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DICTAMEN FISCAL


Enviado por   •  11 de Mayo de 2012  •  2.596 Palabras (11 Páginas)  •  753 Visitas

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• DICTAMEN FISCAL

1.1.- Definición.

El dictamen es el documento que suscribe el contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate. La importancia del dictamen en la práctica profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público conoce de su trabajo.

1.2.- Objetivo.

El objetivo de una auditoria de estados financieros es expresar una opinión respecto a si los estados financieros están razonablemente presentados de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Para satisfacer este objetivo general, se acostumbra identificar objetivos específicos para cada cuenta individual dentro de los estados financieros.

1.3.- Finalidad.

La finalidad del examen de estados financieros, es expresar una opinión profesional independiente respecto a si dichos estados presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de una empresa, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

1.4.- Requisitos.

• Afirmación que indique que los estados identificados fueron auditados.

• Declaración de que los estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía y que la responsabilidad del auditor es emitir una opinión acerca de los estados financieros, con base en su auditoria.

• Afirmación de que la auditoria fue realizada de conformidad con las normas de auditoria generalmente aceptados.

• Declaración de que las normas de auditoria generalmente aceptadas requieren que el auditor planee y realice su trabajo con el fin de obtener suficiente seguridad de que los estados financieros están libres de declaraciones equivocadas.

• Declaración de que la auditoria incluye:

• El examen, sobre base selectiva, de evidencia que apoye cifras y notas que aparecen en los estados financieros.

• Evaluación de los principios de contabilidad empleados y de las estimaciones significativas hechas por la administración.

• Evaluación de la presentación general de los estados financieros.

• Declaración de que el auditor piensa que su auditoria proporciona una base razonable para emitir su opinión.

• Opinión respecto a si los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos, la posición financiera de la compañía a la fecha del balance general y los resultados que termina, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.

• Firma manual o impresa del despacho del auditor y la fecha del dictamen.

1.5.- Fecha del Dictamen.

La fecha del dictamen debe ser la misma en la que el auditor concluya su trabajo de auditoria, es decir, cuando se retira de las oficinas de la entidad, una vez obtenida la evidencia de la información que esté dictaminando.

Pero existen hechos o transacciones que es necesario revelar en los estados financieros y que ocurren con posterioridad a la fecha de terminación de la auditoria. Dichos hechos o transacciones pueden suceder:

o De la fecha de dictamen a la fecha en que este se entregue a la entidad.

o De la fecha de dictamen a la fecha que, debido a propósitos diversos, se solicite al auditor emitir nuevamente su opinión.

Cuando el auditor conozca de hechos que ocurran después de que haya concluido su trabajo, pero antes de que entregue su dictamen y que tengan un efecto sobre este se puede seguir cualquiera de las dos alternativas que se describen a continuación:

o Utilizar dos o mas fechas, dejando la original de terminación de la auditoria y mencionando enseguida la nueva fecha referida exclusivamente al hecho posterior revelando en una nota a los estados financieros. En este caso el auditor se responsabiliza únicamente por los hechos ocurridos hasta la fecha de terminación de la auditoria, excepto por el hecho posterior.

o Cambiar la fecha del dictamen a la del hecho posterior, en cuyo caso el auditor se responsabiliza por todos los hechos ocurridos hasta la nueva fecha.

1.6.- Sanciones.

Cuando el Contador Publico no de cumplimiento a las disposiciones legales o no formule el dictamen fiscal habiendo suscrito el aviso presentado por el contribuyente o no formule el dictamen fiscal estando obligado a su presentación o no aplique procedimientos de auditoria, la auditoria fiscal, previa audiencia, exhortará o amonestará al contador publico registrado, o suspenderá hasta por dos años los efectos de su registro. Si hubiera reincidencia o el contador hubiere participado en la comisión de un delito de carácter fiscal, se procederá a la cancelación definitiva de dicho registro. En estos casos se dará inmediatamente aviso por escrito al colegio profesional y, en su caso, a la Federación de Colegios Profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión.

1.7.- Opinión de Auditor.

El dictamen deberá establecer claramente la opinión del auditor acerca de si los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

El auditor puede emitir su opinión en un dictamen:

o Sin Salvedades.- cuando como resultado del examen practicado el auditor puede expresar su opinión sin salvedades, el dictamen se deberá presentar como sigue:

He examinado los estados financieros de situación financiera de Compañía x, S.A., al 31 de diciembre de 19_ y 19_, y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera, que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoria.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las normas de auditoria generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoria sea planeada

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