ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Trabajo De Derecho Laboral

veronica1991_2120 de Marzo de 2013

5.123 Palabras (21 Páginas)418 Visitas

Página 1 de 21

UNIDAD I

NOCIONES ELEMENTALES

Objetivo Educacional

El estudiante comprenderá los conceptos, la importancia de las normas laborales y los principios esenciales del derecho del trabajo

1.1 Origen y Evolución del Derecho Laboral

El deber de todo trabajo forma, sin duda, el centro de la vida humana como regla de toda actividad, aunque presente en diversos aspectos tales como:

 Trabajo servil

 Trabajo doméstico

 Trabajo industrial.

El ser humano durante las diversas épocas que ha pasado he tenido que luchar de diversas formas para hacer valer los derechos que como individuo le corresponden, y desde tiempos remotos tuvo que luchar contra el que se denominaba él más fuerte, así pasa a la época donde era esclavo y los tratos eran de lo más cruel y ruin, donde su único y miserable pago era el de especie y no lo era realmente vasto como para poder tener una vida

Adecuadamente alimentada.

El primer documento importante que se tiene él es Código de Humarabi, rey de Babilonia, más de 2000 años A. De C., en el que se reglamentaban algunos aspectos del trabajo, tales como:

• El salario mínimo

• Aprendizaje

• Formas de ejecución de algunas labores

• Jornales de los obreros dedicados a la elaboración de ladrillos,

• marineros, carpinteros, pastores, etc.

El trabajo dependiente aparece originalmente en los menesteres más rudos, pues era lógico que él más fuerte se hiciera servir por los débiles en las faenas que le resultaban más molestas. Así encontramos como en ciertas sociedades el hombre encargó a la mujer las tareas materiales, mientras que el se ejercitaba en la caza y en la guerra. Los prisioneros en el combate se sacrificaban para evitar su sostenimiento y en algunos pueblos, para hacer ofrendas a los dioses. Más tarde se pensó que era preferible esclavizarlos y destinarlos a los trabajos serviles con lo cual sus amos quedaban en libertad para cultivar el músculo o el espíritu, o bien para disfrutar de los placeres sensuales. Quizá por eso ese trabajo fue despreciado por pensadores como Aristóteles, Platón y Cicerón.

En Grecia se admiró principalmente la actividad agrícola y mercantil y se como Teseo y Solón introdujeron el principio del trabajo en la constitución de los atenienses. Sin embargo, mas tarde se efectuó la división entre los hombres libres y los siervos y fue entonces cuando Jenofonte pudo llamar sórdidas e infames a las artes manuales.

Roma se nos presenta como una estructura orgánica extraordinaria y su armazón jurídica influyó poderosamente en casi todo el mundo, admitiendo aun en día la influencia de sus principios. El trabajo fue considerado como una "res" (cosa) y por ello se identifica en cierta forma como una mercancía, tanto aplicable a quién ejecutaba el trabajo como al resultado del mismo. Sin embargo, la sutileza del Derecho Romano permitió distinguir entre la locatio conductio operarum y la locatio conductio operis, para diferenciar el contrato, que tuvo por objeto la actividad del hombre y aquella que contemplaba tan solo el resultado de esa actividad.

El pueblo israelita consagró en la Biblia, libros Pentateuco y Deuteronomio, algunas reglas referentes al trabajo, ya ordenando el pago del salario oportunamente, ya los descansos en las festividades religiosas.

En la edad media, cobró importancia el artesanado y vemos como nacieron los gremios que regulaban el trabajo y aunque estas asociaciones son diferentes a los sindicatos modernos, es indudable que ya vislumbraba una relación laboral que más tarde se desbordó cuando, ya extinguidos los gremios por la Ley

Chapellier en 1791 se inició la Revolución Industrial que abarca en su desarrollo franco todo el siglo pasado.

La Revolución Francesa destruye el régimen corporativo y da nacimiento a una organización jurídica eminentemente individualista y para respetar los principios de libertad, impide las asociaciones particulares y deja al hombre aislado, luchando por sí mismo, pero confiado en que las sabias leyes de la Naturaleza resolverán los problemas sociales como resuelven los problemas físicos. En ese momento, los inventos y los descubrimientos de la mente humana abren puerta a la manufactura de artículos o a la prestación de servicios que los hombres apetecen. Aparece la maquinaria y se desborda, impetuosa, una corriente de febril actividad que transforma radicalmente usos y formas de vida.

La nueva organización requiere de grandes capitales indispensables para construir las maquinas, para instalarlas, para compras las materias primas y necesita las actividades y al conjunto de individuos que, obedeciendo sus ordenes, van a crear con sus fuerzas físicas o intelectuales, los productos o los de servicios de cada negociación. Aparece así la primera relación obrero patronal y los problemas que suscita tienen que ser resueltos por las leyes, entonces vigentes, y por los tribunales encargados de aplicarlas. Para el jurista de esa época, no había si no el concepto del "Alquiler de servicios", heredado desde el Derecho Romano e incorporado al amplio campo del Derecho Civil.

LA PRIMERA GUERRA MUNDIAL Y SUS CONSECUENCIAS.

Entre 1914 y 1918 se inició la transformación de las bases de la sociedad individualista y liberal burguesa del siglo XIX. Se señalan los efectos que produjo la guerra en la economía alemana y sus repercusiones en las instituciones jurídicas: primeramente, el estado se vio obligado a intervenir en los procesos de la producción y de la distribución a fin de obtener los elementos necesarios al sostenimiento de los ejércitos, lo que dio nacimiento a un derecho económico activo, que puso punto final al laisser-faire, laisser-passer de la economía liberal; además, los trabajadores se impusieron al estado y lo obligaron a superar la legislación obrera, lo que a su vez produjo un derecho del trabajo de nuevo cuño; los dos estatutos, que ya no eran ni derecho público ni derecho privado, integraron lo que denominó el catedrático universitario y diputado constituyente, el derecho social del porvenir, una fórmula profética, porque de verdad, su importancia crece constantemente, como un preludio a un régimen social, económico y jurídico más justo. Por otra parte, los trabajadores de los estados en guerra con los imperios centrales, lanzaron desde 1914 la idea de que en el tratado que pusiera a fin a la lucha, se incluyeran las normas fundamentales para la protección futura de los trabajadores, tendencia que culminó con la propuesta del Estado francés, para que se redactara una carta internacional del trabajo.

Por último, se estableció en Rusia el régimen comunista, hizo ver a los pueblos y a los hombres la urgencia de encontrar sistemas que se inspiraran en los principios de la justicia social.

Los años posteriores a la guerra presenciaron dos sucesos trascendentales para la evolución del derecho europeo del trabajo: la creación de la OIT de Versalles de 28 de junio de 1919 y la proclamación de la carta magna, alemana de Weimar el 11 de agosto de 1919. En los dos documentos -México se había anticipado desde 1917- se operó una transformación colosal en el derecho del trabajo.

La constitución de Weimar es la primera de Europa que dedicó un capitulo a los derechos del trabajo, los cuales -nuestra Constitución se habían anticipado dos años- se elevaron por ese hecho a la categoría de los viejos derechos del hombre, de tal forma, que apareció en aquella Carta Magna una nueva decisión política y jurídica fundamental: esta nueva manera de ser de derecho del trabajo.

1.1.1 Concepto derecho del trabajo

Origen etimológico de la palabra derecho de trabajo

La definición de trabajo a tenido muchas connotaciones desde la terminación de un esfuerzo, hasta las palabras tabis, trabs que significa traba; es decir que el trabajo representa una traba para los individuos, porque siempre lleva implícito el desarrollo de un cierto esfuerzo o laborare, labrare del verbo latino laborare que quiere decir labrar, relativo a la labranza de la tierra; trabajo que en la historia siempre va a aludir a “toda actividad humana intelectual o material que puede realizar el hombre”, es así como la palabra trabajo nos va a llevar a la explicación de un esfuerzo personal e individual.

En México, el Derecho del Trabajo está reglamentado con la idea de equilibrar el derecho del trabajo con los del capitas, y ello es normal, si se considera el hecho de que tanto el capital como el trabajo tienen derecho a la subsistencia. No puede negarse que en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo, existen disposiciones protectoras de la clase trabajadora.

El Derecho del Trabajo tiene un fin inmediato que es la tutela de la clase trabajadora y otro fin mediato que el de la socialización de los instrumentos de la producción como medio para acabar de una vez por todas con la explotación del hombre por el hombre.

Por lo tanto, para fines de nuestra materia, definiremos al Derecho del Trabajo como el Conjunto de Normas que regulan las relaciones entre trabajadores y patrones, derivadas de la prestación de un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario, con la finalidad de lograr un equilibrio y justicia social entre ellos .

De esta manera el trabajador satisface sus necesidades mediante el salario de su trabajo y el patrón obtiene una utilidad razonable. De acuerdo a la LFT se entiende como trabajo a toda aquella prestación de un servicio personal subordinado, independiente del grado o preparación técnica requerida para esa arte, profesión u oficio

“Llamado también derecho

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (31 Kb)
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com