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DERECHO DE AUTOR Y LOS CENTROS DE INFORMACIÓN EN CHILE


Enviado por   •  2 de Julio de 2022  •  Ensayos  •  1.403 Palabras (6 Páginas)  •  70 Visitas

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Propiedad Intelectual.  Pág.

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ASIGNATURA: PROPIEDAD INTELECTUAL

“DERECHO DE AUTOR Y LOS CENTROS DE INFORMACIÓN EN CHILE”

Alumno: Joel Patricio ULLOA Jara

Universidad UNIACC

Docente: Sr. Sebastián ALVARADO Muñoz

Talcahuano, 21 de octubre de 2021

  1. Introducción.

Al hablar de Propiedad Intelectual hay que entender primero que es “cosa”. En sentido general “cosa” es todo ser corpóreo, apropiable o inapropiable por el hombre, perceptible o no por los sentidos, que ocupa o no un espacio físico en la naturaleza. En un sentido jurídico y de acuerdo al código civil, cosa se entiende por todo lo que tiene entidad, ya sea corporal, espiritual, natural o artificial, real o abstracta, susceptible de ser apropiado, que hace del patrimonio de personas naturales o jurídicas o que permanecen sin dueño. Las cosas son el objeto de los derechos reales, entre ellos, el derecho de propiedad.

La “cosa” se clasifica en cosa material o corporal y en cosa incorporal o inmaterial, siendo que las cosas corporales son aquellas que ocupan un espacio físico en la naturaleza, como un árbol, un libro, etc., y pueden ser percibidas fácilmente por los sentidos y no generan dudas sobre su existencia al ser humano. Las cosas incorporales o inmateriales consisten en meros derechos como los créditos y las servidumbres activas, las cosas incorporales no tienen cuerpo físico, no son perceptibles por los sentidos, pueden ser meros derechos, pensamientos o simplemente ideas, las cosas inmateriales o incorporales son las que nos permiten establecer que es Propiedad Intelectual.

Estas cosas inmateriales o incorporales como lo son el pensamiento, la imaginación, la fantasía, la genialidad o las ideas, son producto del intelecto del ser humano, susceptibles de ser apropiadas por él. Esa capacidad productiva o intelectual del hombre que lo lleva a desarrollar ideas o pensamientos dirigidos a concebir creaciones, obras, o invenciones que pueden ser apropiables, es lo que se denomina bienes producto del intelecto humano, para los cuales existe una reglamentación orientada a su protección, de la que surge la denominada Propiedad Intelectual.

  1. ¿Qué es la Propiedad Intelectual?  

 

La Propiedad Intelectual, de acuerdo a la tratadista María Yolanda Álvarez, “es una propiedad especial, dado que no recae sobre bienes corporales o materiales, sino sobre bienes inmateriales; se ejerce sobre la forma expresiva que se da a una idea, susceptible de ser divulgada o reproducida por cualquier medio, o de ser aprovechada en el comercio o en la industria”. En pocas palabras, la propiedad intelectual se relaciona a toda creación producida por la mente humana en los campos científicos, literarios, artísticos o industriales. A partir de esta consideración, debemos entender la existencia de la Ley de Propiedad Intelectual, N°17.336 en nuestro país, como la responsable de proteger las invenciones intelectuales, mediante el establecimiento de los derechos legales entregados por un determinado Estado. Del mismo modo, la creación de esta ley es una forma de valorar y recompensar el esfuerzo innovador, que permite promover y difundir el conocimiento, otorgando la oportunidad para que sus creadores se apropien, gestionen y obtengan beneficios económicos de sus invenciones.  

 

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En sentido amplio, la propiedad intelectual dice relación con toda creación que produce la mente humana; esto es los inventos, modelos de utilidad, marcas, obras literarias y artísticas, etc., y esta se divide en dos grandes ramas, como lo son la Propiedad Industrial y los Derechos de Autor y conexos. La Propiedad Industrial, que incluye las patentes de invención, modelos de utilidad, marcas comerciales, colectivas, de certificación e indicaciones geográficas y comerciales de origen, siendo el organismo “Registro de los derechos de Propiedad Industrial”, el que tiene a su cargo en Chile este control, el que es aludido por la Ley 19.039 y su reglamento en cuestión, es el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI).

En cuanto a los Derechos de Autor, estos abarcan las obras literarias (por ejemplo, las novelas, los poemas y las obras de teatro), las películas, la música, las obras artísticas (por ejemplo, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas) y los diseños arquitectónicos. Los derechos conexos al derecho de autor son los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los de los organismos de radiodifusión respecto de sus programas de radio y televisión.

Al analizar a la Propiedad Intelectual en nuestra vida cotidiana, nos podemos encontrar con variados ejemplos, los cuales nos permiten hacer de nuestra vida más placentera, confortable, divertida y confiable; de esta forma se recompensa la creatividad y el esfuerzo humano, estimulando con ello el progreso de la sociedad.

Como ejemplo de Propiedad Intelectual se pueden nombrar marcas como Apple con su smartphone Iphone, que definió la era de los “smartphones” en telefonía celular, con 250 millones de unidades vendidas e ingresos que superan los us$ 300 millones, siendo presentado en el año 2007 con 200 patentes, y al año 2021 Apple es titular de más de 1.000 patentes para sus diferentes modelos de smartphone y todo el software relacionado.

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