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Derecho Constitucional Módulo 3: Teoría de la Democracia


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2022  •  Apuntes  •  9.401 Palabras (38 Páginas)  •  53 Visitas

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Temario Derecho Constitucional

Módulo 3: Teoría de la Democracia

Concepto de Democracia

La palabra democracia proviene de las palabras griegas “demos” (Personas) y “kratos” que significa poder; por lo que la democracia puede ser definida como “el poder del pueblo”: una forma de gobernar que depende de la voluntad del pueblo.[1]

Autores como Juan José Linz, define la democracia como un sistema político para gobernar basado en la libertad legal para formular y proclamar alternativas políticas en una sociedad con las libertades de la persona que hagan posible una competencia libre y no violenta entre líderes, con una revalidación periódica del derecho para gobernar, con la inclusión de todos los cargos políticos efectivos en el proceso democrático y que permita la participación de todos los miembros de la comunidad política, cualquiera que fuesen sus preferencias políticas, siempre que se expresen pacíficamente. [2]

Democracia Directa

También llamado democracia pura y reconocido como el modelo democrático en todo su esplendor. Ya que, en esta, el pueblo toma las decisiones por sí mismo, se ocupa de las cuestiones de gobierno y de la práctica política.[3] El antecedente directo es la democracia Ateniense en el Siglo V a. C, en la polis donde existían organismos como el ágora que era donde se ejercían los ciudadanos ya mayores de una determinada edad, decidían sobre asuntos políticos. El pueblo legislaba en la Eclessia, bajo la conducción de los quinientos, cuya presidencia se rotaban todos los días. En ese tiempo fue posible una democracia directa gracias a las limitaciones de los que podían ejercer el derecho de participación democrática. Ya que se excluían a las mujeres, los extranjeros, los esclavos y los niños. En un sentido moderno las características de la democracia son:

  1. Asamblea como manifestación de la iniciativa popular (Poder Legislativo)
  2. La delegación revocable
  3. El mandato imperativo (Una especie de poder ejecutivo)
  4. El juicio por jurado con vinculación con el poder judicial[4]

Aunque en la actualidad, el ejemplo más claro de democracia directa es el país de Suiza donde los ciudadanos con 18 años en adelante tienen derecho a ejercer el sufragio universal, en donde es convocado cuatro veces al año para expresarse sobre un promedio de 15 asuntos. Adicionalmente ofrece a los ciudadanos opinar sobre las decisiones del parlamento o proponer enmiendas a la constitución[5]. Obviamente esta democracia no es pura ya que tiene toques de democracia representativa al tener un poder legislativo que elige directamente el pueblo, pero sobre eso volveremos.

En la actualidad es inconcebible este tipo de democracia directa (pura) por los avances en los derechos civiles y políticos. Y por la cantidad de población en la mayoría de los estados del mundo.

Democracia Representativa

En este tipo de democracia, el poder político también procede del pueblo, pero es ejercido por medio de representantes elegidos por medio del sufragio. El filósofo del derecho italiano Norberto Bobbio señalo los momentos históricos en donde el modelo del poder del voto se fue consolidando a partir de los movimientos constitucionalistas del siglo XIX:

  1. La ampliación del derecho al voto hasta llegar al sufragio universal.
  2. El avance del asociacionismo político que formo a los partidos políticos en la modernidad.

El paso de los regímenes monárquicos a los republicanos luego de las revoluciones burguesas representó el arribo de la Democracia Representativa a través del mayor cargo del estado bajo la figura de la presidencia. Por eso, es común que en los regímenes democráticos actuales se consideren una forma de ejercer el poder democrático en sociedades de masas, argumentando que permite una decisión eficaz por un numero suficientemente pequeño de personas en nombre del mayor número.[6] Estos conceptos hacen parte del principio democrático

Tipos de Representación

Estos tipos de poderes y principios políticos se dividen de la siguiente manera

  • Mandato imperativo: Es el vínculo en función del cual los electores otorgan a sus elegidos instrucciones concretas a las que han de sujetarse necesariamente.

Este mandato ha sido relacionado a lo largo de la historia con las ideas de representación civil. El profesor italiano Giovanni Sartori explica que el significado originario de la representación es la actuación del hombre de otro en defensa de sus intereses. Las dos características definitorias de este concepto son:

  1. Una sustitución en la que una persona habla y actúa en nombre de otra.
  2. Bajo la condición de hacerlo con interés del representado

Con estas razones propias del derecho civil se quiso dar explicación a la representación politica. Sartori lo complemento de la siguiente forma: <<…dado que los actos del representante surgen efecto para el principal, la sujeción de aquél a las instrucciones dictadas por éste era un elemento esencial de la relación de la representación…>>. Este tipo de mandato está restringido en las democracias parlamentarias que veremos más adelante.

  • Mandato representativo: Este excluye la existencia de cualquier ligazón imperativa entre el cuerpo electoral y los parlamentarios elegidos quienes consecuentemente, una vez en la cámara, pueden defender las tesis y emitir los votos que tengan a bien, sin que pueda ser revocado su mandato antes de las elecciones. En el derecho comparado constitucional el artículo 67.2 de la Constitución de España prohíbe a los miembros de las cortes generales (Órgano legislativo de España) estar ligados a un mandato imperativo. Los artículos 27.1 y 30.3 del Reglamento del congreso de diputados y del Reglamento del Senado, respectivamente. Permiten a sus miembros cambiar de grupo parlamentario. Esta figura no puede ser entendida en los mismos fundamentos del derecho civil, por lo siguiente:
  1. Porque el representante es elegido por una masa de votantes y no por una vinculación de mandato popular.
  2. Porque el mandato del representante tiene como finalidad la consecución de la voluntad politica y no de una mera labor determinada y delegada.[7]

Modelos liberal y republicano de Democracia

Surgieron alrededor del siglo XIX cuando se elaboraba la Constitución de Filadelfia en 1786 los federalistas pugnaban por una república basada en principios liberales de representación politica y soberanía nacional, mientras que los anti federalistas se presentaban como únicos defensores de los principios republicanos de participación ciudadana. Aunque filosóficamente la primera se remonta autores como Locke y Hobbes, aunque estos dos difieren en su concepción del poder. Locke piensa que hay que limitar el poder estatal por medio de derechos para que el gobierno pueda cumplir su función protectora del individuo, mientras que Hobbes piensa lo contrario, es decir que la necesidad de establecer un poder estatal no limitado para los ciudadanos. Y la tradición republicana tiene sus orígenes en el humanismo cívico del renacimiento de Maquiavelo y a partir de ahí los republicanos ingleses (Harrington, Milton) y franceses (Rousseau, Tocqueville). Las definiciones y características de estos modelos son:

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