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El Derecho Ambiental En Estados Unidos

mariamasellis30 de Octubre de 2013

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El Derecho Ambiental en Estados Unidos

Por Ángel Fernández-Rubio Legrá*

«De este pueblo del Norte hay mucho que temer, y mucho que parece verdad y no lo es, y mucha forma de grandeza que está buena por dentro, como las esculturas de azúcar».

José Martí

El mundo enfrenta hoy múltiples y significativos problemas ambientales. Estos fenómenos se están produciendo motivados por los impactos impuestos de un planeta dinámico y están cruzándose los efectos de modelos de conflictos, pobreza y enfermedades.

Los cambios que tienen lugar son, en realidad, cambios entre las relaciones humanas y la naturaleza. Son actuales, profundos y se están acelerando. Estos cambios causados por el hombre al ambiente global requieren sociedades capaces de desarrollar múltiples respuestas creativas y estrategias de colaboración.

La Tierra es un sistema que la vida misma ayuda a controlar, donde intervienen procesos biológicos, físicos y químicos. El cambio global es mucho más que el cambio climático; es real, se está produciendo ya y se está acelerando. Las actividades humanas influyen significativamente de muchas formas en el sistema de la Tierra; son claramente identificables e iguales a las grandes fuerzas de la naturaleza en su extensión de impactos: sus magnitudes y niveles de cambio no tienen precedentes.

Para enfrentar los problemas del cambio global, la sociedad necesita normas sólidas y efectivas. Desde la antigüedad ha sido asunto de estudio político y filosófico la protección y conservación de los ecosistemas ambientales. Es necesaria la existencia de reglas de Derecho eficaces y eficientes, lo que explica su importancia creciente para resolver problemas políticos, económicos, sociales y culturales de la sociedad contemporánea.

El Derecho Ambiental es un instrumento que refleja e implementa la responsabilidad política de la sociedad hacia los problemas que afectan nuestro contorno ambiental.

Hoy día, dentro del cambio global, el cambio climático y el sistema terrestre, adquiere gran significación el estudio del Derecho Ambiental en Estados Unidos (EE.UU.), principal gobierno imperialista, guerrerista, hegemónico y violador de los derechos humanos.

Los pasos dados por EE.UU. para dar solución a los problemas ambientales han servido de base en la legislación de varios países desarrollados y subdesarrollados. Por lo general, su aplicación se ha realizado sin tener en cuenta las diferencias culturales, económicas y sociales existentes entre los Estados.

Si bien EE.UU. es considerado como el primer país que planteó erigir y consolidar una responsabilidad y una política ambiental, desde el punto de vista estrictamente ambiental su posición resulta paradójica y contradictoria. Su Gobierno ha suscrito menos instrumentos jurídicos internacionales que cualquier otro, y no es parte de instrumentos de alto perfil, como el Protocolo de Kyoto sobre el Cambio Climático (1997), el Convenio sobre Diversidad Biológica y su Protocolo sobre Bioseguridad (1992), el Convenio de Basilea sobre Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación (1989), la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982), el Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres (1979); y el Protocolo sobre la Protección de Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (1986), entre otros que aunque los ha ratificado o se ha adherido a ellos, los viola regularmente.

Para el Gobierno de EE.UU., nada que pueda afectar los sagrados principios e intereses del comercio capitalista, de sus formas de propiedad y en especial de las acciones de las empresas transnacionales y sus bancos, pueden ser admitidos como base de los instrumentos jurídicos ambientales. Entre sus principales rasgos se encuentran los siguientes:

El Gobierno de EE.UU. es el que mayor contaminación global produce en todos los ecosistemas mundiales, incluyendo el espacio ultraterrestre y el territorio de su propio país.

La utilización de las guerras y los conflictos armados como elementos de política nacional e internacional para infundir el terror y el miedo entre los pueblos y gobiernos.

La protección del tráfico de armas, de drogas, de seres humanos, de biodiversidad y otros negocios ilícitos, los que utiliza como medio de compulsión y chantaje hacia otros pueblos, gobiernos y funcionarios.

En nombre de la democracia, la libertad y los derechos humanos, manipula organismos internacionales, gobiernos y funcionarios.

Utiliza la protección del medio ambiente como pretexto para intervenir en países, invadir territorios, producir nuevas armas, imponer tratados, entre otras acciones.

El empleo del Derecho Ambiental como instrumento político para justificar sus frecuentes y múltiples agresiones e intervenciones contra la naturaleza y la sociedad.

El no-derecho, la no-cultura, la corrupción y el soborno como herramientas permanentes para enervar los sentimientos patrióticos, éticos y morales de los pueblos.

Esbozo histórico del ambientalismo en EE.UU.

La supuesta preocupación del Gobierno de EE.UU. por el medio ambiente es producto del desarrollo y el crecimiento industrial desde finales del siglo xix. Los inmigrantes que llegaron procedentes de Europa comenzaron a residir en su territorio durante los siglos xvii, xviii y xix, le prestaron poca atención al ambientalismo y a la conservación de los recursos naturales existentes. Los suelos eran tan abundantes y ricos en recursos naturales que los primeros inmigrantes no se preocuparon originariamente por el uso y la adaptación del mundo que les rodeaba a las necesidades humanas.

En contrapeso al esfuerzo supremo de explotación de los recursos naturales que caracterizaron a los gobiernos de EE.UU. en el siglo xix, surgieron dos corrientes de pensamiento: el conservadurismo y el proteccionismo, cuyos movimientos trabajaron unidos para oponerse a todo tipo de explotación de las tierras públicas, unión que no duró mucho ante diferentes criterios sobre su utilidad y aprovechamiento.

A finales de los años sesenta del siglo xx, emergió una nueva fuerza político-social, con el nombre de «ambientalismo». En ese período los bienes materiales eran relativamente abundantes, y sirvió de estímulo a la calidad de vida. Se habían producido avances en la ciencia de la ecología, el estudio de las interrelaciones de los seres vivientes y el mundo natural; se había originado un gran incremento en el volumen y clases de contaminantes asociados, incluyendo los químicos, tóxicos y los pesticidas. Libros como Primavera silenciosa, de Rachel Carson (1962), y The Population Bomb, de Paul Ehrlich, llamaron la atención pública sobre la contaminación del mundo natural y el crecimiento de la población.

Las agencias tradicionales del gobierno para la conservación de los recursos, como el Buró de Reclamaciones, el Cuerpo de Ingenieros del Ejército, la Comisión Federal de Energía y el Departamento del Interior, eran considerados incapaces para salvaguardar el interés común.

El movimiento ambientalista muy pronto se convirtió en una poderosa fuerza política. El 22 de abril de 1970 se adoptó en EE.UU. el «Día de la Tierra», cuando millones de personas, principalmente jóvenes y estudiantes, se movilizaron en todo el país para hacer demostraciones en oposición a los abusos contra la naturaleza, contra la guerra de Vietnam y por la democratización de las universidades. Se paralizaron las escuelas y centros de estudios secundarios y universitarios, y otras instituciones oficiales y no gubernamentales; varios medios informativos se hicieron eco de que más de veinte millones de personas se habían movilizado en esos propósitos.

El sistema jurídico ambiental de EE.UU.

La protección del medio ambiente en EE.UU. no siempre se ha apoyado en un conjunto firme de normas y disposiciones jurídicas. Durante el período 1960-1969 se aprobaron las primeras leyes de protección de los recursos naturales. La conformación del Derecho Ambiental se realizó principalmente por leyes específicas.

A partir de la década de los setenta en el siglo xx comenzó a establecerse una regulación jurídica a nivel federal. Las principales leyes ambientales son federales, por cuanto se requiere una aproximación unitaria y uniforme, responsabilidad que los Estados por sí solos no tienen la capacidad suficiente para ofrecer el grado de protección ambiental que las circunstancias requieren.

El marco regulatorio entre las instancias federal y estatal

Desde sus orígenes, el marco regulatorio ha estado caracterizado por la mayor presencia y participación de los Estados y los niveles locales en el control de la contaminación.

En la década de los sesenta, y especialmente en los años setenta, la instancia federal comenzó a tener una mayor participación con la aprobación de un gran número de normas útiles, dada la imposibilidad de los Estados para afrontar los problemas de la contaminación.

Hasta entonces, el marco regulatorio estaba determinado por una percepción sectorial y fragmentada ante la carencia de un esquema integral de control de la contaminación, tanto desde el punto de vista substantivo como procedimental u organizativo. Cada estado sólo podía ejercer sus competencias en el ámbito de su territorio, por lo que la efectividad de las normas federales era limitada.

La inexistencia de una estrategia de protección general a nivel federal y la presencia de Estados con regulaciones más laxas que atraían a los inversionistas industriales hacia su territorio,

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