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Constitución Política Primer Capitulo


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2017  •  Resúmenes  •  761 Palabras (4 Páginas)  •  223 Visitas

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Resumen del primer capítulo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Art. 1° Igualdad ante la ley, se prohíbe la esclavitud y la discriminación en los Estados Unidos Mexicanos. Art 2° La nación es única e indivisible.  Se reconoce que somos una nación pluricultural que debe proteger y conservar sus usos, costumbres y tradiciones. Autonomía de los pueblos indígenas. Art 3° Todo ciudadano tiene derecho a  educación gratuita, de calidad y laica, que será garantizada y proporcionada por el estado. La educación básica y la media superior serán obligatorias. Art 4° El hombre y la mujer son iguales ante la ley. Todo individuo tiene derecho a planificar su familia, a la salud, vivienda digna, cultura y ambiente sano. Protección a los derechos de los niños. Art 5° Derecho a realizar cualquier trabajo, industria o comercio, siendo lícitos. Art 6° Derecho a la información y a la manifestación de ideas, esta última, siempre y cuando se haga con respeto a la moral, a la vida privada, a los derechos de terceros y sin afectar el orden público. El derecho a la información debe ser garantizado por el estado. Art  7° Libertad de expresión, ideas e información. Ninguna autoridad debe coartar este derecho. Art 8° Derecho de petición, siempre y cuando se haga de manera pacífica, respetuosa y por escrito. Art 9° Derecho de asociación con objetivos lícitos. En materia de política solo los ciudadanos de la república podrán hacerlo para formar parte de esta. Art 10° Derecho a la legítima defensa y a la portación de armas. Solo se prohíben a la población civil las que sean de uso exclusivo de las fuerzas armadas. Art 11° Derecho al libre tránsito, a viajar dentro del territorio y a mudar de residencia. Derecho a buscar y recibir asilo. Art 12° Se prohíben conceder títulos nobiliarios y tampoco se darán efecto a los otorgados por otro país. Art 13° Nadie puede ser juzgado por tribunales especiales o privativos, Los tribunales militares no pueden extender su jurisdicción a persona que no pertenezca al Ejército. Art 14° La ley no será retroactiva en perjuicio de persona alguna. Art 15° No se autoriza la extradición de reos políticos ni de delincuentes que tuvieran la condición de esclavos o donde se menoscaben los derechos humanos. Art 16° Nadie puede ser molestado en su domicilio, papeles o pertenencias, solo en términos que la ley establezca. Art 17° Ninguna persona puede hacerse justicia por si misma ni ejercer violencia para reclamar un derecho. La justicia será impartida por tribunales y debe de ser expedita, imparcial y gratuita. Art 18° Solo para los delitos que merezcan pena privativa de la libertad habrá prisión preventiva. El sistema judicial se debe organizar en base a los derechos humanos. Art 19° No deben pasar más de 72 horas sin que se le explique al individuo detenido los crímenes que se le imputa. El MP solo podrá pedir prisión preventiva cuando otras medidas no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado. Art 20° El proceso penal será acusatorio y penal. Se regirá por los principios de contradicción, concentración, continuidad, inmediación y publicidad. Se  establecen los derechos de las víctimas y los implicados. Art 21° Los delitos serán investigados por la policía y el ministerio público, la acción penal es propia de la autoridad judicial. Art 22° Son limitadas las sanciones. Se prohíbe la pena de muerte o mutilaciones, toda pena que denigre la naturaleza humana. Toda acción penal debe ser proporcional al delito. Art 23° Los juicios criminales no deben tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. Art 24° Toda persona tiene derecho a elegir sus convicciones éticas, de conciencia y religiosas. Art 25° El estado debe ser rector en materia de desarrollo nacional, para que este sea integral y sustentable. Art 26° El estado organizará un sistema democrático de desarrollo nacional que sea sólido, dinámico, competitivo, permanente, equitativo y cultural. Art 27° Las aguas  tierras comprendidas dentro de los límites de la nación son originariamente propiedad del estado, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir su pertenencia a los particulares. Art 28° quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos. Art 29° Se dictan los casos y las condiciones en que el presidente de la República, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente  puede suspender en todo el país o en territorio determinado las garantías que fuesen obstáculo para la resolución de estos casos.

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