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Divorcio Express


Enviado por   •  7 de Agosto de 2012  •  2.726 Palabras (11 Páginas)  •  1.162 Visitas

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Qué es el Divorcio Express?

El Divorcio Express, también conocido por su nombre legal como "Divorcio Incausado" es una nueva modalidad de divorcio más sencilla y rápida que está vigente en el Distrito Federal.

Anteriormente, en el DF, únicamente existían 2 modalidades de divorcio: el Divorcio Voluntario y el Divorcio Necesario que eran extremadamente engorrosos, costosos y prolongados.

En esta nueva modalidad de Divorcio en México, no es necesario que las partes expongan las Causales de divorcio ante un Juez (teniendo que ventilar su vida privada) ni tampoco es necesario que ambas partes quieran divorciarse como en antaño que uno tenía que rogarle a la otra parte para que firmara los papeles de divorcio.Tan sólo basta que una de las partes quiera y solicite el divorcio, conocido como Divorcio Express Unilateral, aunque siempre es más fácil cuando ambas partes están de acuerdo en el divorcio, conocido como Divorcio Express Bilateral o Divorcio de Mutuo Acuerdo

¿En dónde Puede Llevarse a Cobo el Divorcio Express?

Actualmente el Divorcio Express únicamente funciona en el Distrito Federal, aunque se están realizando tareas para que el divorcio express pueda realizarse en cualquier parte del país.

El "divorcio express" aprobado en México viola los derechos de las mujeres

Según el Centro de Apoyo a la Mujer Margarita Magón

El llamado “divorcio express”, que entró el vigor el pasado sábado en México, viola los derechos humanos de las mujeres, contenidos en convenciones internacionales firmados por el Gobierno mexicano y en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la norma homóloga que rige en el Distrito Federal.

Es la opinión del Centro de Apoyo a la Mujer “Margarita Magón AC”, expresada en un comunicado donde se refiere a la entrada en vigor del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en materia de divorcio, publicado el pasado 3 de octubre en la Gaceta Oficial del DF.

Se ha dicho -señala el Centro- que facilitará el trámite beneficiando a las mujeres víctimas de violencia familiar, sin embargo, no se toma en cuenta que el divorcio no significa únicamente dejar sin efectos el matrimonio, sino que también requiere resolver diversas problemáticas que se establecen durante la vigencia del mismo, pues coloca los derechos de las mujeres y sus hijas o hijos como cosas que pueden ser negociables y no como derechos fundamentales para el sostenimiento de las personas.

Por ello, a juicio del Centro Margarita Magón, el Decreto viola e los derechos humanos de las mujeres contenidos en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará) así como de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en el Distrito Federal.

Convenio no equitativo

Además, considera que la reforma adolece de todo razonamiento jurídico toda vez que establece que el cónyuge que unilateralmente desee promover el divorcio deberá acompañar a su solicitud una propuesta de Convenio.

El Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones por lo que definitivamente no se trata de un Convenio sino de un documento que expresa únicamente la voluntad de una de las partes.

Los legisladores dan por hecho que todas las circunstancias que llevan a un divorcio son iguales, desconociendo las particularidades de la violencia familiar y coloca a las víctimas mujeres en un estado de desigualdad ante la Ley, ya que obliga a la víctima a aceptar o celebrar un convenio aún y cuando exista violencia o temor.

Por otro lado, invisibiliza la violencia contra las mujeres, protegiendo al agresor al eliminar toda responsabilidad que tiene éste como cónyuge culpable y por lo consiguiente contraviene a las obligaciones contraídas por el Estado Mexicano en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.

En el caso particular de la eliminación de las causales XVII y XVIII (Violencia familiar y el incumplimiento de las determinaciones de las autoridades administrativas tendientes a corregir los actos de violencia familiar), explica el Centro Margarita Magón, anulan el avance que en materia de derechos humanos de las mujeres se había llevado a cabo en el Distrito Federal.

Esto ocurre porque el Estado reconocía su debida intervención como un problema del orden público y con la reforma sobre divorcio se lleva a cabo un retroceso ya que se vuelve al ámbito privado y la autoridad (jueces y juezas) se convierten en mediadores.

Patria potestad

En el caso de suspensión o pérdida de patria potestad, ésta no podrá solicitarse como una prestación en el divorcio, como se hacía, pues con el Artículo 287 de las reformas únicamente se dejan a salvo los derechos para que, en caso de desacuerdo con el convenio las partes, lo hagan valer por la vía incidental pero únicamente por lo que hace a lo contenido en el convenio, dejando fuera la protección a las niñas y niños en caso de violencia familiar.

Es decir, como la suspensión y pérdida de la patria potestad se promueven mediante un juicio ordinario civil, se impone una doble obligación para las mujeres, ya que lo deberán hacer a través de un juicio ordinario civil distinto al divorcio, lo que significa para las mujeres inaccesibilidad a los juicios y desgaste, dada la falta de recursos económicos con los que normalmente cuenta.

INTRODUCCIÓN

Desde hace algunas décadas, se viene hablando de la desintegración familiar, sobre todo en Occidente. La convivencia familiar y la vida conyugal -entre otras situaciones familiares- se ven cada vez más afectadas en contenido y forma. Probablemente los factores más determinantes de este fenómeno son el cambio en los avances científicos, los factores demográficos, pero sobre todo en los valores socioculturales. El compromiso familiar se ha reducido a un compromiso “entre personas” y no a un “compromiso social”, representado por la figura del matrimonio. Prueba de ello es el aumento del número de hijos “ilegítimos” entre adolescentes (a pesar de la avanzada tecnología en anticonceptivos) y de la unión libre, debilitando por completo la figura del matrimonio, y aumentando considerablemente el índice de separaciones y de divorcios. Según cifras del Instituto Nacional de Estadística, Geografía

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