DERECHO ADMINISTRATIVO
kenay272 de Septiembre de 2013
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DERECHO ADMINISTRATIVO
Noción jurídica
Es la disciplina jurídica que estudia y regula las actividades de la administración pública con el fin de resolver las necesidades esenciales de la población.
Regula, por consiguiente, las relaciones jurídicas entre la administración del Estado y los particulares como ocurre.
Actos administrativos
Las funciones de las autoridades administrativas, que generan situaciones jurídicas individuales, a través de las cuales se busca satisfacer las necesidades de la sociedad. Se consideran también como las expresiones unilaterales de voluntad de los órganos públicos o privados de administración.
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Es el cuerpo de órganos que integran el Estado, se define también como la actividad que realizan los órganos públicos. Dentro del derecho mexicano puede ser federal, local o mundial.
Servicio público
Es la institución jurídico-administrativa cuyo titular es el Estado y que tiene por objeto satisfacer las principales exigencias públicas, de manera regular, uniforme y continua.
Sus características fundamentales son:
• Significarse como un cuerpo de prestaciones individualizadas que proporciona el Estado o en su caso los particulares, a través de concesiones.
• El ser creadas a través de leyes.
• Su continuidad, permanencia, uniformidad, abstracción y regularidad.
Principales servicios públicos
Son los de salud, mercados, rastro, drenaje, alcantarillado, alumbrado público, seguridad, vialidad, panteones, transporte público y Registro Civil, entre otros.
CENTRALIZACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVAS
Centralización administrativa
Es el régimen jurídico por el cual se estructuran y vinculan jerárquicamente los órganos de la administración pública. Este tipo de organización supone unidad en el poder de mando, lo que tan sólo es posible a través de una relación de autoridad o jerárquica entre los órganos administrativos, según el rango que tenga.
Administración pública estatal
Esta integrada por los organismos descentralizados de las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las nacionales de seguro y fianzas, así como por los fideicomisos. La administración pública es la parte de los órganos del Estado que dependen directamente del Poder Ejecutivo y que cuentan con la obligación de desempeñar la actividad estatal que corresponde a los otros poderes.
Descentralización administrativa
Es la forma de organización jurídica a través de la cual se transfiere la realización de ciertas actividades de la administración pública a determinados entes públicos dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios. A diferencia de la centralización, entre sus empleados no se exige la vinculación jerárquica.
La descentralización por región
Mediante esta forma de organización jurídica, la Administración Central pretende atender el tratamiento y resolución de determinadas exigencias y problemas de cierta región a través de la creación de entes públicos especializados para estos efectos, como ocurre con el municipio.
La descentralización por servicio
En tal tipo de descentralización, la Administración central confiere la realización de algunos servicios públicos a diversos organismos especializados creados para tal efecto.
En la descentralización por colaboración, la Administración central concesiona a determinados órganos particulares ajenos atribuciones de decisión, ejecución y consulta relativos a sus funciones administrativas.
La concesión
Mediante la concesión el Estado
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