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Demanda Mercantil


Enviado por   •  27 de Abril de 2015  •  1.704 Palabras (7 Páginas)  •  320 Visitas

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ESCRITO INICIAL.

ACTOR: CLARA SANCHEZ GUERRERO.

DEMANDADO: JESUS LOPEZ ANGELES

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

C. JUEZ CIVIL Y FAMILIAR

DE PRIMERA INSTANCIA

EN TURNO DE TULA, HIDALGO.

P R E S E N T E.

LIC. RUBEN ORDOÑEZ BERNAL, en nuestro carácter de endosatario en procuración de la C. CLARA SANCHEZ GUERRERO, quien a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 1061 Fracción II del Código de Comercio en vigor para toda la Republica Mexicana, acredito mi personalidad, con el endoso que aparece al reverso del documento base de la acción, y en términos de lo señalado por el articulo 1069 del Código de comercio. Señalo como domicilio procesal para oír y recibir, todo tipo de notificaciones, documentos, acuerdos e incluso valores el despacho ubicado en la calle ALLENDE NÚMERO 22, PLANTA BAJA, DESPACHO SIETE, COLONIA CENTRO, TULA, HIDALGO y autorizando para tales efectos a los LICS. ERIC HERNANDEZ HERNANDEZ, EDGAR DANIEL JIMENEZ RETANA y REYNA HERNANDEZ CORONA, ante Usted C. Juez atenta y respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo establecido por los artículos 1, 2, 4, 5, 17, 18, 23, 26, 29, 33 y 35 de la vigente Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito 1, 2, 4, en relación con articulo 75 Fracción IV, XIX, XX, 1049, 1054, 1055, 1061, 1063, 1391 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio en vigor, en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa y en la vía Ejecutiva Mercantil, vengo a demandar formalmente a el C. JESUS LOPEZ ANGELES, en su carácter de deudor principal quien tiene su domicilio EN CALLE TEPOZAN SIN NUMERO, COLONIA ALVARADO, EN ESTA CIUDAD DE TULA, HIDALGO y a quien demando el pago y cumplimiento de las siguientes:

PRESTACIONES

A).- El pago de la cantidad de $8,000.00 (OCHO MIL PESOS 00/100 M. N.) consignado en un Título de Crédito denominado (PAGARE) que el demandado adeuda por concepto de suerte principal del pagaré base de la acción del presente juicio.

B).- El pago de los intereses moratorios causados hasta esta fecha y los que se sigan causando hasta aquella en que se de total cumplimiento a la sentencia que se dicte en este juicio; intereses moratorios que deberán ser computados al tipo del 10% mensual pactado.

C).- Con fundamento en lo establecido por el articulo 1083 del Código de Comercio en vigor, el pago de los gastos y costas judiciales que se originen con motivo del juicio mercantil.

Fundo la presente demanda Ejecutiva en las siguientes consideraciones de Hecho y de Derecho inmersas en lo siguientes:

HECHOS

I.- En fecha dieciocho de mayo del año dos mil nueve, el ahora demandado C. JESUS LOPEZ ANGELES, suscribió y acepto para su pago un titulo de crédito ( PAGARE ) hasta por la cantidad de $8,000.00 (OCHO MIL PESOS 00/100 M. N.) a favor de mi endosante en procuración y cuyo plazo a pagar se encuentra vencido, en el cual se pacto un interés moratorio al tipo del 10% mensual y pagadero en esta plaza de Tula, Hidalgo, tal como consta en el documento base de la acción.

II.-El pagare que se menciona en el hecho que antecede se ha vencido y no obstante, a las múltiples gestiones extrajudiciales para su cobro, el demandado se ha negado a pagar, razón por la cual se recurre a esta vía y forma.

III.- Como consta al reverso del pagare base de la acción la C. CLARA SANCHEZ GUERRERO, me lo endoso en procuración el día nueve de Agosto del dos mil diez, a efecto de ver satisfecho su pago, como quedo debidamente probado con el endoso que aparece al reverso del documento base de la acción, en merito de lo anterior insto ante esta H. Autoridad Jurisdiccional ejercitando la Acción Cambiaria Directa y en vía ejecutiva mercantil exigiendo el pago total de las prestaciones contenidas en el capitulo respectivo de este escrito.

PRUEBAS

1.- En base a lo señalado por los artículos 1205, 1211, 1212 y 1214 del Código de Comercio enuncio desde este momento la prueba CONFESIONAL a cargo del deudor el C. JESUS LOPEZ ANGELES, quien deberá absolver en forma personal y no a través de apoderado el pliego de posiciones que para tal efecto exhibo en sobre serrado anexo (ANEXO 2) a este escrito inicial de demanda, probanza ofrecida que relaciono con los hechos marcados con los numero uno, dos y tres.

2.- Con fundamento a lo establecido por los artículos 1205 y 1238 del Código de Comercio ofrezco LA DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en un pagaré título de crédito que exhibo ante su señoría y agregó a este escrito como anexo número (UNO), probanza ofrecida que relaciono con los hechos marcados con los números uno, dos, tres y cuatro del capítulo respectivo, medio que deberá concedérsele pleno valor probatorio.

3.- De acuerdo a lo señalado por los artículos 1277 y 1278 del Código de Comercio en vigor ofrezco LA PRESUNCINAL LEGAL, consistente en los hechos probados indirecta o consecuentemente con los demás medios de prueba anteriormente ofrecidos y por tanto se relacionan con todos y cada uno de los hechos que constituyen el capítulo así denominado, medio valorado plenamente con base a lo establecido por el artículo 1308 del Código de Comercio en vigor.

4.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1205 y 1237 del Código de Comercio ofrecemos como prueba LA PRESUNCIONAL

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