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“DERECHO POLÍTICO Y TEORÍA DEL ESTADO”

julidalzottoEnsayo18 de Junio de 2022

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Nombre de la Universidad: UNIVERSIDAD DEL MUSEO SOCIAL

ARGENTINO –U.M.S.A.-

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS

CARRERA DE ABOGACÍA

Materia: “DERECHO POLÍTICO Y TEORÍA DEL ESTADO”

Período Lectivo: 1° Cuatrimestre 2022

 

Docente Titular: Dr. JORGE HORACIO SCHIJMAN

Docentes Adjuntos: Lic. MARÍA FERNANDA TERZIBACHIAN

Título de la investigación: “Enfoques sobre Filosofía Política”.

Nombre y Apellido del alumno: Julieta Dal Zotto

Fecha de presentación: 03-07-22

Introducción
A través del presente realizare el desarrollo de la famosa obra “ el contrato Social” del autor Juan Jacobo Rousseau con la que además de presentarnos un esbozo de la sociedad en la que vivía, nos presentó una guía para un verdadero cambio en la forma tirana de gobierno que se mantenía hasta entonces.

Claro esta que esta obra fue inspiración para muchos y es uno de los principales ejemplos del movimiento ilustrado que se llevó a cabo en Inglaterra y Francia principalmente durante el siglo XVIII, en el Contrato Social se enmarcan tanto los derechos del pueblo como del estado invitando a las dos partes que se realicen las debidas funciones con equilibrio.

Esta obra se caracteriza por que la profundidad en la que abarca Rousseau los temas son muy adelantados para su época (en mi opinión personal), cabe destacar que cuando se escribió esta obra derechos como la libre expresión no existían para los ciudadanos por lo que al salir a la luz “el contrato Social” creo mucha controversia.

Por la extensión de la obra decidí hacer solo una recopilación de las ideas que a mi criterio son las más relevantes, además para la mejor comprensión de la obra, desarrollare el reporte basándome fielmente en la organización de los libros y capítulos reales de la obra.
 Desarrollo

 Libro I
Al iniciar la obra el autor nos da la explicación del por qué se atreve a escribir y criticar la política, simplemente se justifica al decir que es un ciudadano libre y solo busca analizar las circunstancias para encontrar la mejor forma de gobierno para su patria.
Es más bien una introducción para adentrar al lector al verdadero tema central de la obra.

Capítulos:
I. Objeto de este libro
Nos hace reflexionar sobre la libertar del hombre ya que aunque ha nacido libre, debe vivir de acuerdo a un orden social que aunque no es natural esta fundado en convenciones sociales. No explica más allá de esto porque solo quiere dejar claro que la libertad del hombre le es arrebatada al vivir en sociedad.
II. De las primeras sociedades
La única sociedad natural es la familia, aunque también se puede considerar un modelo político ya que el padre es la imagen del jefe, los hijos la del pueblo y también dentro de esta existen las convenciones ya que los hijos deben obediencia al padre y el padre tiene el deber de saciar las necesidades de los hijos, los dos elementos enajenan su libertad de acuerdo con la utilidad. Crítica a Grotio, Aristóteles y Calígula que justifican el esclavismo al considerar el hecho como fuente del derecho es decir si existen los esclavos simplemente es porque así debe ser y no pueden renegar de su posición. Opiniones que para Rousseau no tienen razón de ser pues si un hombre es esclavo es porque es obligado y no porque él quiera.
III. Del derecho del más fuerte
El más fuerte no lo es jamás bastante para ser siempre el amo o señor, si no trasforma su fuerza en derecho y la obediencia en deber, es decir si el gobierno se basa en la fuerza y caprichos del amo, tarde o temprano el gobierno terminara derrocado (al aparecer una fuerza superior). Concluye así que la fuerza no hace al derecho y solo se debe obediencia a los poderes legítimos.
IV. De la esclavitud
Como ya se analizó antes por naturaleza nadie tiene derecho de apropiarse de la libertad de alguien y si la fuerza no constituye ni derecho ni obediencia entonces se llega a la conclusión de que si un esclavo enajena o cede su libertad no es por conformismo sino por subsistencia.
Vuelven a aparecer críticas a Grotio pues este considera que un pueblo entero debe ser esclavo de su rey, Rousseau obviamente lo contradice al decir que para que esto sucediera el rey debía ofrecer subsistencia al pueblo y no obtenerla de él.
En general concluye que no existe el derecho de esclavitud, el apropiarse la libertad de otro es ilegitimo; en todo caso se debe celebrar un contrato entre las partes para establecer deberes y beneficios.
V. Necesidad de retroceder a una convención primitiva
La gran diferencia entre someter un pueblo y regir una sociedad seria que en la primera opción todo debe darse al rey (Grotio) es decir el interés es particular y en la segunda existe un interés colectivo y de mayorías.
VI. Del pacto social
Llega un momento en el que el hombre debe dejar atrás su estado natural para poder subsistir por lo que deben unir fuerzas y dirigirse así hacia un bien común donde se proteja y defienda este fin sin dejar atrás las características de cada individuo, esto se resume en un pacto social.
En el pacto social cada uno pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, y cada miembro considerado como parte indivisible del todo. De donde se obtiene ahora la persona publica que identificamos con nombres como Ciudad, Republica, Cuerpo Político, Estado, Pueblo, Ciudadanos, Súbditos etc. Aunque cada uno de estos tiene sus características propias.
VII. Del soberano
Obviamente el soberano se refiere al pueblo y se nos explica que al aceptar el pacto social se adquieren compromisos recíprocos tanto entre particulares, con el gobierno y el pueblo, como particular y el pueblo, etc.
Al ser parte del soberano y adquirir los compromisos debemos saber que aunque tengamos ideas contrarias a la voluntad general de alguna manera seremos obligados a realizarlas por el bien del cuerpo, y no significa que allá menos libertad sino que se otorga un poco de la misma al cuerpo y con esto se constituye una gran fuerza del soberano.
VIII. Del estado civil
En el momento que sucede la transición del hombre del estado natural al civil por las cuestiones antes mencionadas cambia el instinto por la justicia, los impulsos por el deber y ahora ya no se preocupara solo por su persona. El hombre cambia por su libertad natural por la libertad civil, en tanto que la obediencia de la ley es libertad.
IX. Del dominio real
Con la transición de libertades también la propiedad individual pasa a ser del soberano, el derecho que tiene cada individuo sobre sus bienes queda subordinado al derecho de la comunidad por el contrato social, por tanto, tratándose de sus miembros el estado es dueño de sus bienes.
Termina el libro diciendo que éste debe ser la base para los sistemas sociales, porque en él se explicaron los fundamentos de la igualdad moral y legitima, derrocando a la igualdad individual.


 Libro II
Capítulos
I. La soberanía es inalienable

La soberanía como consecuencia de los principios de la voluntad general será quien dirija las fuerzas del estado de acuerdo con el fin o bien común. Al considerar que la soberanía es el ejercicio de la voluntad general no debe nunca enajenarse pues ninguna voluntad particular será mayor a esta. Esto de alguna manera nos dice que, aunque un jefe de una orden, el cuerpo soberano podrá oponerse a ella, el silencio general se considera consentimiento popular.
II. La soberanía es indivisible
En pocas palabras la soberanía es indivisible por la misma razón que es inalienable, al entrar en el pacto social la voluntad es general, y aunque no se espera que sea unánime todos los votos deben ser tomados en cuenta.
III. De si la voluntad general puede errar
De todo lo anterior se puede entender entonces que la voluntad general es recta y tiende a la utilidad pública, pero no que las decisiones tengan la misma rectitud.
Como causa de esto se dice que aunque jamás se corrompe al pueblo, si se le llega a engañar es decir cuando se forman intrigas y asociaciones parciales dentro del soberano influyen en la libre elección por lo que puede decirse que la voluntad general desaparece y la opinión particular impera.
IV. De los límites del poder soberano
Es cierto que al ser miembros del pacto adquieren un poder ilimitado de ahí el nombre de soberano, pero debemos tener en cuenta que el participar en este grupo no quiere decir que, puede tomar ventaja de el mismo a tal grado que El poder soberano con todo y ser absoluto, sagrado e inviolable no puede traspasar los límites de las convenciones generales, ni recargar a un miembro más que a otro, pues dejaría de ser general.
V. Del derecho de vida y muerte
El contrato social tiene como fin la conservación de los contratantes, el que está de acuerdo con el fin lo está con los medios que en algunos casos van de la mano con riesgos y perdidas, en este capítulo se habla de hechos concretos la vida y la muerte, ejemplificando que, si quieres tu vida a expensas de los demás, también tendrás que exponerla por ellos.
La pena de muerte a criminales. Primero cuando se convierte en criminal se ha roto el pacto al atacar al derecho social por lo que, aunque puede interpretarse que se está disponiendo de una vida de los miembros no es así, en todo caso se piensa que se está garantizando la de los verdaderos miembros que han sabido respetar el pacto.
En cuanto al derecho de gracia no corresponde al juez eximir al inculpado sino al soberano que será quien decide si entra o no al pacto.
VI. De la ley
El formar un cuerpo político por medio del pacto no quiere decir que se hayan elaborado las determinaciones para asegurar su conservación. En primer lugar, deben dejarse de ligar la palabra ley con acepciones metafísicas e identificarlo con voluntad general jamás podrá ser ley lo que un hombre diga, las leyes son propiamente entonces las condiciones de la asociación civil. Para que un pueblo pueda ser sumiso a las leyes debe ser su autor.
Para elaborar las leyes resulta complicado que todos identifiquen el problema de ahí la necesidad de un legislador.
VII. Del legislador
Descubrir las mejores reglas sociales sería preciso que existiera una inteligencia superior como la de los dioses, pero ya no existe se requiere del legislador. El legislador ser la mecánica que inventa la maquina y el príncipe el obrero que la pone en movimiento.
El legislador debe ser un hombre extraordinario en el estado bajo todos los conceptos que puedan aparecer, el elaborar las leyes no quiere decir que lo hará solo, porque ninguna ley se obedecerá si el pueblo no es sometido antes al voto libre. Solo la voluntad general puede obligar a los particulares.
VIII. Del pueblo
El legislador examinará al pueblo para redactar las leyes a las cuales estará sometido, no puede ser al revés por todas las razones antes mencionadas. Para dejarlo más claro el legislador debe observar la sociedad en la que se encuentra y elaborar leyes de acuerdo a esta, de ninguna manera una ley podrá regir a todo el mundo pues son contextos diferentes en las naciones.
También se habla sobre la posibilidad que debe tener la ley para ser reformada pues, así como las personas van madurando, los pueblos o ciudades también.
IX. Continuación
Se mencionar también los límites de fuerza que puede utilizar el estado, la fuerza debe ser proporcional a la extensión del estado, pues si llega a su máximo mientras más se expanda el lazo social, más se debilitara la fuerza.
En lugar de buscar extenderse el estado debe buscar mantenerse sobre una base segura y sólida para resistir agitaciones, cuando consiga esto podrá entonces extenderse sin olvidar que debe ser limitado.
X. Continuación
El cuerpo político puede medirse de acuerdo a su extensión territorial y a su número de habitantes.
La relación entre estos elementos, territorio y habitantes se debe a que el estado está formado por los habitantes y estos se nutren de la tierra. Por qué comentar esto, porque de alguna manera si el estado logra permanecer es por estos elementos, por ejemplo, cuando un enemigo quiere destruir al estado basta con que provoque hambrunas, sequías, etc.
XI. De los diversos sistemas de legislación
Al analizar los sistemas de legislación se obtiene que los principales fines de este son la libertad porque toda dependencia individual es otra tanta fuerza sustraída al cuerpo del estado, y la igualdad por que la libertad no subsiste sin ella.
Entonces la constitución de un estado viene a ser sólida y durable cuando las conveniencias son observadas, que las relaciones naturales y las leyes se hallan siempre de acuerdo , no haciendo estas por decirlo así, sino asegurando y rectificando aquellas .

XII. División de las leyes
Para dar la mejor forma a la cosa pública (Republica) existen diferentes relaciones como:
La relación del todo con el todo o la relación del soberano con el pueblo o un todo con un todo, las leyes que regulan esta relación son llamadas leyes políticas o fundamentales
La relación de los miembros entre sí o la relación de un miembro con el cuerpo entero de donde nacen las leyes civiles.
La relación de hombre con ley en razón de desobediencia y castigo de donde surgirán las leyes penales
La más importante de todas los usos, costumbres y opiniones pues de ellas depende el éxito de las anteriores.

 Libro III
I. Del gobierno en general
En toda acción libre hay dos causas involucradas: la moral que es la voluntad de realizarlo y la física que es la potencia que se necesita. En el cuerpo político el poder legislativo es la voluntad, y el poder ejecutivo la potencia.
El poder legislativo como sabemos pertenece al pueblo, por consiguiente el autor establece que el ejercicio del poder ejecutivo se identifica como gobierno o suprema administración.
Muchas veces el que parecía el mejor gobierno se convierte en el más vicioso por lo que requiere de modificaciones, de ahí las diferentes relaciones que el gobierno puede tener con el soberano, estas diferencias las conocemos como formas de gobierno.
II. Del principio que constituyen las diversas formas de gobierno
Aquí se habla sobre los miembros que deben integrar a la magistratura o donde se toman las decisiones colectivas trascendentes, la relación del número de magistrados debe ser inversamente proporcional al número de habitantes para que no se convierta en viciada y cuidando que no llegue a convertirse en gobierno de unos cuantos.
III. División de los gobiernos
La razón por la que se distinguen distintos tipos de gobierno es por el número de miembros que lo componen, de acuerdo con esto podemos distinguir entre los siguientes gobiernos democracia, aristocracia, monarquía y gobiernos mixtos.
A través del tiempo se ha buscado obtener la mejor forma de gobierno, pero en palabras del autor de alguna manera todas son buenas en ciertos casos es decir en contextos diferentes debe ser gobierno diferente.
IV. De la democracia
El soberano puede confiar el depósito del gobierno a todo el pueblo o a su mayoría de suerte que haya más magistrados que simples particulares, pero nada es tan peligroso como la influencia de los intereses privados en los negocios públicos.
Por lo que Rousseau considera que, si hubiera un pueblo de dioses, se gobernaría democráticamente pero un gobierno tan perfecto no conviene a los hombres
V. De la aristocracia
Este gobierno tiene dos personas morales: el gobierno y el soberano por lo tanto dos voluntades generales, es decir de alguna manera tolera cierta desigualdad en las fortunas, pues la aristocracia (gobierno-ricos) estarán siempre por encima del soberano (pueblo-pobre).
Las primeras sociedades se gobernaron de esta manera al considerar que los sabios debían gobernar y que eran diferentes a las demás clases.
VI. De la monarquía
El poder centrado en las manos de una persona natural, real, con el derecho absoluto de disponer y conformar las leyes sin consultar con los demás. Pues el monarca o rey tiene carácter administrativo y representativo de toda la colectividad, por lo que se asume que sigue o debería seguir un mismo fin.
Varios personajes apoyan esta forma de gobierno Maquiavelo en su obra “el príncipe” expresa las características de este, Platón considera que el gobernante es rey por naturaleza no importando si ejercían bien o mal el poder.
VII. De los gobiernos mixtos
Ningún extremo es bueno es decir ni tanto poder para el soberano ni tanto para el gobernante, se busca proporcionar una división de gobierno para equilibrar fuerzas y fortalecer las dos formas simples (democracia-monarquía) que componen al gobierno mixto.

VIII. No toda forma de gobierno es propia a todo país
Rousseau nos comenta sobre las ideas de Montesquieu y para que estas queden claras las compara con el clima y las condiciones naturales de los países, es decir al igual que no es el mismo clima, ni los excedentes económicos, ni la fertilidad de la tierra etc. No pueden ser de igual naturaleza los gobiernos pues para la implantación de estos se toma en cuenta todos estos elementos por el simple hecho de que afectan a la sociedad.
De esta manera concluye entonces que la monarquía conviene a opulentas o ricas, la aristocracia al punto medio y la democracia a los pobres y pequeños países.
IX. De los signos de un buen gobierno
Aunque es difícil determinar las características de un buen gobierno debido a las situaciones variadas que se viven, el autor nos menciona: la conservación y prosperidad de los miembros, el número y la población es decir donde los individuos se reproduzcan de manera libre es el mejor, donde disminuya el pueblo es el peor.
X. Del abuso del gobierno y su inclinación a degenerar
El gobierno ejerce un continuo esfuerzo sobre la soberanía en el momento que esta no pueda soportarlo, se rompa el equilibrio y por tanto el pacto social, el gobierno se degenera.
Existen dos formas de degeneración cuando se concentra es decir cambia de democracia a aristocracia y de esta a monarquía, y cuando se disuelve el estado: cuando esto sucede el abuso del gobierno toma el nombre de anarquía, en la democracia toma el nombre de oclocracia, en la aristocracia pasa a ser oligarquía, y en la monarquía, tiranía.
XI. De la muerte del cuerpo político
El cuerpo político como el humano comienza a morir desde que nace, es decir si bien se constituye durable no se constituye eterno. El principio de la vida política reside en la autoridad soberana, el poder legislativo es el corazón y el ejecutivo el cerebro, como sabernos, aunque se detenga el cerebro seguirá vivo a menos que el corazón se paralice, por esto se dice que el estado no subsiste por las leyes sino por el poder legislativo, si las leyes se debilitan en el transcurso del tiempo es prueba que no hay poder legislativo que las modifique y corrija y de que el estado ha dejado de existir.
XII. Como se sostiene la autoridad soberana
El soberano solo puede proceder cuando el pueblo esta reunido y esto lo vemos desde todos los tiempos, los romanos, germanos, griegos, etc. A pesar de su gran población se reunían para resolver las problemáticas de sus ciudades.
En varios países para resolver el problema de la población formaron consejos.
XIII. Continuación
Aunque un pueblo haya establecido ya su gobierno y conjunto de leyes, este por razonas ya mencionadas no debe quedarse así pues evoluciona junto con su ella es por eso que deben establecerse asambleas fijas y periódicas entre los magistrados, además de las extraordinarias cuando surjan casos imprevistos, claro cualquiera que sea el caso es preciso se convoque a magistrados de todo el soberano, bajo las formas prescritas pues si no se realizara así la reunión se considerara ilegitima y por lo tanto las decisiones dentro de estas nulas. Se dice que en general, mientras mayor fuerza posee el gobierno, con más frecuencia deber mostrarse el soberano.
XIV. Continuación
Desde que el pueblo constituye legítimamente un cuerpo soberano, cesa toda jurisdicción del gobierno, pues es tan sagrada e inviolable tanto la última persona como el magistrado, por lo que el poder ejecutivo queda en suspenso, pues la entre la autoridad soberana y el gobierno arbitrario se introducirá un poder medio.
XV. De los diputados o representantes
Cuando el servidor público deja de cuidar a los ciudadanos, deja de importarle los negocios del estado por atender los propios, la figura estado se está arruinando pues en un estado bien constituido la superioridad de los negocios públicos están sobre los privados.
Los diputados del pueblo no son representantes sino solo comisarios y no pueden resolver nada definitivamente, en un buen gobierno todos acuden a las asambleas, por el contrario si nadie se interesa en ir es un mal gobierna pues no presidirá la voluntad general.
XVI. La institución del gobierno no es un contrato
Bueno con los puntos anteriores el autor desarrollo el poder legislativo y pues de igual forma explicara el poder ejecutivo. Primero que nada debemos saber que la diferencia de las dos instituciones recae en que el ejecutivo obra por actos particulares no por los generales, aun así nadie tiene derecho de exigir a otro que haga lo que él no hace con esta idea desechamos que exista un contrato entre gobierno y soberano donde una parte se obligue a mandar y la otra a obedecer pues como ya analizamos un verdadero contrato es donde existe un cumplimiento reciproco de compromisos.
Entonces en el estado no hay más que el contrato de la asociación.
XVII. De la institución del gobierno
Es una ley conocida por todos que el soberano sabe que habrá un cuerpo de gobierno establecido no importa la forma, el caso es que el pueblo nombrara jefes que se encargaran de dicho gobierno.
En este punto se mencionan las operaciones contradictorias aparentes del cuerpo soberano pues antes de que este instituya el gobierno, de alguna manera ya existe un gobierno provisional. Ya que en todo caso no se podría establecer un gobierno de manera legitima si no se renuncia a los principios establecidos.
XVIII. Medios de prevenir la usurpación del gobierno
Como ya vimos el acto que instituye el gobierno no es contrato, sino una ley, los depositarios del poder ejecutivo no son dueños sino solo funcionarios del pueblo, quien puede nombrarlos y destituirlos cuando le plazca, que pueden mandar sino en todo caso obedecer y encargarse de las funciones que el pueblo le otorga y que al hacerlo cumplen su deber de ciudadanos, como lo hace el carpintero que igual cumple convenios establecidos y respeta su compromiso.
Para evitar usurpaciones en el gobierno es conveniente realizar las reuniones periódicas que ya habíamos mencionado pues en ellas se perseguirán dos de los principales fines del pacto social. A) Es voluntad del cuerpo soberano conservar la actual forma de gobierno y B) El pueblo desea dejar la administración del gobierno actual.
Al término del libro queda especificado entonces además de todas las características anteriores que no existe en el estado ninguna ley que no pueda revocarse y que si el pueblo se reuniera y decidiera romper el pacto social sería un acto legitimo.

 Libro IV
I. La voluntad general es indestructible
Como ya vimos varios hombres ruinados se consideran un solo cuerpo y no tienen más que una sola voluntad relativa a la común conservación y el bien general.
Cuando los vínculos sociales se debilitan y el estado a decaer, los intereses particulares y las pequeñas sociedades comienzan a influir sobre el interés general esto quiere decir que, aunque la voluntad general permanezca constante, inalterable y pura queda subordinada a las demás voluntades.

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