El Protocolo de Investigación Guía
elfega2 de Mayo de 2013
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PRESENTACIÓN El presente trabajo tiene el objeto de cumplir dos requisitos esenciales de la Maestría en Juicio de Amparo: Primero, acreditar la materia Desarrollo de Proyectos de Investigación Jurídica, impartida por la Maestra Martha Elba Tinajero Girón. Segundo, haber desarrollado el Proyecto de Investigación para la Tesis con la que se obtendrá el grado al concluir el Plan de Estudios que conforman la Maestría. Lo importante de un protocolo de investigación no es memorizar los elementos que lo constituyen, sino saber desarrollarlos adecuadamente. Protocolo es sinónimo de formalidad. Se habla de protocolo para referirnos a la serie de pasos ordenados que debemos cumplir para alcanzar un fin. El protocolo de investigación es idear, trazar, disponer o proponer un diseño, proyecto o plan de investigación, como lo señala Baudelio Lara1, por lo tanto, el protocolo de investigación representa los requisitos o pasos previos que es necesario cubrir, para iniciar una investigación científica. Porque el protocolo constituye la columna vertebral de la investigación y es la línea base a partir de la cual se evaluarán los resultados. El planteamiento del problema inicia con la elección de un tema, del cual se hace una pregunta central, que le da relevancia científica, se ubica en tiempo y espacio, se consideran los hechos que puedan relacionarse con el problema y la importancia que tienen los hechos encontrados, la relación de causalidad y la o las hipótesis de causa. En el tema que se eligió en un primer momento fue: El amparo Laboral, pero se necesitaba que fuese más delimitado, por ello, se partió de la pregunta de investigación: ¿En qué consiste la figura jurídica de suplencia de la queja deficiente en el amparo laboral, cual es su ubicación histórica, nacimiento y evolución, así como su
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Lara, García Baudelio, El Protocolo de Investigación Guía para su elaboración, Ed. U de G, Serie Universitaria, México, 2000, Pág 6.
trascendencia en nuestro sistema jurídico? Ahora bien, ante la pregunta: ¿Qué voy a hacer? La respuesta resultó muy fácil: Un estudio sistemático de la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo laboral. Lo cual determinó también mi objetivo general. En cuanto a los motivos para realizar dicha investigación son dos principalmente: Primero, porque la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo laboral ha tenido una importante y notoria evolución jurídico legislativa a través del tiempo, de tal suerte que resulta imperioso registrar, analizar, redefinir, evaluar y proponer en torno a dicha institución jurídica. Segundo, y respondiendo a la pregunta: ¿para qué voy a realizar dicha investigación? para vigorizar y actualizar el marco jurídico de las relaciones obrero-patronales, y de sus conflictos económicos, mediante modificaciones a diversos preceptos de la Constitución General de la República, como de la Ley Federal del Trabajo, tanto en su parte sustantiva, como adjetiva. Ante estos cuestionamientos es importante buscar respuestas, pero es más importante encontrarlas. Dentro de la investigación que se está planteando se utilizará el método descriptivo, analítico y explicativo; mediante la técnica de investigación documental y de campo y utilizando como instrumentos las entrevistas y cuestionarios para recoger la opinión de Magistrados, Jueces de Distrito y litigantes postulantes, respecto al tema que abordaremos. El tiempo para desarrollar el estudio sistemático propuesto será a partir de este segundo semestre hasta la fecha en que se tenga que entregar el informe escrito de la investigación a manera de tesis; es decir que los tiempos y acciones indicadas en los cronogramas, sólo son para la redacción final de los datos recabados. Sólo así se podrá cumplir en tiempo y forma con el presente proyecto.
No obstante, del índice tentativo que propongo, estoy conciente de que éste puede variar, pero precisamente, al elaborarlo es con la finalidad de que sirva como guía del desarrollo de la investigación que se emprenderá.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA En el juicio de amparo laboral existe una controversia que se suscita en torno a la figura jurídica: suplencia de la queja deficiente; ya que por un lado el juicio de amparo tiene como principio de estricto derecho la seguridad jurídica que se otorga a las partes en el juicio de garantías, lo que supone igualdad procesal de las partes en el conflicto, independientemente del carácter que tengan y de los bienes jurídicos en litigio. Sin embargo, por su propia naturaleza en el juicio de amparo laboral la suplencia de la queja deficiente descansa en el principio de justicia butiva en el que se traduce en dar un trato igual a los iguales y desigual a los desiguales. Por ello, la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo laboral sólo opera para el trabajador, ya que el juzgador examina de manera oficiosa y libre los conceptos de violación o agravios planteados pese a que exista defecto, confusión o limitación en su exposición y más aún, en ausencia total de razonamientos jurídicos que pueda hacer valer la parte quejosa en el juicio de garantías o en el recurso correspondiente. Es por ello que la controversia existe. Quienes litigan amparo laboral opinan que las facultades otorgadas al juzgador para suplir las deficiencias de la queja en la demanda, desnaturaliza la función de los jueces, ya que su imparcialidad se ve afectada. Otros opinan, que la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo, ha caído en situaciones absurdas como: subsanar la expresión defectuosa, aplicación en casos de violación manifiesta que dejan a una de las
partes sin defensa, al extremo de que la actualidad procede ante la ausencia total de los conceptos de violación, en la inteligencia de que sólo se aplica a favor del trabajador, en los conflictos obrero – patronales, por lo que en muchas ocasiones se concede el amparo por conceptos diversos de los expresados o manifestados. Hoy en día, resulta imprescindible limitar la facultad de suplir la queja deficiente en el juicio da amparo laboral, por la controversia jurídica que se ha manifestado que existe, pues se argumenta inequidad jurídica de las partes. Es necesario que prevalezca el imperativo de justicia y orden constitucional ante las buenas intenciones legislativas y jurisprudenciales, que según algunos autores, rayan en exageraciones y demagogia, en relación a la suplencia de la queja deficiente en el amparo laboral.
JUSTIFICACIÓN DEL PROBLEMA Es necesario realizar un estudio sistemático sobre la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo laboral, puesto que hay diversas posturas en relación a dicha figura jurídica, algunas extremas, porque van desde las que sugieren su
desaparición total, hasta las que pretenden que se haga extensiva a todas las instancias. Resulta imprescindible realizar un estudio sistemático de la suplencia de la queja deficiente, ya que dicha figura jurídica en cuestión descansa en el principio iura novit curia, como lo señala el Magistrado Francisco Javier Patiño Pérez 2, el cual consiste en que corresponde al juez conocer el derecho y debe aplicarlo aun cuando las partes no lo
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García Hinojos Segundo y Maillard Canudas César, compiladores, Serie grandes temas de Amparo laboral en el nuevo milenio, Tomo I, Garantías individuales, principios y partes en el juicio de amparo, Amparo indirecto, suspensión y suplencia de la queja, Ed. Iure, México, 2005, Págs. 166
invoquen de manera correcta, lo cual se contrapone al principio de estricto derecho, de donde emana el principio de seguridad jurídica que se otorga a las partes en el juicio de garantías; al aplicar la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo laboral, en los términos en que se e stablece en la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 Constitucionales, da como resultado la impartición de justicia distributiva parcial. Es importante determinar, sí: se imparte una justicia distributiva bajo el supuesto justificado del equilibrio de los pesos procesales; o bien, sí se administra una justicia laboral bajo un supuesto desequilibrio procesal que no se encuentra plenamente justificado. Considero, que es necesario realizar el estudio sistemático de la suplencia de la queja deficiente en el juicio de amparo laboral, porque ha tenido una importante y notoria evolución jurídico legislativa a través del tiempo, de tal suerte que resulta imperioso registrar, analizar, redefinir, evaluar y proponer en torno a dicha institución jurídica. Por otro lado, el fenómeno de la globalización, la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio en toda su amplitud para el año 2008, y los diversos convenios económicos internacionales celebrados por el Estado Mexicano, entre otros, son aspectos que influyen en las nuevas relaciones obrero-patronales, las que necesariamente, habrán de conducir a un diferente marco jurídico laboral, en el cual se estima debe encontrarse inmersa la figura de la suplencia de la queja deficiente en el amparo de la materia, pero adecuada a las nuevas situaciones que van de regular las relaciones obrero-patronales; ya que no se debe desconocer el avance económico, político, social y cultural de los diversos estados, regiones del país.
Es ineludible, la necesidad de vigorizar y actualizar el marco jurídico de las r elaciones obrero-patronales, y de sus conflictos económicos, mediante modificaciones a diversos preceptos de la Constitución General de la República, como de la Ley Federal del Trabajo, tanto en su parte sustantiva, como adjetiva. Por ello, es forzoso realizar estudios concretos sobre las instituciones y figuras jurídicas, para poder
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