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Consulta Prelegislativa En La Formación De Las Leyes


Enviado por   •  16 de Junio de 2013  •  1.797 Palabras (8 Páginas)  •  364 Visitas

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Consulta prelegislativa en la formación de las leyes

La Constitución del 2008 y la Ley Orgánica de la Función Legislativa contemplan la llamada consulta prelegislativa en la formación de las leyes. Esta consulta se la realiza a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades. Es así que podemos decir que consiste en el derecho que tienen las comunidades, pueblos y nacionalidades, pueblos montubios y afroecuatorianos a ser consultados antes de la adopción de cualquier medida legislativa en la que se pueda ver afectado cualquiera de sus derechos colectivos. Esta consulta se realizará mediante procedimientos apropiados en las que se pueda llegar a un acuerdo entre las partes participantes.

Además, los estados tienen la obligación de realizar dichas consultas a todos los pueblos indígenas que se encuentren interesados, antes de aplicar las medidas legislativas en las que se puedan ver directamente afectados. Lo que se busca es adoptar las medidas con el previo consentimiento de estos.

Es deber de la Asamblea Nacional emitir la Ley que regule el derecho de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades a la consulta prelegislativa para así conocer sus puntos de vista según sus tradiciones y costumbres.

Hasta ahora, la Asamblea Nacional no ha realizado ninguna consulta prelegislativa, a pesar de que se han debatido medidas legislativas que evidentemente han podido afectar los derechos colectivos de sus titulares. Ante el vacío legal y la insuficiencia práctica del derecho vigente, es necesario que esta Asamblea Nacional expida la respectiva “Ley Orgánica de Consulta Prelegislativa a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades”.

Por su parte, la Corte Constitucional colombiana ha declarado que no realizar la consulta previa para leyes que afecten derechos colectivos es contrario a su Constitución.

El principal objetivo de la realización de consultas prelegislativas es establecer mecanismos de diálogo antes de aprobar una ley o un proyecto y que sean las comunidades las que otorguen el consentimiento.

Este mecanismo ayuda a combatir los prejuicios, eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.

Las Leyes en proceso de Consulta Prelegislativa son: la Ley Orgánica de Culturas y la Ley de Recursos Hídricos, uso y aprovechamiento del Agua (Ley de Aguas).

En cuanto a lo que la Ley Orgánica de Culturas se refiere, el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero, realizó la convocatoria a la consulta prelegislativa de la Ley de Culturas para que pudieran inscribirse las organizaciones como: comunas, comunidades, nacionalidades y pueblos montubios y afroecuatorianos.

Cordero, además, afirma que Ecuador será el primer país en el mundo que lleve delante una consulta prelegislativa, en donde se consultará sobre derechos, incitó a todas las organizaciones a formar parte de este proceso que colaborará con la formación de las leyes en donde estén de por medio derechos colectivos.

El organismo legislativo aprobó los temas a ser consultados y estos son tres: Conocimientos colectivos, tecnologías y saberes ancestrales. El segundo tema es: participación y representación en los organismos oficiales. El tercer tema es: patrimonio cultural e histórico.

Estos son los temas a ser consultados, sin embargo, existe la posibilidad de que las comunas, comunidades, nacionalidades y pueblos afroecuatorianos y montubios podrían incluir algún tema que consideren que no ha sido tomado en cuenta.

El proyecto de Ley de Culturas tiene por objetivo garantizar la autodeterminación cultural de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y pueblo montubio, así como regular los principios, derechos, obligaciones y disposiciones constitucionales referidas al fomento de la actividad creativa, la protección y conservación del patrimonio cultural, el funcionamiento e integración del Sistema Nacional de Cultura.

Además la Federación de Indígenas Evangélicos del Ecuador (FEINE) resalta la importancia del idioma ancestral, diciendo que: “El idioma ancestral, el reconocimiento de los diferentes pueblos ancestrales a nivel del país, sean los pueblos afroeuatorianos, montubios y las nacionalidades del Ecuador, su respectivo reconocimiento, tomando en consideración que deben tener el territorio, la cultura y la lengua”•

Las organizaciones sociales a nivel nacional han demostrado gran acogida a la convocatoria de esta consulta prelegislativa, pues en el Ecuador hay mucha diversidad cultural y ello ha generado interés.

La ciudadanía está feliz con este mecanismo porque considera que se le está tomando en cuenta para participar con sus criterios en los temas previamente aprobados.

Por otro lado; Wilson Mayorga, ex viceministro de Cultura y actual candidato a asambleísta por movimiento PAÍS, se refirió al proceso de conducta prelegislativa como un hecho positivo, pero que fue utilizado por la oposición para detener el proceso de aprobación de esta ley.

“La ciudadanía debe estar consciente de que una buena parte (de la consulta prelegislativa) fue un ejercicio, un juego de la oposición que buscó dilatar una ley importante para el desarrollo de la identidad ecuatoriana. En este marco creo que fue un interés

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