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El caso que nos ocupa, podemos observar que hay varias relaciones contractuales.


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2016  •  Prácticas o problemas  •  517 Palabras (3 Páginas)  •  293 Visitas

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En el caso que nos ocupa, podemos observar que hay varias relaciones contractuales, a saber:

  1. Un contrato de Compra y Venta de mercancías varias, celebrado entre el sr. Javier García, Gerente del Negocio Mayorista de Alimentos y el sr Carlos Dunoyer, Gerente de MARINI Y ASOCIADOS S.A.S., administradora del Restaurante MONARCH, ubicado en la ciudad de Cartagena.
  2. Un Contrato de Transporte celebrado entre el sr. Javier García, Gerente del Negocio Mayorista de Alimentos y el sr. Pedro Rondel, administrador de TRANSPORTES RAPIDÍSIMO S.A.S.
  3. Un Contrato de Transporte celebrado entre el sr. Pedro Rondel, administrador de TRANSPORTES RAPIDÍSIMO S.A.S. y la empresa TRANSPORTES CANCHANCHAN.

En cuanto al sr. Carlos Dunoyer, quien funge como Destinatario, es necesario decir que éste solo es parte del contrato de Transporte, a partir del momento de la aceptación de la mercancía y su revisión, es ahí donde el transportador ejerce su derecho de depositarla y empezarían a entenderse Destinatario y Transportador, naciendo unas obligaciones para el destinatario y unas responsabilidades para el transportador, pero si observamos en el ejemplo el señor Dunoyer no acepta la mercancía y este la devuelve, por lo tanto no entra a formar parte del contrato de Transporte, es decir, que el Sr. Dunoyer puede rescindir del contrato de Compra Venta celebrado entre este y el Sr. García por el incumplimiento de la entrega.

Por lo tanto, el directo responsable de todos los perjuicios ocasionados por dicho incumplimiento ante el Sr. Dunoyer, Gerente de MARINI Y ASOCIADOS S.A.S., es el S. García Gerente del Negocio Mayorista de Alimentos, quien está obligado a devolver el abono y a pagar la indemnización a que hubiere lugar por el lucro cesante al Sr. Dunoyer; a su vez, y dependiendo de lo estipulado en el contrato, éste puede repetir contra el sr. Pedro Rondel, administrador de TRANSPORTES RAPIDÍSIMO S.A.S., para que este pague una indemnización por el daño emergente y el lucro cesante ocasionado por su incumplimiento pues éste tenía la obligación de transportar la mercancía hasta el Restaurante MONARCH, ubicado en la ciudad de Cartagena, administrado por MARINI Y ASOCIADOS S.A.S., cuyo Gerente es el sr. Carlos Dunoyer, como destino final y en la fecha acordada (7 Dic.) lo cual no sucedió; De igual forma cabe la repetición del sr. Pedro Rondel, administrador de TRANSPORTES RAPIDÍSIMO S.A.S. contra TRANSPORTES CANCHANCHAN, por ser este tercero quien fue delegado en última instancia para transportar la mercancía,

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