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¿CÓMO ELABORAR O DISEÑAR POLÍTICAS PÚBLICAS TOMANDO EN CUENTA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?


Enviado por   •  10 de Abril de 2018  •  Ensayos  •  7.306 Palabras (30 Páginas)  •  113 Visitas

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POLÍTICAS PÚBLICAS Y SISTEMA INTERNACIONAL

¿CÓMO ELABORAR O DISEÑAR POLÍTICAS PÚBLICAS TOMANDO EN CUENTA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN        3

DERECHOS FUNDAMENTALES        5

POLÍTICAS PÚBLICAS        11

POLÍTICAS PÚBLICAS Y DERECHOS FUNDAMENTALES        16

CONCLUSIÓN        23

BIBLIOGRAFIA        24


INTRODUCCIÓN

Durante mucho tiempo tanto los derechos fundamentales como las políticas públicas han ido trascendiendo y teniendo cambios en diferentes épocas.

En este contexto podemos recordar que los derechos han surgido por generaciones, por ejemplo: aquellos que surgieron durante la revolución francesa, los cuales surgieron enfoques civiles y políticos, por ejemplo derecho a la vida a la libertad y la igualdad. Los derechos de segunda generación surgieron en el siglo XX estos tenían un carácter colectivo, social y económico. Durante este siglo en el año de 1917 se creó la primera constitución mexicana. Por último la tercera generación constituyo a los derechos de los pueblos, donde surgieron también los estados y países, se generó la necesidad de cooperar unos con otros para crear beneficios.

Aunado a esto es importante señalar que la autoridad está obligada a otorgar derechos de todo tipo así como impartir justicia desde diferentes perspectivas, en este sentido puede esclarecerse el hecho de que las autoridades tienen la obligación de elaborar y promover las políticas públicas correspondientes a derechos fundamentales para que posteriormente estos puedan ser garantizados y promovidos.

La formulación de políticas públicas han logrado trasformar algunos entornos en los que estas se han puesto en práctica debido a que su labor principal es distribuir y determinar prioridades de diferentes sociedades en cambio los derechos fundamentes suelen ser y formar parte de cada individuo que habita una sociedad sin importar cuál sea.

A partir de estos es importante tener cuidado con el término “derechos fundamentales” debido a que muchas veces o la mayoría, las políticas públicas terminan reduciéndose a lo más esencial y no suelen cubrir verdaderamente las necesidades de la población, sino que más bien lograr hacer un desequilibrio entre los actores participantes por el escaso conocimiento de lo que resulta ser un derecho fundamental. Actualmente en dicha esfera se encuentran involucrados diferentes actores que suelen ser de gran ayudad para poder complementar una política pública que tenga un enfoque en derechos fundamentes, algunos como la ONU muestran gran interés en resolver y hacer comprender que la base de todo son los derechos humanos, también se encuentra involucrada la Corte Interamericana de Derechos Humanos donde se logran hacer convenciones sobre los diferentes tratados, y la protección de los derechos humanos. Estas suelen ser solo dos de la muchas instituciones que rodean temas de derechos humanos y la implementación de los mismos.

Es evidente que independientemente de donde suelan surgir todos y cada uno de los derechos humanos estos constituyen un parámetro que permite verificar y hacer que la autoridad pueda ejercer diferentes actos ya sea un beneficio o algún problema, de esta manera es que suele ser importante que dicho derechos puedan evaluarse de manera jurídica transformada en política pública para poder ayudar al Estado en cierto modo a fortalecer las capacidades y conocimientos de la autoridades del mismo.  

Aunado a esto me sumo a la observación sobre los alcances que se han tenido sobre la promoción, el respeto, la protección y la garantía de los derechos humanos que inciden en aspectos como la indivisibilidad, progresividad, interdependencia y por supuesto la universalidad. Considero que dentro de aspectos internacionales, es necesario incidir y aprobar tratados donde todo y cada uno de los derechos fundamentales, sean sometidos a varias obligaciones con relación a otros Estados.

Los capítulos que incluiré en dicho trabajo son fruto de los estudios que han realizado algunos autores relevantes que se han basados en el diseño de política públicas y los derechos humanos.

DERECHOS FUNDAMENTALES

Los derechos fundamentales tienen un amplio concepto por ejemplo, basándonos en el texto de Miguel Carbonell “Los Derechos Fundamentales de la Constitución de 1917”, hablando  en un ámbito general las palabras “derechos fundamentales” encierran todo aquello que protege los intereses que son vitales para toda persona sin importar, raza, lengua, lugar, religión o cualquier otra característica. Es por eso que los derechos fundamentales son universales debido a que protegen a toda persona sin alguna distinción. Aunado a estos los conceptos de los derechos humanos no son equivalentes, ni se pueden utilizar indistintamente.[1]

Los derechos humanos constituyen un tema demasiado relevante para la vida de las personas como para que se les pueda analizar desde una óptica exclusivamente jurídica. En buena medida, tales derechos representan hoy en día nuestro parámetro para determinar que es la justicia y que sociedades son justas, o más o menos justas cuando menos. [2]

Actualmente más de una personas es la que desea adentrarse en temas referentes a derechos humanos, por lo que es necesario que se hable de este tipo de temas de manera abierta y clara  que logre entenderse para la mayor parte de la sociedad.

En otro termino hablare de las garantías donde básicamente este concepto “garantiza” lo que es, y hace eficaz en este caso los derechos que suelen imponerse ante un determinado sentido, es así como logran reparar algún caso que allá sido violado. O bien como lo menciona Luigui Ferrajoli; las garantías son obligaciones que derivan de los derechos, es decir;

Las garantías no son otra cosa que las técnicas previstas por el ordenamiento para reducir la distancia estructural entre normatividad y efectividad, y, por tanto, para posibilitar la máxima eficacia de los derechos fundamentales en coherencia con su estipulación constitucional. Por eso, reflejan la diversa estructura de los derechos fundamentales para cuya tutela o satisfacción han sido previstas: las garantías liberales, al estar dirigidas a asegurar la tutela de los derechos de libertad, consisten esencialmente en técnicas de invalidación o de anulación de los actos prohibidos que las violan; Las garantías sociales, orientadas como están a asegurar la tutela de los derechos sociales, consisten, en cambio, en técnicas de coerción y/o de sanción contra la omisión de las medidas obligatorias que las satisfacen.[3]

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