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DICTAMEN FISCAL

dulceadiaz4 de Junio de 2014

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Introducción

En este trabajo de investigación se busca establecer que es un Dictamen Fiscal, y su uso anterior y posterior a la Reforma Fiscal de este año; tratando de que esta investigación se vea desde el punto de vista jurídico, y no desde el contable como comúnmente suele verse.

Para poder lograr este fin debemos tener muy presente que el Derecho Tributario es una rama del Derecho Público dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común.

El Dictamen Fiscal es una herramienta al alcance de las empresas, que les da la certeza de que su información financiera está presentada de manera adecuada y de conformidad con las normas de información financiera establecidas por la contaduría pública organizada. Esta es la razón por la cual es importante un Dictamen Fiscal, ya que es un documento fidedigno y contable que da cuenta de la situación fiscal del contribuyente, además de que este documento es válido para todos los efectos legales.

Mucho se ha hablado sobre la eliminación de la obligatoriedad de presentar un Dictamen Fiscal e incluso el gremio de los contadores se opuso a esta situación, pero es por demás decir que esta es una decisión tomada, y como estudiantes de derecho no tenemos otra opción más que analizar y conocer en qué consiste esta reforma, por medio de lo que nos marca la ley.

Índice

• Conceptos de Dictamen Fiscal……………………………………….Pág. 3

• Objetivos del Dictamen Fiscal…………………………………………Pág. 4

• Estructura del Dictamen Fiscal………………………………………...Pág. 5

• Personal autorizado para realizar Dictámenes Fiscales………….Pág. 6

• El Dictamen Fiscal antes de la reforma federal……………………Pág. 7

• El Dictamen Fiscal después de la reforma federal………………..Pág.11

• Conclusiones……………………………………………………………...Pág.14

• Bibliografía………………………………………………………………...Pág.15

Conceptos del Dictamen Fiscal

“La actividad técnico-administrativa recibe el nombre de dictamen de estados financieros mediante el cual un profesionista independiente, experto en la ciencia contable realiza una constatación entre las actividades efectuadas en una empresa y el grado de cumplimiento de sus obligaciones fiscales contenidas en diversos preceptos fiscales.

Por principio debe señalarse que este dictamen solo existe para personas que se dediquen a actividades empresariales y, en consecuencia, suele no tener aplicación para otro tipo de sujetos pasivos, aunque sus procedimientos y efectos pudieran aplicarse en cualquier tipo de personas con obligaciones fiscales.”

“El dictamen fiscal es el documento que suscribe el contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate. La importancia del dictamen en la práctica profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público conoce de su trabajo”.

Objetivos del Dictamen Fiscal

• Establecer si los estados financieros están razonablemente presentados de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

• Apoyar al fisco mediante el trabajo en equipo con el particular (contador) para establecer el correcto funcionamiento de una empresa.

• Expresar una opinión profesional independiente respecto a si dichos estados presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de una empresa, de acuerdo con los principios de contabilidad.

Estructura del Dictamen Fiscal

1.- Afirmación que indique que los estados identificados fueron auditados.

2.-Declaración de que los estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía y que la responsabilidad del auditor es emitir una opinión acerca de los estados financieros, con base en su auditoria.

3.-Afirmación de que la auditoria fue realizada de conformidad con las normas de auditoria generalmente aceptados.

4.-Declaración de que las normas de auditoría generalmente aceptadas requieren que el auditor planee y realice su trabajo con el fin de obtener suficiente seguridad de que los estados financieros están libres de declaraciones equivocadas.

5.- Declaración de que la auditoria incluye:

A) El examen, sobre base selectiva, de evidencia que apoye cifras y notas que aparecen en los estados financieros.

B) Evaluación de los principios de contabilidad empleados y de las estimaciones significativas hechas por la administración.

C) Evaluación de la presentación general de los estados financieros.

D) Declaración de que el auditor piensa que su auditoria proporciona una base razonable para emitir su opinión.

E) Opinión respecto a si los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos, la posición financiera de la compañía a la fecha del balance general y los resultados que termina, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.

F) Firma manual o impresa del despacho del auditor y la fecha del dictamen.

Personal Autorizado para realizar Dictámenes Fiscales.

Los dictámenes fiscales se realizaran mediante un profesional independiente, experto en la ciencia contable, quien deberá realizar una constatación de las actividades realizadas en una empresa y su cumplimiento de las obligaciones fiscales.

En estos casos el fisco expide una patente a ese profesional para que en su auxilio y apoyo, dictamine estados financieros para efectos fiscales, los cuales serán presentados, dentro de un plazo determinado, a la autoridad, la que se reserva el derecho de verificar su contenido, puesto que el resultado que se asienta en esos dictámenes de ninguna manera constituye una verdad legal.

Requisitos para obtener la autorización:

Se refiere a la autorización para formular los dictámenes de estados financieros por parte de los contadores públicos y a los requisitos que estos deberán reunir.

-Registro de contador. Este registro lo podrá obtener únicamente: las personas de nacionalidad mexicana que tengan titulo de Contador Público y que sean miembros de un colegio profesional reconocido por la Secretaria de Educación Pública.

-Sanciones para el Contador Público. Cuando el contador público no de cumplimiento a las disposiciones referidas en el Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal, previa audiencia, exhortará o amonestra al contador público registrado, o suspenderá hasta dos años los efectos de su registro.

El Dictamen Fiscal antes de la reforma federal

Anteriormente respecto del Dictamen Fiscal, el Código Fiscal Federal a la letra decía:

Artículo 32-A.- Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que se encuentran en alguno de los supuestos de las siguientes fracciones, están obligadas a dictaminar, en los términos del Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado.

I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34,803,950.00, que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $69,607,920.00 o que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior. Las cantidades a que se refiere este párrafo se actualizarán anualmente, en los términos del artículo 17-A de este ordenamiento.

Para efectos de determinar si se está en lo dispuesto por esta fracción se considera como una sola persona moral el conjunto de aquéllas que reúna alguna de las características que se señalan a continuación, caso en el cual cada una de estas personas morales deberá cumplir con la obligación establecida por este Artículo:

a) Que sean poseídas por una misma persona física o moral en más del 50% de las acciones o partes sociales con derecho a voto de las mismas.

b) Cuando una misma persona física o moral ejerza control efectivo de ellas, aun cuando no determinen resultado fiscal consolidado. Se entiende que existe control efectivo, cuando se de alguno de los siguientes supuestos:

1. Cuando las actividades mercantiles de la sociedad de que se trate se realizan preponderantemente con la sociedad controladora o las controladas.

2. Cuando la controladora o las controladas tengan junto con otras personas físicas o morales vinculadas con ellas, una participación superior al 50% en las acciones con derecho a voto de la sociedad de que se trate. En el caso de residentes en el extranjero, sólo se considerarán cuando residan en algún país con el que se tenga acuerdo amplio

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