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DEMANDA DE NULIDAD

mlui10 de Diciembre de 2013

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C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO

EN EL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E

VITA GALVAN RANGEL, promoviendo con el carácter de ALBACEA en la sucesión intestamentaria del de cujus J. JESUS GALVAN JUAREZ, señalando con domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Ignacio Manuel Altamirano numero 9-A Colonia Miguel Hidalgo, C.P. 13200, Delegación Tlahuac, México Distrito Federal y autorizando a los Licenciados en Derecho MARIA LUISA RODRIGUEZ RUIZ, JOEL RESENDIZ NOGUERON, ARMANDO GALICIA VEGA, MARIA ISABEL GUZMAN LOPEZ Y ABIMAEL RESENDIZ NOGUERON, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito, vengo a promover JUICIO DE NULIDAD ABSOLUTA de la ESCRITURA PUBLICA NUMERO CIENTO TREINTA TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, VOLUMEN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, BAJO EL FOLIO REAL, NUMERO 1178120, Lo anterior en virtud de que dicha escritura publica proviene de un acto ilícito como lo es el contrato de compraventa apócrifo de fecha dos de junio del año mil novecientos setenta y nueve, quien presento la C. Lucia Galván Rangel en copia certificada en el juicio sucesorio intestamentario recaído en el juzgado trigésimo sexto familiar en el Distrito Federal, bajo el numero de expediente 1828/2011, en contra de:

I. La C. LUCIA GALVAN RANGEL (quien aparece como propietaria en la escritura materia del presente juicio) quien tiene su domicilio para ser emplazada a juicio en Cerrada de Granaditas, numero 10-B, Barrio La Soledad, San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac, Distrito Federal.

II. El C. DIRECTOR GENERAL DE REGULARIZACION TERRITORIAL, quien tiene su domicilio para ser emplazado a juicio ubicado en Izazaga, numero 89, noveno piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.

III. El C. Licenciado ALEJANDRO GONZALEZ POLO, Notario Público número 18 del Distrito Federal, quien tiene su domicilio para ser emplazado a juicio en Andalucía numero 38, Colonia Álamos, C.P. 03400, México, Distrito Federal,

IV. El C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, quien tiene su domicilio para ser emplazado a juicio en Villalongin, numero 15, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500.

V. El C. SUBDIRECTOR DE ARCHIVO GENERAL DE NOTARIAS quien tiene su domicilio para ser emplazado a juicio en Candelaria de los Patos s/n, Colonia 10 de Mayo, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15290.

VI. El C. JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL quien tiene su domicilio para ser emplazado a juicio en Plaza de la Constitución, No. 2, segundo piso, oficina 213, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc.

Pues a todos ellos les demando las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

A) La NULIDAD ABSOLUTA de la ESCRITURA PUBLICA numero CIENTO TREINTA TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, VOLUMEN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, BAJO EL FOLIO REAL, NUMERO 1178120, de fecha tres de abril del dos mil dos, tramitada ante el Licenciado ALEJANDRO GONZALEZ POLO, NOTARIO PUBLICO NUMERO 18, en el Distrito Federal otorgada a la C. LUCIA GALVAN RANGEL, respecto de la superficie de quinientos diez metros ochenta y ocho centímetros cuadrados de terreno y construcción que ocupan la demandada la C. Lucia Galván Rangel, fundándolo en los siguientes hechos y consideraciones de derecho, que se harán valer más adelante. Lo anterior en virtud de que dicha escritura publica deviene de un acto ilícito como lo es el apócrifo contrato privado de compraventa de fecha dos de junio de mil novecientos setenta y nueve, con el cual acreditó la supuesta propiedad y posesión del inmueble ubicado en Cerrada de Granaditas, numero 10-B, Barrio La Soledad, San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac, Distrito Federal, (domicilio que aparece en la escritura publica como Lote de terreno sesenta y tres A, de la manzana 095, predio San Juan Ixtayopan, Barrio La Concepción, Delegación Tlahuac, Distrito Federal) ante la Dirección General de Regularización Territorial del Distrito Federal con el fin de que se iniciara el tramite de regularización y escrituración del predio en cuestión ante dicha Institución.

B) El pago de daños y perjuicios que se originen en la tramitación del presente juicio, toda vez que afectó disposiciones de orden público por la comisión de los actos ilícitos mediante los cuales se condujo la demandada la C. Lucia Galván Rangel al promover la escrituración de dicho inmueble de la cual se demanda la nulidad de escritura.

C) Del C. DIRECTOR GENERAL DE REGULARIZACIÓN TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, la cancelación de la cedula de identificación numero 49214 de fecha 08 de diciembre de 2000 a favor de la C. Lucia Galván Rangel, lo anterior en virtud de que dicha autoridad tenia la obligación de verificar que los documentos que le presentan sean auténticos e idóneos para acreditar la posesión y la propiedad del inmueble en cuestión y una vez debidamente acreditadas dichas cuestiones comenzar a realizar el tramite de regularización, expropiación y escrituración.

D) Del C. NOTARIO PÚBLICO NUMERO 18 DEL DISTRITO FEDERAL EL LIC. ALEJANDRO GONZALEZ POLO, la cancelación de la escritura publica número CIENTO TREINTA TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, VOLUMEN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO de fecha 07 de febrero de 2002 otorgada a la C. Lucia Galván Rangel, por derivar de un acto ilícito.

E) Del C. DIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, la cancelación del folio real numero 1178120, de fecha tres de abril del dos mil dos, por derivar de un acto ilícito.

F) Del C. JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL del decreto expropiatorio de fecha cinco de enero de mil novecientos noventa y seis y doce de enero de mil novecientos noventa y seis, apareciendo como vendedor en la escritura publica materia del presente juicio.

G) La restitución o entrega material de la posesión del inmueble ubicado en Cerrada de Granaditas, número 10-B, Barrio La Soledad, San Juan Ixtayopan, Delegación Tláhuac, Distrito Federal, (domicilio que aparece en la escritura publica como Lote de terreno sesenta y tres A, de la manzana 095, predio San Juan Ixtayopan, Barrio La Concepción, Delegación Tlahuac, Distrito Federal) que deberán hacer los demandados con todos sus frutos y accesorios.

H) El pago de gastos y costas que se originen en la tramitación del presente juicio.

Fundo la presente demanda en las siguientes consideraciones hecho y precepto legales de derecho:

H E C H OS

PRIMERO.- En fecha 14 de Julio de 1992, falleció el padre de la suscrita de nombre J. JESUS GALVAN JUAREZ, dejando intestado el predio ubicado en cerrada de Granaditas, numero 10-B, Barrio La Soledad, Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tlahuac, Distrito Federal, (domicilio que aparece en la escritura publica como Lote de terreno sesenta y tres A, de la manzana 095, predio San Juan Ixtayopan, Barrio La Concepción, Delegación Tlahuac, Distrito Federal) el cual adquirió a través de Contrato Privado de Compraventa que celebro con el señor Nicolás Mayorga, el cual no se encontraba inscrito en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, documento el cual tenia la suscrita desde la fecha que mi padre falleció, sin embargo actualmente y Bajo Protesta de Decir Verdad no cuento con dicho documento por haber sido sustraído de mi domicilio sin saber quien lo sustrajo. Es de importancia señalar que las suscrita y mis hermanos sabemos que mi padre el C. J. Jesús Galván Juárez nunca enajeno, cedió, donó o arrendo el inmueble en cuestión dejándolo intestado. Situaciones que les constan a los CC. JOSE, BENITO, JUAN, SALOMON, NOE Y LIDUVINA todos de apellidos GALVAN RANGEL y a las CC. MARIA MALDONADO ZARAGOZA Y LORENA GALVAN MALDONADO, personas las cuales me comprometo a presentar en el día y hora señalada por su señoría a efecto de que rindan su testimonio.

SEGUNDO.- A partir de la muerte de mi padre el inmueble se quedo a resguardo de la suscrita, siendo el caso que mi hermana Lucia Galván Rangel tenia una situación económica precaria y en consecuencia estaba imposibilitada en arrendar una vivienda; la suscrita y mis hermanos de nombres JOSE, BENITO, JUAN, SALOMON, NOE Y LIDUVINA todos de apellidos GALVAN RANGEL, decidimos permitirle que viviera de manera provisional y en cuanto arreglara su situación económica, en el domicilio ubicado en cerrada de Granaditas, numero 10-B, Barrio La Soledad, Pueblo de San Juan Ixtayopan, Delegación Tlahuac, Distrito Federal, (domicilio que aparece en la escritura publica como Lote de terreno sesenta y tres A, de la manzana 095, predio San Juan Ixtayopan, Barrio La Concepción, Delegación Tlahuac, Distrito Federal), el cual era la casa de mi padre y que dejo intestado, asimismo, se le permitió vivir con su familia mientras se arreglaba la situación jurídica del predio antes mencionado. Situaciones que les constan a los CC. JOSE, BENITO, JUAN, SALOMON, NOE Y LIDUVINA todos de apellidos GALVAN RANGEL y a las CC. MARIA MALDONADO ZARAGOZA Y LORENA GALVAN MALDONADO, personas las cuales me comprometo a presentar en el día y hora señalada por su señoría a efecto de que rindan su testimonio.

Por lo que es importante señalar a su Señoría la C. Lucia Galván Rangel no tenia una posesión legitima, ni mucho menos era propietaria del inmueble en mención,

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