reconocer los derechos de la infancia de esta manera, la Convención se centra firmemente en todos los aspectos del niño y la niña (UNICEF, s/f).

En la Constitución del Ecuador (2008) en el capítulo segundo, contempla los Derechos del Buen Vivir y considera a los niños, niñas y adolescentes como un grupo de atención prioritaria, que según el artículo 45 refiere:

“Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar. El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas asociativas”.

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