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Derecho Administrativo


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2013  •  1.312 Palabras (6 Páginas)  •  198 Visitas

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DERECHO ADMINISTRATIVO: Conjunto de reglas jurídicas que rigen la actividad de las entidades públicas y aquellas personas privadas que participan en esa actividad o que son afectados por ella.

Libardo Rodríguez, retomando al profesor Jean Rivero (Derecho Administrativo General y Colombiano Temis, Bogotá 2001). Dice que “Desde un punto de vista muy general y corriente, la palabra Administración tiene dos sentidos.

1. “Sentido material o funcional. Se refiere a la actividad consistente en manejar una entidad, negocio o empresa. Así decimos por ejemplo que en determinada entidad existen problemas de administración, para significar que el manejo de esa entidad no es llevado correctamente..” luego hace alusión a las prescripciones del código de comercio relacionadas con la administración y representación de la sociedad y la dirección y administración.

2. “Sentido orgánico. Hace relación a los órganos o personas que manejan la entidad, negocio o empresa. Por ejemplo, se habla de los órganos de administración, para referirse a una junta directiva, a un gerente, etc.

HISTORIA

FRANCIA

Época de la Monarquía: Toda justicia emana del Rey, se juzgaba en nombre de él.

Época de la Revolución Francesa: Parlamentos que eran los organismos encargados de administrar justicia en la época anterior, se prohibió a los jueces inmiscuirse en los asuntos de la administración, las funciones judiciales son y continuaran siendo separadas de las funciones administrativas. Mediante Constitución de 1799 fundamentalmente obre de Napoleón, se creó el consejo de estado en algunos aspectos del antiguo consejo del Rey.

Evolución posterior: justicia retenida, el jefe del ejecutivo retenía el poder de tomar propiamente decisiones. Quine adoraba justicia era el consejo de estado—justicia delegada, ya no era el jefe del ejecutivo quien tomaba las decisiones sino que ellas correspondían directamente al C.E. Se creó el Tribunal de conflictos a fin de resolver las dudas que presentaran los tribunales comunes y administrativos.

Fallo Cadot: 1889 demostró que el poder jurídico que había adquirido a través del tiempo. Allí se auto confirió la competencia general en materia de litigios de la administración. Fallo Blanco: 1873 del tribunal de conflictos se consagro el principio en que la administración debe regirse por normas especiales diferentes de las aplicables a las relaciones de los particulares.

Fallo Terrier: 1903 del C.E la noción del servicio público caracterizada por el elemento de búsqueda del interés general.

HISTORIA COLOMBIA

Siglo XIX el C.E fue creado por Bolívar como órgano consultivo del gobierno, mediante Decreto 30 de octubre de 1817. CN 86: el C.E reapareció como cuerpo consultivo. Siglo XX: mediante acto legislativo 10 de 1995 el C.E fue suprimido, luego más tarde con acto 3 de 1910 la ley estableciera y organizara la jurisdicción contencioso administrativa. CP 91: existencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en cabeza del Concejo de Estado.

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

PERSONA: Es todo ente capaz de ser sujeto de derechos y obligaciones.

PERSONA NATURAL: Son todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.

PERSONA JURÍDICA: Es una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, de ser representada judicialmente y extrajudicialmente.

PERSONA JURÍDICA PRIVADA: Son las corporaciones y fundaciones y as u vez las corporaciones se clasifican en asociaciones o soc o compañías.

PERSONA JURÍDICA PUBLICA: Son las que persiguen fines de interés público o social.

EL ESTADO FEDERAL: Es una asociación de estados sometidos en parte a un poder único y que en parte conservan su independencia, Ej: USA, Suiza, Canadá, Méjico, Brasil, Argentina y Venezuela.

ESTADO UNITARIO: Es el que solo posee un centro de impulsión política y gubernamental, titular es el Estado. Ej. Colombia, España, Italia, Ecuador, Francia, Portugal.

CENTRALIZACION: Es el fenómeno jurídico político que consiste en que todas las tareas y funciones se radican en la persona jurídica Estado, sea manejado desde la capital.

DESCONCENTRACION: Es la radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa. Ej. El Estado actuando a través de los Ministerios.

DESCONCENTRACION TERRITORIAL: Implica

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