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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2022  •  Documentos de Investigación  •  3.779 Palabras (16 Páginas)  •  48 Visitas

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  1. La nueva forma de gobierno contenida en el artículo 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tiene en los derechos sociales, y específicamente en el derecho a la protección a la salud, uno de su mas destacados exponentes. De acuerdo a dicho artículo, el gobierno de Venezuela y de las entidades político- territoriales que la componen, es y será siempre, democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables; y los servicios de salud podrían ser objeto de descentralización de los Estados a los Municipios, y de éstos, hacia las comunidades y grupos vecinales. Fiel al espíritu plasmado en el artículo 158, que considera la descentralización como política nacional de profundización de la democracia, mediante el acercamiento del poder a la población y la creación de mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la misma democracia, como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales, es la inclusión de la salud como competencia objeto de transferencia a los niveles públicos menores. Toca analizar, mediante un análisis riguroso de las normas legales y constitucionales, el marco jurídico en la que se inserta, y comprobar la viabilidad de dichas propuestas de descentralización. 166 Palabras Claves: D

  1. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en su artículo 83, reconoció la salud como derecho social fundamental y estableció la obligación del Estado de garantizarlo a todas las personas, sin distinción alguna, como parte del derecho a la vida.

Artículo 12.1. Reconocimiento del derecho a la salud y garantías a su pleno disfrute 5. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en su artículo 83, reconoció la salud como derecho social fundamental y estableció la obligación del Estado de garantizarlo a todas las personas, sin distinción alguna, como parte del derecho a la vida. Transcurridos 15 años, todavía no se ha promulgado una Ley Orgánica de Salud que cumpla las garantías de la norma constitucional, y sin embargo la Asamblea Nacional aprobó más de 20 leyes en materia de salud desde el 2002 hasta el presente, algunas de las cuales son señaladas por el Estado en el párrafo 482 de su Informe. 6. En Venezuela, el número y extensión geográfica de los servicios de la salud pública y de la seguridad social es muy superior a los del sector privado. La salud pública es la que compete al Ministerio de la Salud (MPPS) y abarca 240 hospitales, 587 ambulatorios urbanos I y 4.314 ambulatorios rurales I y II1 . La seguridad social, a su vez, cuenta con centros de Institutos de Previsión Social, que suman 17 hospitales y 77 ambulatorios, y los del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), ente adscrito al Ministerio del Trabajo, constituido por 35 hospitales, 57 ambulatorios y farmacias, que distribuyen medicamentos de alto costo. 7.

La CRBV estableció, en sus artículos 84 y 85, -como bien lo destaca el Estado en el párrafo 480 de su Informe- la obligación del Estado de crear un Sistema Público Nacional de Salud (SPNS) de gestión descentralizada y participativa, que debe integrar los servicios de la salud pública entre sí y éstos con los del sistema de seguridad social (incluyendo fuentes de financiamiento), y regido por principios de gratuidad, universalidad, integralidad y equidad, entre otros, prohibiendo su privatización. Sin embargo, el Estado no avanzó en la creación del SPNS como lo señala en el párrafo 157 de su Respuesta a la Lista de Cuestiones. Los servicios siguen careciendo de un marco de política y normativa común, y continúan fraccionados desde el punto de vista financiero, regulatorio, funcional y territorial

En su artículo 85, la CRBV establece la obligación del Estado de garantizar un presupuesto que permita cumplir los objetivos de la política sanitaria. No obstante, Venezuela sigue presentando uno de los gastos públicos más bajos en salud, en comparación con los esfuerzos que hacen otros países de América Latina. En Venezuela, este gasto representó 4,5% del PIB en 2011

Paralelamente, desde el año 2005, el Ejecutivo se ha reservado y manejado discrecionalmente fondos extraordinarios de los ingresos recibidos por exportaciones de petróleo. En el sector salud, estos ingresos se destinaron al financiamiento de una estructura paralela a la de la salud pública y la de seguridad social, en la que se inserta la Misión Barrio Adentro (MBA), dentro del Convenio de Cooperación con la República de Cuba, tal como lo señala el Estado en el párrafo 504. Entre 2003 y 2012, la empresa estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) invirtió en diferentes planes de la MBA un total de 18.531 millones de dólares, lo cual equivale a 10 años de presupuesto de la salud pública5 . 11. La MBA se inició en 2003, como se indica en los párrafos 488 y 517 del Informe del Estado, 158 y 169 de su Respuesta a la Lista de Cuestiones, omitiendo que dicha iniciativa se realizó al margen de la conducción, planificación y supervisión del Ministerio de la Salud, para lo cual se trasladaron, a comunidades de sectores populares urbanos en varios estados del país, 14.345 médicos comunitarios de nacionalidad cubana. En 2004, el Ejecutivo tomó la medida de elevar la MBA a carácter de sistema, como la base de un nuevo SPNS en construcción y cuyas características no son las estipuladas en el artículo 84 de la CRBV, tal como lo asevera el Estado en el párrafo 486 de su Informe. El Ministerio de la Salud debió realizar el primer censo de médicos cubanos –un año después de estar instalados en el país- y coordinar un plan de construcción de consultorios con apoyo de PDVSA, cumplido parcialmente con importantes deficiencias en infraestructura

Con la MMC, en el 2005, el Ejecutivo abrió un Programa Nacional de Formación en Medicina Integral Comunitaria dirigido a formar en 6 años Médicos Integrales Comunitarios (MIC), con profesores de nacionalidad cubana y un pensum de estudio de la Escuela Latinoamericana de Medicina (ELAM). Ninguna de las escuelas de medicina en universidades autónomas y experimentales fue consultada. En 2011, se graduaron 8.000 Médicos Integrales Comunitarios (MIC) y dado el alto déficit de médicos residentes en los servicios hospitalarios, el Ejecutivo decidió que los MIC iniciaran internados rotatorios en 188 hospitales del país -sin haber cumplido todavía 3 años más de postgrado como Médicos Generales Integrales (MGI)7 . En estos internados, el MPPS permitió que se evaluara su desempeño por parte de médicos docentes. Las evaluaciones arrojaron amplias deficiencias de competencia que fueron documentadas . A pesar de ello, en el 2013 el MPPS aprobó el ingreso de los MIC a postgrados de medicina general integral e incentivó a unos 1.000 para que siguieran postgrados de especialidades en cirugía, pediatría, ginecología, obstetricia y anestesiología en hospitales públicos, ocupando las vacantes de médicos residentes. El Estado menciona en el párrafo 161 de su Respuesta a la Lista de Cuestiones que actualmente existen 16.628 MIC egresados y 21.237 en formación. 13. En el año 2005, también se crea la Misión Barrio Adentro II, -señalado por el Estado en los párrafos 489, 490 y 491 de su Informe; 170 y 171 de su Respuesta a la Lista de Cuestiones- para construir y equipar 600 Centros de Diagnóstico Integral (CDI), 600 Salas de Rehabilitación Integral (SRI) y 30 Centros de Alta Tecnología (CAT). En el 2012, la Contraloría General de la República (CGR) determinó la parálisis de 1.235 obras de los CDI entre los años 2005 y 2009, por entrega tardía de recursos y fallas de control interno en la adjudicación y supervisión. Hasta 2013, se habían culminado 561 CDI, 583 SRI y 35 CAT. En 2014, trabajadores de los CDI de los estados Táchira, Zulia y Vargas denunciaron abandono de los centros, un avanzado estado de deterioro de la infraestructura, falta de personal, de insumos médicos, de sábanas y de papel higiénico, y de aires acondicionados, así como bajos salarios y acoso por defender derechos laborales. 14. El párrafo 492 del Informe del Estado; 159 y 172 de su Respuesta a la Lista de Cuestiones menciona la Misión Barrio Adentro III, creada para asignar recursos a la remodelación y reacondicionamiento de hospitales públicos. En el año 2007 se iniciaron obras simultáneas en 62 hospitales, que obligaron al cierre hasta por 6 años de salas, postgrados, emergencias y quirófanos. Hasta 2010, 77% de las obras no se había culminado. En 2008, diputados del partido de gobierno presentaron a la Asamblea Nacional un informe de irregularidades en 10 hospitales. En 2013, en 32 contratos de 8 hospitales, la CGR encontró inexistencia de instrumentos de planificación; obras no supervisadas, inspeccionadas ni evaluadas; obras iniciadas sin contrato; obras que obtuvieron certificación de terminadas y recibidas, pero no fueron concluidas; y gastos

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