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Ejemplo de estatutos: Fundación Mariana


Enviado por   •  25 de Abril de 2020  •  Documentos de Investigación  •  5.116 Palabras (21 Páginas)  •  131 Visitas

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ESTATUTOS

FUNDACIÓN MARIANA

“UN CAMINO POR AMOR”

CAPÍTULO PRIMERO

NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN

ARTÍCULO 1.- Nombre.- La persona jurídica que se constituye, se denomina FUNDACIÓN MARIANA es una institución de utilidad común y sin ánimo de lucro, organizada bajo las leyes colombianas, para una finalidad de beneficio social.

ARTÍCULO 2.- Naturaleza.- LA FUNDACIÓN MARIANA, es una persona jurídica de derecho privado, de las reguladas, en lo pertinente, por los artículos 633 a 652 del Código Civil Colombiano, el decreto 2150 de 1995 y demás normas concordantes. Se constituye como una entidad sin ánimo de lucro, de carácter permanente, independiente y autónomo y de utilidad común.

ARTÍCULO 3.- Domicilio.- El domicilio principal de LA FUNDACIÓN MARIANA, es en el municipio de Yarumal  Departamento de Antioquia, República de Colombia; pero podrá, por determinación de la Junta Directiva, establecer sedes y realizar actividades en otros municipios del Norte Antioqueño.

ARTÍCULO 4.- Duración.- LA FUNDACIÓN MARIANA, tendrá una duración indefinida y solo se disolverá por voluntad de los miembros, por mandato legal, o en el evento en que los fines y objetivos que dieron lugar a su creación, fueren imposibles de cumplir.

CAPÍTULO SEGUNDO

OBJETO SOCIAL Y DESARROLLO

ARTÍCULO 5.- Fines.- Los fines de la FUNDACIÓN MARIANA, persiguen fines de beneficencia, el interés o utilidad común y el mejoramiento de la calidad de vida, el bienestar común o de interés social.

ARTICULO 6.- Objeto.- La FUNDACIÓN MARIANA tendrá como objeto, es unir esfuerzos de personas naturales, en la búsqueda de herramientas sociales, económicas, profesionales y materiales, para enfrentar y apoyar todas las actividades relacionadas con el mejoramiento de la calidad de vida y la defensa, promoción y protección de los derechos humanos de diferentes grupos poblacionales en condición de vulnerabilidad, mediante la colaboración y ayuda práctica y profesional, en forma gratuita, teniendo siempre presente el respeto por la dignidad humana, la diversidad socio-cultural, racial o religiosa de las personas y sus familias, prestando un servicio enmarcado en el amor, la vida espiritual, la solidaridad y la generosidad.

Los objetivos específicos de la Fundación serán:

  • Eje de Formación: Nuestro objetivo es brindar una propuesta de capacitación actualizada para toda persona o grupo de personas que deseen obtener un verdadero crecimiento personal y/o profesional desarrollando sus propias habilidades y talentos, más allá de su actividad o profesión.
  • Eje Bienestar:
  • Atender de forma integral adultos mayores desde lo económico, espiritual, familiar, acompañamiento social y psicológico.
  • Mejorar las condiciones alimentarias de niños y niñas de familias de escasos recursos del municipio.

DESARROLLO DEL OBJETO SOCIAL

La Fundación podrá para el cumplimiento de sus fines:

  1. Organizar las condiciones para desarrollar sus propias actividades, celebrar contratos o convenios y asociarse con otras entidades sin ánimo de lucro, de carácter nacional o internacional.

  1. Realizar, patrocinar, organizar, sistematizar toda clase de eventos, en el país o en el exterior, que contribuyan al cumplimiento del presente objeto social.
  1. Diseñar y desarrollar mecanismos de financiación y co-financiación, inversiones a nivel nacional, internacional, necesarios para el financiamiento y sostenimiento de LA FUNDACIÓN , sus actividades y proyectos, utilizando en ambos casos los sistemas de cooperación, administración delegada de recursos, o cualquier otro medio.
  1. Realizar actividades y programas que propendan por el desarrollo integral de los beneficiarios de la fundación.
  1. Efectuar todas las otras actividades y operaciones económicas, relacionadas desde o directamente con el objeto social, para el desarrollo del mismo, el bienestar de los asociados y la adquisición de bienes, muebles e inmuebles de LA FUNDACIÓN.
  1. Realizar, directa o indirectamente, por cuenta propia o ajena, sola o mediante consorcios, uniones temporales o alianzas estratégicas con organizaciones no gubernamentales u organizaciones de la sociedad civil o entidades del sector privado, nacionales o extranjeras, todas aquellas actividades encaminadas a: Proyectar, ejecutar, administrar, coordinar, controlar o evaluar planes, programas o proyectos, orientados a buscar el bienestar de los asociados y el de los particulares, para tales efectos podrá asociarse, fusionarse, participar en uniones temporales, consorcios y elaborar convenios con otras personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto.

CAPÍTULO TERCERO

ASOCIADOS, DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

ARTÍCULO 7.- Clases.- Harán parte de la Fundación los siguientes miembros:

  1. Miembros Fundadores: Tienen categoría de miembros fundadores, quienes suscriben el Acta de Constitución el día correspondiente para ello.
  2. Nuevos Miembros: Serán nuevos miembros de la Fundación las personas naturales elegidas por la Asamblea General en atención a sus excepcionales méritos, decisión que deberá ser adoptada por la mayoría de los Miembros Fundadores. Los nuevos miembros tendrán los mismos derechos y deberes que los miembros fundadores.
  3. Miembros voluntarios: Podrá ser miembro de la fundación, toda persona que desee voluntariamente prestar sus servicios para la atención de la población usuaria y beneficiaria de la fundación. Sus servicios serán coordinados por el presidente y/o representante legal y rendirán cuenta al mismo, pero no tendrán voz y voto en las decisiones que se tomen en la Asamblea.

ARTÍCULO 8.- Derechos.- Son derechos de los asociados en general:

  1. Participar en las actividades de la Fundación conforme a las condiciones que para ellos se establezcan.

  1. Promover programas y proyectos para el logro de los objetivos de la Fundación.
  1. Elegir y ser elegido integrante de la Junta Directiva o de los comités de trabajo cuando corresponda.
  1. Representar a la Fundación con previa autorización de la Junta Directiva o Asamblea General, en cualquier evento o vocería institucional temporal o permanente.
  1. Recibir las publicaciones hechas por la Fundación.
  1. Recibir autoría de los trabajos ejecutados como integrantes de la Fundación.
  1. Fiscalizar la gestión económica y administrativa de la Junta Directiva, examinar los libros o documentos y solicitar informes al Presidente o a cualquier integrante de la Junta Directiva.
  1. Retirarse voluntariamente de la Fundación según lo prescrito en estos estatutos.
  1. Proponer reformas de estatutos.
  1. Apelar las decisiones sancionatorias.
  1. Solicitar licencias y permisos especificando su tipo y periodo de duración de las mismas.
  1. Ser ratificada la aceptación de ingreso por la Asamblea General.

        

ARTÍCULO 9.- Deberes de los asociados.

  1. Comprometerse a participar en las actividades de la Fundación.

  1. Utilizar en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés para la Fundación su condición de integrante de esta organización.
  1. Solicitar la convocatoria de la Asamblea, de acuerdo con estos estatutos.
  1. Los demás que le otorguen las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias, los acuerdos del Consejo General y las resoluciones de la Junta directiva.
  1. Cumplir los Estatutos, reglamentos, resoluciones, comisiones o trabajos asignados por la Asamblea General, la Junta directiva o los comités de trabajo
  1. Velar por la buena imagen de la Fundación.
  1. Acatar las decisiones tomadas por la Asamblea General.
  1. Comprometerse con los principios y fundamentos de la Fundación.
  1. Abstenerse de retirar elementos o útiles de trabajo, documentos o informes sin la previa autorización del responsable directo.
  1. Obrar en sus relaciones con la Fundación y la comunidad con ética y lealtad.
  1. Velar por el buen manejo del patrimonio, bienes de la fundación.
  1. Representar con responsabilidad la participación de la fundación en cualquier evento al que asista en nombre de esta organización y rendir informe escrito de dicha participación en un plazo de diez (10) días de haberse cumplido el señalado evento.
  1. Asistir puntualmente a las reuniones de la Asamblea General y de los comités de trabajo, desde la hora fijada para su inicio hasta que se agote el orden del día.
  1. Las demás impuestas por las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias, los acuerdos de la Asamblea y las resoluciones de la Junta Directiva.

PARAGRAFO PRIMERO: En caso de no asistencia, el integrante adherente deberá comunicarlo verbalmente o por escrito a la Junta Directiva o al órgano que haya convocado la reunión, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, explicando el motivo de su ausencia.

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