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ENSAYO SOBRE EXTINCIÓN DE DOMINIO


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2020  •  Ensayos  •  3.004 Palabras (13 Páginas)  •  280 Visitas

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ENSAYO SOBRE EXTINCIÓN DE DOMINIO

INDICE

Introducción ……………………………………………………………………………….3-

Desarrollo………………………………………………………………………………….4

Partes de la extinción de dominio ………………………………………………………....8

La extinción de dominio y el principio de presunción de inocencia………………………9

Reformas a la ley de extinción de dominio ……………………………………………….10

Derecho comparado ……………………………………………………………………….13

Opinión personal…………………………………………………………………………..14

Bibliografía………………………………………………………………………………..16

INTRODUCCIÓN

“La admisión jurídica del concepto de enemigo en el derecho (que no sea estrictamente de guerra), siempre ha sido lógica e históricamente, el germen o primer síntoma de la destrucción autoritaria del estado de derecho”- Raúl Zaffaroni

     Desde tiempos remotos, la seguridad de los mexicanos ha sido uno de los problemas que más esfuerzo le ha costado mantener al estado mexicano, año tras año la inseguridad incrementa en nuestro país y con esto se ve vulnerado nuestro estado de derecho a causa del poder que han adquirido los delincuentes en las últimas décadas, mismo poder que ha llegado hasta cierto punto a ponerse por encima de las autoridades de nuestro país. Algunas personas dicen que los problemas se atacan desde la raíz y para combatir la delincuencia tenemos que localizar cuáles son sus pilares principales, entre los cuales el más importante, a mi parecer, es el poder económico del que gozan los delincuentes a causa de todos los recursos que obtienen mediante la comisión de actividades delictivas como el secuestro, robo, trata de personas y en especial, el narcotráfico, el cual bajo mi apreciación, ha sido la razón principal por la cual México ha ido en decadencia como país en muchos sentidos. Si atendemos a lo que Raul Zaffaroni nos dice en la frase citada anteriormente, podemos ver a la delincuencia como el principal enemigo frente a nuestro estado de derecho, y analizándolo más a fondo tiene mucho sentido, porque gracias a la delincuencia se ha fragmentado a la población, se han perdido los valores, se han destruido familias, y al igual, nos ha atrasado económicamente.

En vista de lo mencionado anteriormente y a falta de resultados positivos en cuestiones de combate contra la delincuencia y en la urgente necesidad de combatir a la misma, se creó la figura de la extinción de dominio, consagrada en el artículo 22 constitucional, figura que es distinta e independiente al proceso penal, la cual permite al estado el poder apropiarse de todos aquellos bienes que intervinieron durante la comisión de un hecho ilícito, con los cuales el estado buscará la manera de obtener un beneficio con la finalidad de poder reparar los daños causados a las victimas u ofendidos de los delincuentes. A mi parecer, esta medida tomada por el estado de crear una figura para combatir a la delincuencia ayudará a disminuir la delincuencia, pero ¿en realidad ha sido efectiva la extinción de dominio?

DESARROLLO

En el presente ensayo se buscará aportar información relevante sobre la extinción de dominio, con la finalidad de que el lector pueda comprender: ¿qué es la extinción de dominio?, ¿cuáles son las características de la extinción de dominio?, ¿cuándo se puede aplicar la extinción de dominio? ¿cuáles son sus equivalentes con otros países.? y cuales han sido las reformas realizadas recientemente a esta figura.

Para entender la extinción de dominio hay que partir desde su origen, que es el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se encuentra consagrada esta figura:

Artículo 22

(…)

“La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función. La ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y, en su caso, la destrucción de los mismos. Será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.”

Ahora que ya sabemos el origen de esta figura, Para entender a la extinción de dominio de la mejor manera posible es necesario partir desde el inicio, o sea, sobre el derecho real que afecta directamente la extinción de dominio, que es el derecho de propiedad, pero ¿cómo podemos definir al derecho de propiedad? Hay múltiples artículos que hablan sobre la propiedad en el Código Civil Federal y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero en ninguno de los ordenamientos mencionados anteriormente se ofrece una definición de la propiedad, por lo que considero pertinente usar la definición de Felipe de la Mata y Roberto Garzón, que establecen que: “La propiedad es el derecho real que tiene una persona para usar, gozar y disponer directa e inmediatamente, de manera perpetua, exclusiva y absoluta, de un bien corpóreo e individualizado. Estando en las demás personas obligadas a respetar el ejercicio de este derecho”.

De todo lo mencionado anteriormente podemos definir la figura de extinción de dominio como; La pérdida de derechos sobre todos aquellos bienes que fueron usados instrumento, objeto o fueron producto de un hecho delictivo.

A pesar de que la extinción de dominio se enfoca en bienes que se encuentran relacionados directamente con hechos delictivos, esta figura no se lleva a cabo mediante un proceso penal, sino que la extinción de dominio forma parte de un proceso autónomo al proceso penal que usamos en México, por lo cual, se crearon ministerios públicos especializados en extinción de dominio para la resolución de este tipo de problemas.

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