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Divorcio Necesario


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  1.697 Palabras (7 Páginas)  •  407 Visitas

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C. JUEZ DE LO FAMILIAR DEL PRIMER

DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

P R E S E N T E. -

JUANITA DEYANIRA MIRANDA SALAZAR, mexicana, mayor de edad, casada, sin adeudos de carácter fiscal, con domicilio para oír y recibir notificaciones en la CALLE JULIAN VILLARREAL # 705 NTE. EN EL CENTRO DE ESTA CIUDAD, ante Usted con el debido respeto comparezco a exponer:

Que por medio del presente escrito y por mis propios derechos ocurro en VIA DE ORDINARIO CIVIL a promover DIVORCIO NECESARIO en contra del SEÑOR DAVID FERNANDO URESTI LIMON, quien tiene su domicilio en la Calle Pedro N Perales # 1002 de la Col. Unidad Habitacional Enrique Rangel en Santa Catarina, Nuevo León, reclamándole las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

A).- El divorcio por la causal de SEPARACION DE CONYUGES POR ESPACIO DE MAS DE DOS AÑOS a que se contrae el Artículo 267 fracción XIX del Código Civil vigente en el Estado.

B).- Por consiguiente se decrete judicialmente la disolución del vínculo matrimonial.

Fundo mi reclamación en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S

1.- Que tal y como lo acredito con la certificación del Registro Civil que se encuentra en Libro 2 Tomo 1 del Archivo General de Registro Civil, en la Foja No. 328389 se encuentra asentada el Acta No. 342 relativa a el acta de matrimonio celebrado ante la fe del C. Oficial Quinto del Registro Civil con residencia en, San Pedro Garza García, Nuevo León, contrajimos matrimonio en fecha 23 de Septiembre de 2004 la suscrita y el demandado dentro del régimen de Sociedad Conyugal, la que me permito adjuntar.

2.- Así mismo establecimos nuestro domicilio conyugal en Calle Pedro N Perales # 1002 de la Col. Unidad Habitacional Enrique Rangel en Santa Catarina, Nuevo León, así mismo de nuestra unión procreamos 1 hijo de nombre: BRAYAN FERNANDO, de apellidos URESTI MIRANDA, quien cuenta a la fecha con 5 años de edad. Según lo justifico con el acta de Registro Civil que consta en el Libro 3 Tomo 1 en la Foja No. 466199 se encuentra asentada el Acta No. 551 la cual anexo a mi demanda y con la que justifico la minoría de edad de nuestro hijo, así mismo “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” manifiesto que a la fecha he cumplido con mis obligaciones como madre hacia con nuestro hijo.

3.- Es el caso de que la suscrita y el demandado no hemos vivido juntos desde aproximadamente 2 años, por lo anterior he llegado a la conclusión de que los fines del matrimonio no se cumplen así por tal motivo ocurro en esta vía solicitar el divorcio necesario.

En los términos del Artículo 726 Párrafos Tercero y Cuarto del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, desde este momento me permito ofrecer las siguientes:

P R O B A N Z A S

DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en las certificaciones del Registro Civil relativas al acta de matrimonio y acta de nacimiento, con lo que se justifica la legitimación para activar el estado civil, probanzas relacionada con el punto uno y dos de la presente promoción.

CONFESIONAL POR POSICIONES.- Consistente en las posiciones que personalmente y sin asesoría jurídica deberán absolver el SEÑOR DAVID FERNANDO URESTI LIMON, la cual se desahogara al tenor del pliego que me permito adjuntar en sobre cerrado previa su calificación de legales, solicitando se aperciba al absolvente de declararlo confeso si no acude el día y hora señalados para su desahogo, probanza relacionada con el punto uno, dos y tres de la presente promoción.

TESTIMONIAL.- Consistente en el testimonio que rendirán LAS C.C OLIVIA SALAZAR PIÑON, con domicilio en la calle MAGNOLIAS # 506, COL. INDUSTRIAS DEL VIDRIO, EN SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L., MARIA LOURDES CRUZ PIÑON con domicilio en la calle SAN GERARDO # 5100, COL. SANTA ISABEL, GUADALUPE, N.L. Y a MARIA CRISTINA MIRANDA SALAZAR con domicilio en la calle RINCON DEL VIENTO # 7504, COL. RINCON DE GUADALUPE, GUADALUPE, N.L., los que solicito sean citadas ya que han manifestado que no acudirán a rendir su testimonio, si no es mediante cédula citatoria emitida por autoridad judicial competente, el día y hora esta autoridad señale para su desahogo, conforme al interrogatorio que en original y copia para el interrogatorio indirecto me permito adjuntar, previa su calificación, probanza relacionada con el punto uno, dos y tres de la presente promoción.

INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Referente al material técnico-práctico adjuntado por las partes al contencioso, del cual se desprendan beneficios para la actora y perjuicios para la demandada.

PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en la consecuencia que la Ley ó su Señoría deduzcan de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido en lo que beneficie a los intereses de la parte actora y perjudique a los de la demandada.

D E R E C H O

COMPETENCIA.- Resulta de conformidad con lo establecido por los Artículos 98, 99, 100 y 111 Fracción XII del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

FONDO DEL NEGOCIO.- Lo establecen los Artículos 266 y 267 Fracción XIX y demás relativos del Código Civil vigente en el Estado.

PROCEDIMIENTO.- Lo rigen los Artículos 612 y 614 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicitamos a Usted C. Juez lo siguiente:

PRIMERO.- Que se sirva tenerme por presentando con el presente escrito y copia certificada del Registro Civil promoviendo DIVORCIO NECESARIO.

SEGUNDO.-

...

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