ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO CONSTITUCIONAL TEORÍA DEL PODER

derecho15Examen25 de Octubre de 2017

16.555 Palabras (67 Páginas)274 Visitas

Página 1 de 67

         [pic 2]

           UNIVERSIDAD NACIONAL

            DE  SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA

ESCUELA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE DERECHO

CURSO: DERECHO CONSTITUCIONAL I

BALOTA: “TEORÍA DEL PODER    

     N° 03      CONSTITUYENTE”

GRUPO 02

  1. LLACCTARIMAY QUISPE, Silvia
  2. NINAHUANCA SÁNCHEZ, Mariela
  3. POMA MARQUEZ, Roger
  4. QUISPE DOLORIER, Kerim Katherine
  5. QUISPE GOMEZ, Diana Carolina
  6. TUCNO HUAYCHA ,León
  7. VENTURA QUISPE, Josué
  8. VILLANUEVA HUANACO, Karla Audiluz

AYACUCHO – PERÚ

2015

ÍNDICE

ORIGEN DEL PODER CONSTITUYENTE………………….

2

SIGNIFICADO DE PODER CONSTITUYENTE……………..

8

CONCEPTO DEL PODER CONSTITUYENTE……………..

10

IMPORTANCIA DEL PODER CONSTITUYENTE………….

13

LA SOBERANÍA COMO FUNDAMENTO DEL PODER CONSTITUYENTE……………………………………………..

16

TEORIAS CLÁSICAS Y MODERNAS DEL PODER CONSTITUYENTE……………………………………………..

22

CARACTERÍSTICAS DEL PODER CONSTITUYENTE…..

35

CLASES DE PODER CONSTITUYENTE………………….

38

Poder Constituyente primigenio u originario…………….

40

Poder Constituyente continuo o derivado………………...

41

ÓRGANOS DEL PODER CONSTITUYENTE………………

44

TITULARIDAD DEL PODER CONSTITUYENTE………….

53

PODER CONSTITUYENTE Y PODERES CONSTITUIDOS

59

FACULTADES DEL PODER CONSTITUYENTE………….

66

LÍMITES DEL PODER CONSTITUYENTE………………….

67

TENDENCIAS MODERNAS DEL PODER CONSTITUYENTE………………………………………………

75

BIBLIOGRAFÍA………………………………………………….

82

TEORÍA DEL PODER CONSTITUYENTE

  1. ORIGEN DEL PODER CONSTITUYENTE

El Poder Constituyente surge como producto de significativos cambios sociales y políticos, especialmente con el nacimiento de un Estado o como producto de una revolución, que trae por consiguiente la imperiosa necesidad de dotar al conglomerado social de un ordenamiento que demande la realidad y las circunstancias en ese determinado momento. Sin embargo, más allá de las razones y justificaciones sociales, la historia nos brinda las siguientes anotaciones:

Es necesario precisar que el Poder Constituyente se vino a utilizar en actas constitucionales por primera vez en el siglo XVII, ello ocurrió precisamente en nuestro continente americano; en torno a ello, el profesor Verdú sostiene: “En nueva Inglaterra se aplicó esta concepción en las cartas constitucionales de Connecticut y Rhode Island mediante acuerdo unánime de las asambleas de los colonos”[1].

En ellas, se utilizó el plebiscito ya que se consultó a los colonos para comprobar si estaban de acuerdo con que una convención del Estado formada por los representantes de ellos elabore un proyecto de Constitución. Luego que se confirmó su contestación, enviaron un representante a la citada convención que elaboró el proyecto de Constitución, este proyecto fue sometido para su ratificación a las diferentes asambleas de los colonos.

La mayoría de los constitucionalistas que se han ocupado del Poder Constituyente, refieren una uniformidad de criterio en torno a que El Marqués de Condorcet  y Enmanuel Sieyés, éste último con sus obras ¿Qué es el Tercer Estado? y el ensayo sobre los privilegios, fueron los pilares para dar origen al Poder Constituyente.

Para brindar mejores luces acerca del origen del Poder Constituyente nos embarcaremos en la línea de tiempo, así tendremos:

GRECIA: Es aquí donde cada polis era una unidad política cerrada, con poder monolítico indiscutido y sin disputa, no hizo falta crear un concepto para cualificar el poder supremo, ya que a nadie se le ocurría que pudiera haber otro poder que le hiciera competencia; fuera de la polis había bárbaros o enemigos. Al no existir, entonces, otras unidades políticas ajenas con las cuales comparar el poder de la polis, no había ningún poder frente al cual el suyo se afirmara como igual o como superior. Tampoco dentro de la polis había poderes sociales que entraran en polémica o en conflicto con el poder político.[2]

“El elemento básico de las instituciones de las polis era la Asamblea General del pueblo, que se reunía todos los días en la colina del Pnyx, que era una especie de parlamento abierto a todos los ciudadanos, al que correspondían las decisiones esenciales”[3].

ROMA: Ya no hay una Asamblea General propiamente dicha como lo había en Grecia, sino una Democracia Representativa influenciada por el Senado. En tal sentido el Senado estaba conformado por los representantes de la comunidad política, máxima instancia, porque era difícil reunir a todas las personas en una Asamblea General. Estos aprobaban las leyes; declaraban la guerra y firmaban la paz; vigilaban la administración de justicia, nombraban a los gobernantes de provincias; aconsejaban a los cónsules; dirigían la administración interna y la política externa de la república, su número era de 300 miembros.

INGLATERRA: En la Edad Media, “(…) en las pequeñas poblaciones realizaban asambleas populares para tratar los asuntos públicos; en la misma época surgen los consejos feudales encargados de la impartición de justicia de las relaciones feudovasalláticas se debe señalar también que las asambleas no se consideraban como órganos representativos de toda la población. Dada esta aclaración resulta lógico que se convocará a integrar las representaciones a los sectores de mayor poder político. Lo usual era que en estas formas de representación quedaran excluidas las grandes masas de campesinos y trabajadores urbanos, (...)”[4].

Durante el siglo XVI y la primera mitad del siglo XVII las teorías contractualitas fueron sostenidas por:

PUFENDORF[5] escribió: “En efecto, para que una multitud, es decir, muchos hombres, sean una persona, a la que puede atribuirse un acto y a la que correspondan ciertos derechos, a diferencia de los que tienen sus miembros particulares en cuanto tales, derechos que ningún miembro particular puede pretender atribuirse aisladamente, es necesario que hayan unido primero sus voluntades y fuerzas mediante pactos en los cuales es imposible entender cómo puede hacerse la unión de quienes son iguales por naturaleza”.

THOMAS HOBBES[6] (1588 – 1676): Representa a la Teoría Contractualista Absolutista. En su obra “El Leviatán” afirma que llamamos República o Estado (en latín Civitas) que no es sino un hombre artificial, aunque la mayor estatura y robustez que el natural para cuya protección y defensa fue instituida, y en el cual la soberanía es un arma artificial que da vida y movimiento al cuerpo entero, los hombres son gobernados en sus movimientos, por las pasiones, la vida humana es mera competición, en la cual hasta los más necios y débiles pueden desposeer y matar  a los más fuertes y hábiles.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (111 Kb) pdf (755 Kb) docx (469 Kb)
Leer 66 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com