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DERECHO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  19 de Abril de 2014  •  5.984 Palabras (24 Páginas)  •  286 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

ALDEA “ANTONIO JOSE DE SUCRE”-UBV

SAN CRISTÓBAL – EDO. TÁCHIRA.

AUTOR (ES):

IRISBEL MORENO V-13.613.440

JAVIER ACEVEDO V-09.225.521

VIVIAN PRADA V-17.208.886

DERIS LUNA V-04.212.217

SAN CRISTÓBAL, ABRIL DE 2013.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

ALDEA “ANTONIO JOSE DE SUCRE”-UBV

SAN CRISTÓBAL – EDO. TÁCHIRA

LA FUNCION PÚBLICA.

AUTOR (ES):

IRISBEL MORENO V-13.613.440

JAVIER ACEVEDO V-09.225.521

VIVIAN PRADA V-17.208.886

DERIS LUNA V-04.212.217

SAN CRISTOBAL, JUNIO DE 2013.-

ÍNDICE.

Pág.

Introducción………………………………………………………

04

Concepto de Derecho Administrativo………………………….

05

Características del Derecho Administrativo…………………..

05

Principios del Derecho Administrativo…………………………

06

Bases Fundamentales del Derecho Administrativo………….

09

Consideraciones acerca del Derecho Administrativo Venezolano……………………………………………………….

11

Actos de la Administración Pública…………………………….

12

Actos Administrativos……………………………………………

18

Silencio Administrativo…………………………………………..

23

Conclusión……………………………………………………….

24

Referencias Bibliográficas……………………………………..

25

INTRODUCCIÓN.

Derecho administrativo es aquella rama del Derecho público que se encarga de estudiar la organización y funciones de las instituciones del Estado, en especial, aquellas relativas al poder ejecutivo.

Tradicionalmente, se ha entendido que Administración es una subfunción del Gobierno encargada del buen funcionamiento de los servicios públicos encargados de mantener el orden público y la seguridad jurídica y de entregar a la población diversas labores de diversa índole (económicas, educativas, de bienestar, etc.).

En cuanto a normas de organización, el Derecho administrativo establece los órganos e instituciones a través de los que actúan la Administración Pública, desde los servicios centrales, los órganos desconcentrados, descentralizados y organismos autónomos dependientes de otras instituciones y, en su caso, los Consejos de Ministros, los Ministerios, Secretarías Generales, Direcciones generales, Subsecretarías, órganos representativos de las entidades que componen la Administración local, de empresas públicas, entre otros que no sean los mismos.

En el desarrollo de dicho trabajo observaremos las características, principios, y las bases fundamentales que rigen la Administración Pública. Además de Actos administrativo realizados por el órganos del estado.

Esperamos que sea de su agrado en que sirva de ayuda para la formación de sus conocimientos en cuanto al tema.

DERECHO ADMINISTRATIVO.

CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO.

El derecho administrativo es la rama del derecho que se encarga de la regulación de la administración pública. Se trata, por lo tanto, del ordenamiento jurídico respecto a su organización, sus servicios y sus relaciones con los ciudadanos.

El derecho administrativo puede enmarcarse dentro del derecho público interno y se caracteriza por ser común (es aplicable a todas las actividades municipales, tributarias, etc.), autónomo (tiene sus propios principios generales), local (está vinculado a la organización política de una región) y exorbitante (excede el ámbito del derecho privado y no considera un plano de igualdad entre las partes, ya que el Estado tiene más poder que la sociedad civil).

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.

El derecho administrativo se caracteriza por ser:

1. CONTRALOR: A partir de la reforma de 1994 se han creado órganos que sólo tienen funciones de control, tales como la Auditoría General de la Nación, el Defensor del Pueblo, etc. Otros organismos ejercen funciones de control, por delegación del poder estatal; estos organismos tienen poder de policía, que es una función administrativa.

2. COMÚN: Es un derecho que, al igual que el derecho civil, es común a todas las actividades (municipales, tributarias, etc.) y sus principios son aplicables a todas esas materias.

3. AUTÓNOMO: Es una rama autónoma del Derecho, tiene sus propios principios generales, se autoabastece; es decir es un sistema jurídico autónomo paralelo al derecho privado.

4. LOCAL:

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