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Estrategia general de Educación

gaynor2020Informe1 de Julio de 2020

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CONSIDERANDOS

El Artículo 3° de la Ley General de Educación establece:

“El Estado fomentará la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional, para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes.”

Asimismo, que su Artículo 5°dispone:

“Toda persona tiene derecho a la educación, el cual es un medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional; como consecuencia de ello, contribuir a su bienestar, a la transformación y el mejoramiento de la sociedad de la que forma parte.

Con el ejercicio de este derecho, inicia un proceso permanente centrado en el aprendizaje del educando, que contribuye a su desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad; es factor determinante para la adquisición de conocimientos significativos y la formación integral para la vida de las personas con un sentido de pertenencia social basado en el respeto de la diversidad, y es medio fundamental para la construcción de una sociedad equitativa y solidaria.

El Estado ofrecerá a las personas las mismas oportunidades de aprendizaje, así como de acceso, tránsito, permanencia, avance académico y, en su caso, egreso oportuno en el Sistema Educativo Nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las instituciones educativas con base en las disposiciones aplicables.” […]

Que los criterios establecidos en el artículo 16 mandata: La implementación de políticas públicas orientadas a  garantizar la transversalidad de los criterios de la educación en los tres órdenes de gobierno y que el criterio V determina que será equitativa “al favorecer el pleno ejercicio del derecho a la educación de todas las personas, para lo cual combatirá las desigualdades socioeconómicas, regionales, de capacidades y de género, respaldará a estudiantes en condiciones de vulnerabilidad social y ofrecerá a todos los educandos una educación pertinente que asegure su acceso, tránsito, permanencia y, en su caso, egreso oportuno en los servicios educativos;”

Asimismo, considerando que La Ley de Educación en el Estado establece:

Artículo 3°, segundo párrafo; …la educación que impartan el Estado, los municipios, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, deberá basarse en un enfoque de derechos humanos y de igualdad que garantice el respeto a la dignidad humana de las personas, el desarrollo armónico de sus potencialidades y de personalidad, y que fortalezca la protección, el ejercicio y el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Artículo 10 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur y de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Artículo 4°, segundo y tercer párrafo; El sistema educativo estatal deberá asegurar la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo, consentido de responsabilidad social y privilegiando la participación de los educandos, padres de familia, y de quienes ejerzan la patria potestad o tutela y docentes, para alcanzar los fines educativos previstos en la presente Ley y en la Ley General de Educación.

Atendiendo al principio rector del interés superior de la niñez, ningún interés podrá estar por encima del derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, que imposibilite el pleno ejercicio de este derecho o que impida su acceso y permanencia en los servicios educativos prestados por el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial.


PREFACIO

Es un momento de inflexión en la historia de la educación, la escuela actual se desarrolla entre esquemas y reglas que no necesariamente están escritas, sino que se interrelacionan entre la tradición, el contexto, la realidad y la norma; sin embargo, estos esquemas se siguen como dogma y se repiten de manera inconsciente, de tal manera que centra su atención en acciones cotidianas, se separa del aprendizaje para la vida, una muestra es la situación actual en la que demostró que no  logra prepararse para eventos de la magnitud de una pandemia.

El periodo de confinamiento desnudó a las escuelas y sus prácticas, así como la falta de equipos tecnológicos, materiales de apoyo, y de infraestructura, para resolver el progreso del aprendizaje a la distancia.

La escuela ha recibido un impacto inédito, la descentró, la sacó de su seguridad cotidiana. Hoy la escuela se tiene que recuperar, pero, además, se debe recrear, debemos aprender hacer escuela ante un contexto diferente, que demanda de la seguridad en la salud de sus alumnos y docentes.

Con plena conciencia que en contingencias como la que se presenta en las epidemias, es cuando se requiere mayor atención a grupos vulnerables es fundamental, que requieren de más medios para seguir aprendiendo, es imperante no abrir la brecha de desigualdades, sino proporcionar oportunidades de manera ampliada, a todas y todos, así como disminuir con ello la desigualdad social, garantizando las condiciones de equidad.

Por ello, la Secretaría de Educación Pública del Gobierno del Estado de Baja California Sur con base en los considerandos legales y los contextos enunciados anteriormente y en el marco de los acuerdos y lineamientos emitidos por las autoridades federales y estatales por la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) ha tenido a bien definir la Estrategia General Escuela Resiliente.

La resiliencia es la “Capacidad que tenemos las personas, familias, grupos o comunidades de saber afrontar, sobreponernos a las adversidades y salir airosos o transformados. Heridos, pero no vencidos.” Bach, E. y Forés, A. (2008, p.48).

Durante y después de los sucesos vividos por esta pandemia por SARS-CoV2 (COVID-19) consideramos necesario convertir a nuestras instituciones en “Escuelas Resilientes” capaces de brindar a sus alumnos herramientas necesarias para seguir adelante, construyendo su aprendizaje; por lo que requerimos del apoyo y compromiso de todas y todos para responder a las necesidades sociales; como escuela debemos reorientar nuestra práctica, adaptarnos a las nuevas circunstancias y sobre todo a los contextos, para poder atender las necesidades específicas de nuestras alumnas y alumnos, sus familias y docentes.

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LÍNEAS DE ACCIÓN

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LÍNEAS DE ACCIÓN

  1. DERECHO A LA SALUD EN LA ESCUELA Y PARA LA CONVIVENCIA.

Caracterización: Promover acciones que contribuyan a proteger la salud en la escuela, desde la escuela y para la convivencia de los educandos, personal docente, directivo y administrativo del sistema educativo estatal.

Principios rectores:

  • La salud es prioridad. Ninguna acción se llevará a cabo por encima de la salud de los educandos, del personal docente, directivo y de apoyo a la educación básica.

Los centros escolares garantizan la higiene, la educación para la salud y el pleno desarrollo saludable, físico y mental del cuerpo.

  • Escuela limpia–escuela sana. Los estudiantes reanudarán clases en planteles escolares cuyas instalaciones, mobiliario e infraestructura en general se haya sanitizado para no poner en riesgo la salud de ningún miembro de la comunidad escolar, frente a COVID-19.

Se educa con base en la experiencia adquirida en la etapa de confinamiento y se refuerza con contenidos escolares (resiliencia, convivencia y valores universales).

  • Escuela inclusiva. Los derechos de niñas, niños, adolescentes y docentes a la salud estarán protegidos contra posibles situaciones de agravio, discriminación o perjuicio.

Se favorecen prácticas de convivencia, se trabaja en la resiliencia grupal e individual y se organiza la escuela con valores como la solidaridad, empatía, sensibilidad, respeto.

  1. DERECHO A LA EDUCACIÓN EN UN MARCO DE EQUIDAD.

Caracterización: Establecer acciones de apoyo a estudiantes en cada plantel, a fin de que todas y todos alcancen los aprendizajes esperados significativos de acuerdo con su grado y nivel educativo.

Principios rectores:

  • Todos aprenden. La situación emergente no derivará en perjuicio del proceso de aprendizaje ni de abandono escolar de estudiantes.

El trabajo en casa es un apoyo fundamental para la práctica de lo aprendido, desarrollo de nuevas habilidades, la socialización y convivencia en confinamiento. El aprendizaje se diversifica, de tal manera que el logro educativo no es medible en datos cualificados, si no en experiencias en la resolución de problemas en convivencia, desarrollo de actitudes resilientes, atención y comprensión de normas, la visualización de futuras acciones que requieren solidaridad y trabajo colaborativo.

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