DERECHO LABORAL (TRABAJO FINAL)
chiretosDocumentos de Investigación22 de Junio de 2016
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MATERIA: DERECHO LABORAL
TEMA: RESUMEN CURSO
PROFESOR: ING. RICARDO DE LA O
ALUMNO: IVAN RAMOS RAMOS
MATRICULA: 108
ESCUELA: UNIVERSIDAD REGIONAL DEL NORTE
FECHA: 30-NOVIEMBRE-2011
La LFT: permite tener un respaldo para los trabajadores, aunque muchos patrones o empleadores violan esta ley. Sin tener ninguna sanción o castigo que los haga respetar dicha ley.
Las relaciones laborales prácticamente están contenidas en el artículo 123 de la LFT.
Desde la edad antigua y por muchos siglos se ha abusado del trabajador, en todas las partes del mundo. La esclavitud desde entonces y hasta la fecha sigue existiendo.
En la época de la revolución industrial el trabajador necesitaba de su empleo para poder sobrevivir y esto lo aprovechaban los patrones para aprovecharse. Con trabajos que realizaban los niños de 5 años en las minas, jornadas laborales de 12 a 19 horas diarias y salarios muy reducidos muestra la problemática que vivían los empleados de aquella época. Sin derecho siquiera a vacaciones, aguinaldos, mucho menos a un posible ahorro para hacer frente a cualquier imprevisto.
Sin días de descanso, sin seguridad ni higiene, prácticamente indefensos y propensos a cualquier tipo de accidente que los dejara sin poder trabajar el resto de sus vidas o peor aún hasta perder la vida, si de por sí ya estaban amolados, con esto les ayudaban un poco más a hundirse en el abismo del sufrimiento.
A causa de todos estos abusos, finalmente en el siglo XIX surge un movimiento obrero para protestar contra esta situación que vivían. El estado tuvo que intervenir creando leyes para los trabajadores que finalmente dio como resultado el nacimiento del Derecho Laboral.
El trabajo: no siempre ha sido el mismo, sino que se ha venido modificando a través de la historia, es una condición de existencia del hombre. La persona puede dedicarse a la profesión que elija, siempre y cuando sea licita. El trabajo es un derecho y un deber social.
Su objetivo principal es el equilibrio entre los factores. Empleado, producción y patrón.
Entre los principios del trabajo por mencionar algunos: la idea del trabajo como un derecho y un deber social, la idea de la dignidad humana, de una existencia decorosa, de responsabilidad por mencionar algunas.
El trabajador: es la persona física que presta a otra física o moral un trabajo personal subordinado para recibir un salario por sus servicios. Tenemos que hay empleados de confianza que debe darse cuando se tenga en juego la existencia de la empresa a la que pertenece.
El patrón: la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores, este debe proporcionar los medios necesarios para desempeñar la función para la cual tiene la gente a su cargo. Herramientas, equipo, servicios y todo lo necesario para su correcto desarrollo de la actividad a la que este encomendado el subordinado.
Relación de trabajo: la prestación de un trabajo, cualquier que le de origen. Debe ser remunerado con un salario, tener las prestaciones que marca la ley, a su vez el trabajador se compromete a respetar las normas y condiciones de la empresa para la cual está siendo contratado. Obedecer y acatar las órdenes del patrón.
Esta relación prácticamente está regulada en México por el artículo 123 de la LFT. Vacaciones, seguridad social, duración de la jornada laboral, lugar donde se prestara el trabajo, etc. Son algunas de las condiciones que se deben de poner en claro al momento de iniciar la relación laboral.
La terminación de una relación laboral: puede ser por mutuo acuerdo, muerte, incapacidad permanente, banca rota, entre otras causas. Sin responsabilidad para el patrón.
En cambio la recisión de la relación laboral: es diferente en causas y con consecuencia para el empleado si así lo decide el patrón. Puede ser por pérdida de confianza, faltar a las normas de seguridad e higiene o cualquier acto que ponga en riesgo la vida de los empleados y de la persona misma.
La jornada de trabajo: se refiere a la duración que pueda fijar el patrón, sin que exceda lo permitido por la ley. Entre las cuales se encuentran las jornadas diurnas, jornadas nocturnas y jornadas mixtas. En las cuales los empleados tienen la libertad de elegir el horario que más se adapte a sus necesidades.
La jornada puede prolongarse en caso de que corra en peligro la vida del trabajador, por ejemplo: sismos o incendios. Durante el año se tiene varios días festivos que por ley deben ser respetados por los patrones dando el día libre a sus trabajadores, con goce de sueldo y sin castigo alguno por faltar aun y cuando sea en días laborales, es decir de lunes a viernes en la mayoría de los casos. Aunque también hay empresas que tiene turnos los días domingos. Al cumplir años trabajando en la empresa el trabajador tiene derecho a días de vacaciones tomando en cuenta como base la tabla de días que toca por año trabajado. No debe ser negado este derecho al momento que el trabador tenga derecho y en el momento que lo solicite. Cabe mencionar que existen regulaciones especiales para algunos tipos de trabajos como: amas de casa, representantes de ventas, trabajos en ferrocarriles, trabajos en transportación automotriz, por mencionar algunos de los varios que existen.
Derechos y obligaciones de los patrones: deben proporcionar herramientas adecuadas para el desempeño del trabajo, la seguridad ante todo, la higiene es importante también, capacitación y adiestramiento, proporcionar locales seguros para la realización de la actividad de los trabajadores.
Las prohibiciones de los trabajadores: deben aceptar trabajadores sin distinción de sexo ni edad, no deben cobrar cuota alguna por permitir trabajar a las personas, no condicionarlos a comprar o promover sus productos, mucho menos a cuestiones religiosas o políticas.
Los derechos y obligaciones de los trabajadores: corresponden a respetar las normas y reglas de la empresa para la cual prestan sus servicios. Observar buenas costumbres durante su estancia en el trabajo, no abusar de la confianza de los patrones, si estos le proporcionan herramienta o material para el trabajo a realizar. Deben regresar dichos materiales o herramientas una vez terminado el trabajo ya que no pertenecen a su propiedad, pero si a la empresa para la cual trabaja.
Ejecutar cualquier acto que ponga en riesgo su integridad o la de sus compañeros, es una de las prohibiciones de los empleados, así como faltar al trabajo sin causas justificadas, hacer de su propiedad material que no le pertenece. Esto no debe realizar el trabajador por ningún motivo, de lo contrario debería ser despedido de inmediato sin derecho a su beneficios. Prácticamente está renunciando inconscientemente a ellos.
Un empleado que ha sido despedido injustificadamente, debe ser indemnizado de acuerdo a lo que marca la ley, para esto se le debe dar lo correspondiente a 3 meses de salario, 20 días de salario integro por cada año de servicio prestado, salarios atrasados si es el caso que no se resuelve de inmediato el finiquito del despido. Además de 12 días de salario rendidos por cada año de servicio. Esto no podrá ser más del doble del salario mínimo si es el caso que gane por encima de este monto.
El contrato individual: debe contener información importante como: ubicación del lugar donde se va a prestar el servicio, como y monto del salario a percibir, no puede omitirse por ningún motivo los datos de la persona contratada como: edad, sexo, nacionalidad, estado civil, si tiene alguna enfermedad que amerite tratamiento o cuidado delicado. La duración de la jornada es importante también. En caso de que los trabajadores tengan entre 14 y 16 años que no hayan terminado su educación básica deben contar con permiso de sus padres o tutor para poder trabajar. Menores de 14 años según la ley no está permitido que trabajen, salvo en los caso de músicos y deportistas.
Las condiciones de trabajo: deben estar por escrito cuando no existan contratos colectivos, así mismo todo convenio o liquidación debe ser por escrito para que tenga validez.
Convenio entre sindicato y trabajadores: no podrá referirse a trabajadores individualmente, esto regirá únicamente para el futuro y si se tratara de reducción del trabajo, se utilizaría el criterio de los que tienen menor antigüedad.
La duración de las relaciones de trabajo: pueden ser por tiempo determinado, tiempo indeterminado o por obra y proyecto, cuando así se estipule en el contrato, en referencia a los trabajos en minas el tiempo puede ser hasta que se termine el mineral que se está extrayendo. El cambio de patrón no afectara las relaciones de trabajo, dado el caso el nuevo patrón debe ser solidario con la relaciones de trabajo hasta por seis meses de tiempo.
Las suspensiones de trabajo temporales: corresponde a una enfermedad contagiosa, incapacidad temporal por accidente de trabajo, o el arresto del trabajador en caso hasta que se dicte sentencia o se considere inocente.
La incapacidad: debe ser desde la fecha en que el patrón tiene conocimiento hasta el término que establezca el IMSS.
El arresto: desde el momento en que el empleado acredite estar detenido hasta que la sentencia lo absuelva.
También la suspensión de trabajo se da cuando los empleados son llamados a cumplir con la guardia nacional de acuerdo al artículo 31.
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