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Derecho Laboral y Penal. Rol del Trabajo Social


Enviado por   •  31 de Octubre de 2022  •  Tareas  •  985 Palabras (4 Páginas)  •  86 Visitas

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Curso: Sistemas Jurídicos para el Trabajo Social (SJTS)

Sección: PEC sección 1

Unidad 2: Derecho Laboral y Penal. Rol del Trabajo Social

Prueba Individual

Docente:        Carolina Ahumada Gutiérrez

Alumna:        Yanina Fuenzalida Provoste

Santiago 11 de octubre de 2022

PREGUNTAS

1.- Describa la institucionalidad (instituciones, funciones, actores) creados a partir de la reforma en la Justicia Laboral.

Los juzgados laborales: son competentes para conocer de las causas laborales, es decir, aquellas que nacen por la controversia entre trabajadores y empleadores.

¿Qué características tienen los tribunales laborales?

  • Cuentan con jueces especializados en la materia.
  • Sus audiencias son orales y públicas.
  • Existe un contacto directo del juez con las partes y las pruebas.
  • Se agrupa la casi totalidad de los actos que supone el juicio en dos audiencias: preparación y juicio.
  • Se abrevian los plazos y actuaciones.
  • Los jueces pueden tomar una serie de iniciativas para evitar demoras innecesarias o paralizaciones del juicio.
  • Gratuidad de toda actuación, trámite o diligencia que deban realizar los funcionarios del tribunal.

Los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional: les compete conocer del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. Esta competencia se ejerce por los juzgados de letras del trabajo en aquellas comunas en que no existen juzgados de cobranza laboral y previsional.

El Código del Trabajo: además del procedimiento ordinario establece otros procedimientos especiales como el monitorio, tutela laboral, ejecutivo y reclamo de multas administrativas.

2.- Profundice en el principio “in dubio pro operario” y el principio de la condición más ventajosa. Se espera que pueda identificar los cuerpos legales que se refieren. Describa ejemplos de su uso En Justicia Laboral.

El Código del Trabajo hace referencia claramente a varias disposiciones relacionadas con el principio protector.

Por ejemplo, el Código del Trabajo en el Libro II De La Protección a los Trabajadores en el Título I Normas Generales Art. 184. Señal “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores”.

La regla in dubio pro operario: Es una directiva dirigida al intérprete para el caso de existir duda razonable en la interpretación de una norma. Consiste en que si una norma resulta ambigua y, por ende, puede ser interpretada de varias formas y con distintos alcances, el juez debe, obligatoriamente, inclinarse por la interpretación más favorable al trabajador.

La regla in dubio pro operario podría encontrar un fundamento positivo en el art. 9º inc. 4º CT, de acuerdo con el cual, la falta de contrato escrito hará presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador.

La regla de la condición más ventajosa: Dispone que, cuando una situación anterior es más beneficiosa para el trabajador, se la debe respetar, vale decir, la modificación, debe ser para ampliar y no para disminuir beneficios.

Ejemplo de principio in dubio pro operario: Se presenta una demanda de despido, pero el empleador alega abandono de trabajo.

Ejemplo de principio de condición más beneficiosa es la consideración de la “pausa para el almuerzo” como tiempo efectivo de trabajo, teniéndose en cuenta para el cálculo de la jornada de trabajo y siendo un periodo retribuido.

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